III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-14581)
Resolución de 6 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Relyens Mutual Insurance, sucursal en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145

Lunes 19 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 86701

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
14581

Resolución de 6 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el Convenio colectivo de Relyens Mutual Insurance,
sucursal en España.

Visto el texto del I Convenio colectivo de la empresa Relyens Mutual Insurance,
sucursal en España (código de convenio n.º 90104292012023), que ha sido suscrito, con
fecha 10 de marzo de 2023, de una parte por los designados por la Dirección de la
empresa, en representación de la misma, y de otra por los Delegados de Personal, en
representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido
aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de
octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de
convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado I Convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 6 de junio de 2023.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
CONVENIO COLECTIVO DE RELYENS MUTUAL INSURANCE SUCURSAL EN
ESPAÑA
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Objeto del convenio y legitimación.

Suscriben el presente convenio colectivo, por una parte, las personas designadas por
la Dirección de Relyens Mutual Insurance Sucursal en España («Relyens Mutual
Insurance») y, de otra, la representación legal de las personas trabajadoras.
El convenio colectivo se formaliza al amparo de lo dispuesto en el título III del
Estatuto de los Trabajadores y tiene por objeto regular determinados aspectos de las
relaciones laborales de la plantilla de Relyens Mutual Insurance Sucursal en España, con
el fin último de adaptar las materias reguladas en el mismo a las necesidades de las
personas trabajadoras de Relyens Mutual Insurance Sucursal en España.
Artículo 2.

Ámbito territorial.

El convenio colectivo será de aplicación a los centros de trabajo de Relyens Mutual
Insurance Sucursal en España.

cve: BOE-A-2023-14581
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 1.