III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2023-14664)
Orden TED/641/2023, de 14 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para las convocatorias del Programa de incentivos para proyectos de producción de electricidad y calor a partir de energías renovables en sustitución de producción a partir de combustibles fósiles, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 20 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 87077

c) La normativa medioambiental que regula la aplicación del principio de «no causar
un perjuicio significativo al medio ambiente» (DNSH):
– La «Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio
significativo» en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia (2021/C 58/01)» (Guía Técnica de la Comisión Europea).
– El «Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de
junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones
sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088» (Reglamento de
Taxonomía).
– El Reglamento Delegado (UE) 2021/2139 de la Comisión de 4 de junio de 2021
por el que se completa el Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del
Consejo y por el que se establecen los criterios técnicos de selección para determinar las
condiciones en las que se considera que una actividad económica contribuye de forma
sustancial a la mitigación del cambio climático o a la adaptación al mismo, y para
determinar si esa actividad económica no causa un perjuicio significativo a ninguno de
los demás objetivos ambientales.
– En todo caso, las actuaciones llevarán a cabo los procedimientos de evaluación
ambiental establecidos en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental,
que sean de aplicación, así como otras evaluaciones y procedimientos que pudieran
resultar de aplicación en virtud de la legislación medioambiental.
d) El Real Decreto ley 36/2020, de 30 de diciembre, la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre y la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se
establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades
del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de
hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los
componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En particular en
lo que se refiere a las personas que intervengan en todos los procesos relacionados con
la concesión de las ayudas de esta Orden de Bases, les será de aplicación lo recogido
en el artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021 en cuanto a la prevención, detección y
corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses, aplicándose asimismo
los mecanismos para evitarlos y los procedimientos disponibles y aprobados al respecto
por el órgano concedente.
e) En todo lo no previsto en esta Orden de Bases será de aplicación lo establecido
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, así como en las demás disposiciones que resulten de aplicación.
f) En materia de fraude, corrupción y conflicto de intereses, esta Orden de Bases se
encuentra en el ámbito de aplicación del Plan de medidas antifraude, de prevención de
conflicto de intereses, ausencia de doble financiación y adecuación del régimen de
ayudas de Estado aprobado por el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto
Demográfico, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021.
Este Plan recoge los mecanismos y procedimientos necesarios que deberán cumplir
todos los proyectos financiados con cargo al Mecanismo de Recuperación y resiliencia.
Adicionalmente, la normativa aplicable en materia de prevención, detección y corrección
del fraude, la corrupción y el conflicto de intereses:
i. En aplicación de la Directiva (UE) 2017/1371 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 5 de julio de 2017, la Ley Orgánica 1/2019, de 20 de febrero, por la que se
modifica la Ley orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para
transponer directivas de la Unión Europea en los ámbitos financieros y de terrorismo, y
abordar cuestiones de índole internacional.
ii. El Reglamento (CE, Euratom) n.º 2988/1995 del Consejo, de 18 de diciembre
de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades
Europeas.

cve: BOE-A-2023-14664
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Núm. 146