V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. (BOE-B-2023-18896)
Extracto de la resolución del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música por la que se convocan ayudas públicas para modernización de las estructuras de gestión artística en el ámbito de las artes escénicas y de la música correspondientes al año 2022 en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 146

Martes 20 de junio de 2023

Sec. V-B. Pág. 30055

Las obligaciones de los beneficiarios serán las establecidas en el artículo 6 de
las bases reguladoras.
Segundo. Objeto y finalidad.
Esta Resolución tiene por objeto la concesión de ayudas públicas a proyectos
de inversión para la modernización, digitalización y transición ecológica en el
ámbito de las artes escénicas y de la música.
La convocatoria se enmarca en la inversión I denominada «Impulso de la
competitividad de las industrias culturales» del Componente 24 del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Tercero. Bases reguladoras.
Las ayudas que se regulan en esta Resolución se regirán, además de por lo
dispuesto en la misma y en las bases reguladoras (Orden CUD/1448/2021, de 23
de diciembre), por cuantas normas vigentes resulten de aplicación, y, en particular,
por lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en su Reglamento de
desarrollo, así como en la Ley 39/2015, de 1 de octubre; en la Ley 40/2015, de 1
de octubre, y en la Ley 14/2011, de 1 de junio, así como en el Real Decreto-ley 36/
2020, de 30 de diciembre.
Lo indicado en el párrafo anterior se entenderá sin perjuicio de la normativa de
la Unión Europea que resulte de aplicación.
En relación con el análisis de riesgo de conflicto de interés, será de aplicación
la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo
de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Cuarto. Cuantía.
El importe total máximo imputable a la convocatoria será de 11.500.000 €.
El importe de estas ayudas no podrá, en ningún caso, ser de tal cuantía que
supere el 80% del coste total del proyecto. La ayuda máxima concedida a un solo
beneficiario no sobrepasará en ningún caso los 350.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Los proyectos de inversión presentados deberán destinarse a las siguientes
áreas de modernización estructural:
a) Digitalización y modernización de las estructuras:
Generación de contenidos en formatos digitales.
Creación y/o desarrollo de plataformas digitales.
Creación y/o desarrollo de herramientas digitales e integrales para la gestión

cve: BOE-B-2023-18896
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Sexto. Otros datos.