I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Plantas de vivero de frutales. Plantas ornamentales. Reglamento. (BOE-A-2023-14680)
Real Decreto 525/2023, de 20 de junio, por el que se modifican el Real Decreto 929/1995, de 9 de junio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de control y certificación de plantas de vivero de frutales, y el Real Decreto 200/2000, de 11 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento técnico de control de la producción y comercialización de los materiales de reproducción de las plantas ornamentales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 21 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 87329
no cuarentenarias enumeradas en los anexos I y II distintas de Candidatus
Phytoplasma prunorum Seemüller & Schneider, el virus de la viruela del ciruelo,
Xanthomonas arboricola pv. pruni (Smith) Vauterin et al. y Pseudomonas syringae
pv. persicae (Prunier, Luisetti &. Gardan) Young, Dye & Wilkie.
Muestreo y ensayo.
Los materiales de reproducción y plantones de frutal de la categoría inicial de
Prunus armeniaca L., Prunus avium L., Prunus cerasus L., Prunus domestica L. y
Prunus dulcis (Miller) Webb se obtendrán de plantas madre que hayan sido
sometidas a ensayo en la temporada de crecimiento anterior y se hayan
considerado libres del virus de la viruela del ciruelo.
Los portainjertos iniciales de Prunus cerasifera Ehrh. y Prunus domestica L. se
obtendrán de plantas madre que hayan sido sometidas a ensayo en la temporada
de crecimiento anterior y se hayan considerado libres del virus de la viruela del
ciruelo. Los portainjertos iniciales de Prunus cerasifera Ehrh. y Prunus domestica
L. se obtendrán de plantas madre que hayan sido sometidas a ensayo en las cinco
temporadas de crecimiento anteriores y se hayan considerado libres de
Candidatus Phytoplasma prunorum Seemüller & Schneider.
Toda planta madre inicial a la que se permita la floración será objeto de
muestreo y ensayo en relación con el virus del enanismo del ciruelo y el virus de
los anillos necróticos de Prunus un año después de su aceptación como planta
madre inicial, y posteriormente cada año. Toda planta madre inicial de Prunus
persica a la que se permita la floración será objeto de muestreo un año después
de su aceptación como planta madre inicial y se someterá a ensayo en relación
con el viroide del mosaico latente del melocotonero. Todo árbol plantado
deliberadamente para polinización y, cuando proceda, los principales árboles
polinizadores del entorno serán objeto de muestreo y ensayo en relación con el
virus del enanismo del ciruelo y el virus de los anillos necróticos de Prunus.
Toda planta madre inicial será objeto de muestreo cinco años después de su
aceptación como planta madre inicial, y posteriormente cada cinco años, y se
someterá a ensayo en relación con Candidatus Phytoplasma prunorum Seemüller
& Schneider y el virus de la viruela del ciruelo. Toda planta madre inicial será
objeto de muestreo diez años después de su aceptación como planta madre
inicial, y posteriormente cada diez años, y se someterá a ensayo en relación con
las plagas reguladas no cuarentenarias pertinentes para las especies y
enumeradas en el anexo II distintas del virus del enanismo del ciruelo, el virus de
la viruela del ciruelo y el virus de los anillos necróticos de Prunus y en caso de
dudas relativas a la presencia de las plagas reguladas no cuarentenarias
enumeradas en el anexo I. Una porción representativa de las plantas madre
iniciales se someterá a muestreo y ensayo en caso de dudas relativas a la
presencia de Xanthomonas arboricola pv. pruni (Smith) Vauterin et al.
Requisitos relativos al sitio de producción, el lugar de producción o el área.
