I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Combustibles. Precios. (BOE-A-2023-14602)
Resolución de 15 de junio de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se fijan los precios de combustible en puerto aplicables al fuel oil, diesel oil, y gasoil en el segundo semestre del año 2022, a aplicar en la liquidación de dicho periodo de los grupos generadores ubicados en los territorios no peninsulares.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 146

Martes 20 de junio de 2023

Sec. I. Pág. 86853

ciento), diésel oil y gasoil 0,1 por ciento a aplicar en la liquidación correspondiente al
segundo semestre de 2022.

Canarias.

Baleares.

Ceuta y
Melilla.

Fuel Oil
BIA 1% S

Fuel Oil
BIA 0,73% S

Diesel OIL

Gasoil
0,1% S

Fuel Oil
BIA 0,3% S

jul-22

606,32

1.031,35

1.093,02

1.124,69

1.124,69

ago-22

616,12

957,05

1.022,92

1.050,79

1.050,79

sep-22

586,18

910,11

981,06

1.006,10

1.006,10

oct-22

583,22

982,37

1.050,56

1.079,07

1.079,07

nov-22

517,72

836,79

907,98

929,96

929,96

dic-22

447,10

726,71

799,24

816,45

816,45

jul-22

600,08

1.129,87

ago-22

612,33

1.027,11

sep-22

582,29

1.003,18

oct-22

581,32

1.114,02

nov-22

516,85

950,52

dic-22

451,72

825,58

jul-22

600,08

1.019,93

1.129,87

ago-22

612,33

927,18

1.027,11

sep-22

582,29

888,13

1.003,18

oct-22

581,32

992,85

1.114,02

nov-22

516,85

855,82

950,52

dic-22

451,72

746,01

825,58

Segundo.
La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 15 de junio de 2023.–El Director General de Política Energética y Minas,
Manuel García Hernández.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2023-14602
Verificable en https://www.boe.es

Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso de
alzada ante el titular de la Secretaría de Estado de Energía, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución.
Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a
todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo
dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.