I. Disposiciones generales. MINISTERIO DEL INTERIOR. Protección civil. (BOE-A-2023-14679)
Real Decreto 524/2023, de 20 de junio, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 21 de junio de 2023

Sec. I. Pág. 87294

administraciones públicas respondan a un modelo homogéneo y coherente, lo que está
orientado directamente a alcanzar la mayor efectividad posible del Sistema.
En esta materia, la Norma Básica incluye el establecimiento en las Directrices del plazo
en el que los planes especiales de ellas derivados deben ser elaborados, fijando en todo caso
un plazo máximo. Se supera de esta manera una deficiencia generalmente observada en la
Norma Básica anterior, como consecuencia de la cual pueden coexistir durante largos
periodos de tiempo planes no adaptados a las Directrices Básicas en vigor.
En lo que se refiere a la planificación, además de establecer el contenido mínimo y la
estructura común de los diferentes planes, lo que resulta esencial para la integración de
los mismos en un esquema coherente de respuesta a situaciones de emergencias y
catástrofes, la Norma Básica prevé la elaboración de modelos simplificados para
favorecer la planificación en los ámbitos territoriales más reducidos y así incrementar
globalmente los niveles de seguridad que demanda la sociedad española.
Una parte esencial de un sistema de protección civil y emergencias está constituido
por la operatividad de los instrumentos de planificación. En este sentido, la Norma
Básica alinea las fases y las situaciones operativas con las fórmulas exitosamente
aplicadas en los vigentes Planes Territoriales y, en particular, en el Plan Estatal General
de Emergencias (PLEGEM), con la finalidad última de garantizar la ordenada sucesión
de planes en los supuestos de escalada de las situaciones de gravedad.
La Norma Básica prevé, por otra parte, la configuración en el PLEGEM y en los
Planes Territoriales, de una fase especial de apoyo a otras situaciones que no sean
estrictamente de protección civil, recogiendo la experiencia adquirida por el Sistema
Nacional durante la pandemia de la COVID-19, en la que la capacidad de organización y
de coordinación de la protección civil en sus distintos niveles territoriales mostraron su
utilidad en apoyo del Sistema Nacional de Salud.
En la ordenación de los diferentes niveles de planificación, cuyos máximos
exponentes son, para cada territorio, los Planes Territoriales, y para el conjunto del
territorio nacional el PLEGEM, la Norma Básica avanza, además, en la plena inserción
del Sistema Nacional de Protección Civil en el Sistema de Seguridad Nacional.
La Norma Básica incorpora a la planificación general de protección civil las
actuaciones de autoprotección, previendo una Directriz Básica de Planificación
específica que, con el carácter de norma mínima, incardine plenamente este importante
capítulo de actuación de la sociedad en el esquema general de protección de personas,
animales, bienes, medioambiente y patrimonio histórico, artístico y cultural.
Por otra parte, y como es ya tradicional en el Sistema Nacional de Protección Civil, la
Norma Básica prevé la publicidad de los planes, mediante su registro a cargo de las
Administraciones Públicas competentes, en tanto que constituyen un aparte esencial de
la Red Nacional de Información de Protección Civil (RENAIN) creada por la Ley 17/2015,
de 9 de julio.
La Norma Básica prevé también las actividades de implantación, mantenimiento e
integración de los planes de protección civil, así como la inclusión de la evaluación como
una fase más del ciclo de las emergencias, y la formación y transferencia de información
estadística, favoreciendo de esta forma el análisis operativo basado en la experiencia del
conjunto del Sistema Nacional.
La Ley 17/2015, de 9 de julio, atribuyó a la Norma Básica el establecimiento de las bases
para la coordinación de las actuaciones de los diferentes colectivos llamados a intervenir en la
gestión de las emergencias y catástrofes, constituyendo esta una de las novedades más
importantes de la ley. En cumplimiento de esta previsión legal, la Norma Básica incorpora un
capítulo dedicado específicamente a la fijación de estas bases, y en el que se establecen
como principios esenciales de funcionamiento del Sistema los de dirección única de las
emergencias, coordinación, facilitación de información relevante de todos los actores de las
mismas, especialidad de las funciones a realizar por cada colectivo, y el de sucesión
ordenada de las fases y situaciones operativas, principios todos ellos que constituyen en la
práctica la esencia de la gestión de situaciones complejas como son las emergencias de
protección civil y que están razonablemente arraigadas en la cultura compartida del Sistema.

cve: BOE-A-2023-14679
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Núm. 147