III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Ayudas. (BOE-A-2023-14674)
Orden CIN/644/2023, de 16 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas, por parte del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., a los programas "Ayudas Cervera a Centros Tecnológicos" y "Ayudas a Ecosistemas de Innovación" del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; y por la que se modifica la Orden CIN/373/2022, de 26 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas, por parte del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., a proyectos de I+D y nuevos proyectos empresariales del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 20 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 87260

de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, Ley 14/2011, de 1 de junio, de
la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, modificada por la Ley 17/2022, de 5 de
septiembre, Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y garantía de los derechos digitales, la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público en el caso de que en la ejecución de las subvenciones se celebren
contratos que deban someterse a dicha ley, y por las demás normas legales,
reglamentarias y, en su caso, convencionales, que resulten de aplicación.
e) Asimismo, será de aplicación la normativa relativa a la prevención y corrección del
fraude y la corrupción, la prevención del conflicto de interés y la doble financiación, con
arreglo a las previsiones que resulten de aplicación y en particular a la Directiva
(UE) 2017/1371 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2017, la Ley
Orgánica 1/2019, de 20 de febrero por la que se modifica la Ley orgánica 10/1995, de 23 de
noviembre, del Código Penal, para transponer directivas de la Unión Europea en los
ámbitos financieros y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional, al
Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio
de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el
que se modifican los Reglamentos (UE) 1296/2013, (UE) 1301/2013, (UE) 1303/2013,
(UE) 1304/2013, (UE) 1309/2013, (UE) 1316/2013, (UE) 223/2014 y (UE) 283/2014 y la
Decisión 541/2014/UE, y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) 966/2012.
f) También serán de obligado cumplimiento para las entidades beneficiarias las
instrucciones que a tal efecto puedan adoptar el Ministerio de Ciencia e Innovación, el
CDTI y las restantes autoridades nacionales y europeas competentes.
g) Las ayudas que se otorguen en virtud de esta orden que cumplan con los
requisitos que establece la normativa vigente en materia de ayudas de Estado para ser
consideradas como tales, respetarán lo establecido en el Reglamento (UE)
número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran
determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de
los artículos 107 y 108 del Tratado, publicado en el «Diario Oficial de la Unión Europea»
L187/1, de 26 de junio de 2014. Cualquier modificación posterior de la citada norma
deberá ser tenida en cuenta.
h) Las ayudas que se otorguen en virtud de esta orden que cumplan con los
requisitos que establece la normativa vigente en materia de ayudas de minimis,
respetarán lo establecido en el Reglamento (UE) número 1407/2013, de 18 de diciembre
de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento
de la Unión Europea a las ayudas de minimis. Cualquier modificación posterior de la
citada norma deberá ser tenida en cuenta.
Disposición adicional segunda. Actuaciones
estructurales y fondos nacionales.

financiadas

con

fondos

europeos

Al amparo de esta orden de bases se podrán financiar también actuaciones a través
de fondos europeos estructurales y/o fondos nacionales, en cuyo caso no resultarán
aplicables las disposiciones previstas en la orden referidas al Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia de la Unión Europea y/o al Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia.
Cuando las ayudas se financien con fondos estructurales, estas se regirán por la
normativa de la Unión Europea aplicable en cada caso, según establece el artículo 6 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Disposición transitoria única. Convocatorias
PEICTI 2024-2027, o sucesivos.

de

ayudas

de

derivadas

del

La presente orden se aplicará a las nuevas convocatorias derivadas de aquellos
programas y subprogramas que mantengan continuidad o equivalencia y que formen
parte del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2024-2027, o

cve: BOE-A-2023-14674
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Núm. 146