I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Plantas de vivero de frutales. Plantas ornamentales. Reglamento. (BOE-A-2023-14680)
Real Decreto 525/2023, de 20 de junio, por el que se modifican el Real Decreto 929/1995, de 9 de junio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de control y certificación de plantas de vivero de frutales, y el Real Decreto 200/2000, de 11 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento técnico de control de la producción y comercialización de los materiales de reproducción de las plantas ornamentales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Miércoles 21 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 87313
período trimestral no se aplicarán tratamientos que eliminen los síntomas de este
organismo, y
○ Tras ese período de tres meses:
□ No se habrán observado síntomas de Phytophthora ramorum (cepas de la
UE) Werres, De Cock & Man in ‘t Veld en dichos materiales y plantones en el sitio
de producción, o
□ Se someterá a ensayo una muestra representativa de dichos materiales y
plantones que se prevea trasladar, muestra que deberá considerarse libre de
Phytophthora ramorum (cepas de la UE) Werres, De Cock & Man in ‘t Veld, y
– En lo que respecta a todos los demás materiales de reproducción y
plantones de frutal que se encuentren en el sitio de producción:
• No se habrán observado síntomas de Phytophthora ramorum (cepas de la
UE) Werres, De Cock of Man in ‘t Veld en los materiales de reproducción y los
plantones de frutal en el sitio de producción, o
• Se habrá sometido a ensayo una muestra representativa de dichos
materiales y plantones que se prevea trasladar, muestra que deberá considerarse
libre de Phytophthora ramorum (cepas de la UE) Werres, De Cock & Man in ‘t
Veld.
2.
Citrus L., Fortunella Swingle y Poncirus Raf.
a) Categoría inicial.
Inspección visual.
Se llevarán a cabo inspecciones visuales dos veces al año.
Muestreo y ensayo.
Toda planta madre inicial será objeto de muestreo y ensayo cada año en
relación con la presencia de Spiroplasma citri Saglio et al. Toda planta madre
inicial será objeto de muestreo y ensayo tres años después de su aceptación
como planta madre inicial, y posteriormente cada tres años, en relación con la
presencia del virus de la tristeza de los cítricos (cepas de la UE).
Toda planta madre inicial será objeto de muestreo y ensayo seis años después
de su aceptación como planta madre inicial, y posteriormente cada seis años, en
relación con la presencia de las plagas reguladas no cuarentenarias enumeradas
en el anexo II distintas del virus de la tristeza de los cítricos (cepas de la UE) y de
Spiroplasma citri Saglio et al., así como en caso de dudas relativas a la presencia
de las plagas reguladas no cuarentenarias enumeradas en el anexo I.
b)
Categoría de base.
Se llevarán a cabo inspecciones visuales dos veces al año en relación con el
virus de la tristeza de los cítricos (cepas de la UE), Spiroplasma citri Saglio et al. y
Plenodomus tracheiphilus (Petri) Gruyter, Aveskamp & Verkley. Se llevarán a cabo
inspecciones visuales una vez al año en relación con todas las plagas reguladas
no cuarentenarias enumeradas en los anexos I y II distintas del virus de la tristeza
de los cítricos (cepas de la UE), Spiroplasma citri Saglio et al. y Plenodomus
tracheiphilus (Petri) Gruyter, Aveskamp & Verkley.
cve: BOE-A-2023-14680
Verificable en https://www.boe.es
Inspección visual.
Núm. 147
Miércoles 21 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 87313
período trimestral no se aplicarán tratamientos que eliminen los síntomas de este
organismo, y
○ Tras ese período de tres meses:
□ No se habrán observado síntomas de Phytophthora ramorum (cepas de la
UE) Werres, De Cock & Man in ‘t Veld en dichos materiales y plantones en el sitio
de producción, o
□ Se someterá a ensayo una muestra representativa de dichos materiales y
plantones que se prevea trasladar, muestra que deberá considerarse libre de
Phytophthora ramorum (cepas de la UE) Werres, De Cock & Man in ‘t Veld, y
– En lo que respecta a todos los demás materiales de reproducción y
plantones de frutal que se encuentren en el sitio de producción:
• No se habrán observado síntomas de Phytophthora ramorum (cepas de la
UE) Werres, De Cock of Man in ‘t Veld en los materiales de reproducción y los
plantones de frutal en el sitio de producción, o
• Se habrá sometido a ensayo una muestra representativa de dichos
materiales y plantones que se prevea trasladar, muestra que deberá considerarse
libre de Phytophthora ramorum (cepas de la UE) Werres, De Cock & Man in ‘t
Veld.
2.
Citrus L., Fortunella Swingle y Poncirus Raf.
a) Categoría inicial.
Inspección visual.
Se llevarán a cabo inspecciones visuales dos veces al año.
Muestreo y ensayo.
Toda planta madre inicial será objeto de muestreo y ensayo cada año en
relación con la presencia de Spiroplasma citri Saglio et al. Toda planta madre
inicial será objeto de muestreo y ensayo tres años después de su aceptación
como planta madre inicial, y posteriormente cada tres años, en relación con la
presencia del virus de la tristeza de los cítricos (cepas de la UE).
Toda planta madre inicial será objeto de muestreo y ensayo seis años después
de su aceptación como planta madre inicial, y posteriormente cada seis años, en
relación con la presencia de las plagas reguladas no cuarentenarias enumeradas
en el anexo II distintas del virus de la tristeza de los cítricos (cepas de la UE) y de
Spiroplasma citri Saglio et al., así como en caso de dudas relativas a la presencia
de las plagas reguladas no cuarentenarias enumeradas en el anexo I.
b)
Categoría de base.
Se llevarán a cabo inspecciones visuales dos veces al año en relación con el
virus de la tristeza de los cítricos (cepas de la UE), Spiroplasma citri Saglio et al. y
Plenodomus tracheiphilus (Petri) Gruyter, Aveskamp & Verkley. Se llevarán a cabo
inspecciones visuales una vez al año en relación con todas las plagas reguladas
no cuarentenarias enumeradas en los anexos I y II distintas del virus de la tristeza
de los cítricos (cepas de la UE), Spiroplasma citri Saglio et al. y Plenodomus
tracheiphilus (Petri) Gruyter, Aveskamp & Verkley.
cve: BOE-A-2023-14680
Verificable en https://www.boe.es
Inspección visual.