En caso de que se autorice una excepción para producir materiales iniciales en
el campo en condiciones que no sean a prueba de insectos, de conformidad con la
Decisión de Ejecución (UE) 2017/925 de la Comisión, se aplicarán los siguientes
requisitos relativos a Candidatus Phytoplasma prunorum Seemüller & Schneider,
el virus de la viruela del ciruelo, Xanthomonas arboricola pv. pruni (Smith) Vauterin
cve: BOE-A-2023-14680
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 147
Miércoles 21 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 87329
no cuarentenarias enumeradas en los anexos I y II distintas de Candidatus
Phytoplasma prunorum Seemüller & Schneider, el virus de la viruela del ciruelo,
Xanthomonas arboricola pv. pruni (Smith) Vauterin et al. y Pseudomonas syringae
pv. persicae (Prunier, Luisetti &. Gardan) Young, Dye & Wilkie.
Muestreo y ensayo.
Los materiales de reproducción y plantones de frutal de la categoría inicial de
Prunus armeniaca L., Prunus avium L., Prunus cerasus L., Prunus domestica L. y
Prunus dulcis (Miller) Webb se obtendrán de plantas madre que hayan sido
sometidas a ensayo en la temporada de crecimiento anterior y se hayan
considerado libres del virus de la viruela del ciruelo.
Los portainjertos iniciales de Prunus cerasifera Ehrh. y Prunus domestica L. se
obtendrán de plantas madre que hayan sido sometidas a ensayo en la temporada
de crecimiento anterior y se hayan considerado libres del virus de la viruela del
ciruelo. Los portainjertos iniciales de Prunus cerasifera Ehrh. y Prunus domestica
L. se obtendrán de plantas madre que hayan sido sometidas a ensayo en las cinco
temporadas de crecimiento anteriores y se hayan considerado libres de
Candidatus Phytoplasma prunorum Seemüller & Schneider.
Toda planta madre inicial a la que se permita la floración será objeto de
muestreo y ensayo en relación con el virus del enanismo del ciruelo y el virus de
los anillos necróticos de Prunus un año después de su aceptación como planta
madre inicial, y posteriormente cada año. Toda planta madre inicial de Prunus
persica a la que se permita la floración será objeto de muestreo un año después
de su aceptación como planta madre inicial y se someterá a ensayo en relación
con el viroide del mosaico latente del melocotonero. Todo árbol plantado
deliberadamente para polinización y, cuando proceda, los principales árboles
polinizadores del entorno serán objeto de muestreo y ensayo en relación con el
virus del enanismo del ciruelo y el virus de los anillos necróticos de Prunus.
Toda planta madre inicial será objeto de muestreo cinco años después de su
aceptación como planta madre inicial, y posteriormente cada cinco años, y se
someterá a ensayo en relación con Candidatus Phytoplasma prunorum Seemüller
& Schneider y el virus de la viruela del ciruelo. Toda planta madre inicial será
objeto de muestreo diez años después de su aceptación como planta madre
inicial, y posteriormente cada diez años, y se someterá a ensayo en relación con
las plagas reguladas no cuarentenarias pertinentes para las especies y
enumeradas en el anexo II distintas del virus del enanismo del ciruelo, el virus de
la viruela del ciruelo y el virus de los anillos necróticos de Prunus y en caso de
dudas relativas a la presencia de las plagas reguladas no cuarentenarias
enumeradas en el anexo I. Una porción representativa de las plantas madre
iniciales se someterá a muestreo y ensayo en caso de dudas relativas a la
presencia de Xanthomonas arboricola pv. pruni (Smith) Vauterin et al.
Requisitos relativos al sitio de producción, el lugar de producción o el área.
En caso de que se autorice una excepción para producir materiales iniciales en
el campo en condiciones que no sean a prueba de insectos, de conformidad con la
Decisión de Ejecución (UE) 2017/925 de la Comisión, se aplicarán los siguientes
requisitos relativos a Candidatus Phytoplasma prunorum Seemüller & Schneider,
el virus de la viruela del ciruelo, Xanthomonas arboricola pv. pruni (Smith) Vauterin
cve: BOE-A-2023-14680
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 147