III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2023-14598)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Consejería, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural a favor del "Conjunto de Hornos de Magacela" en el término municipal de Magacela (Badajoz), con la categoría de lugar de interés etnológico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145
Lunes 19 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 86817
aglomerantes de las construcciones medievales; si bien la primera referencia documental
que cita los hornos se remonta a la primera mitad del siglo XVI con motivo de las obras
que amplían la capilla de la iglesia de Santa Ana, en el castillo.
Para las siguientes centurias la documentación histórica demuestra la continuidad de
los hornos, desapareciendo el uso de los mismos en los años setenta del pasado siglo,
como consecuencia de la irrupción de los materiales de construcción industriales. En ese
sentido, el documento publicado por el ayuntamiento de Magacela dedicado a los hornos
hace referencia a cómo «los primeros profesionales dedicados a la producción de cal
para la construcción también se documentan en la segunda mitad del siglo XVI. Son
cuatro los caleros vecinos de Magacela que se relacionan entre 1563 y 1573: Alonso
Monje, Diego de la Peña, Gonzalo Sánchez y Pedro de la Peña Carmona».
Interesante también es la cita del siglo XVII, concretamente en 1650, cuando
«aparecen suministros de cal desde Magacela y La Haba para las obras de las casas de
la gobernación de Villanueva de la Serena», lo que demuestra que históricamente, estas
sencillas y a la vez precisas infraestructuras surtían de materiales tanto a las viviendas
menesterosas como a la arquitectura monumental.
En todo caso, si se tiene en cuenta que la arquitectura tradicional tiene una estrecha
conexión con la memoria colectiva de nuestros pueblos, concretamente con el imaginario
de las generaciones que dieron vida tanto a la vivienda, a las infraestructuras ganaderas
y a los elementos asociados a la religiosidad popular, cuestión que diferencia a este
capítulo del patrimonio cultural, es necesario especificar que, en nuestro caso, aún sin
negar la conexión de este conjunto con etapas históricas precedentes, nos movemos en
unos parámetros temporales que abarcan desde finales del siglo XIX hasta los años
sesenta y setenta del pasado siglo.
ANEXO II
Delimitación del lugar de interés etnológico y su entorno de protección
– Delimitación y justificación de la delimitación del Lugar de Interés Etnológico.
La delimitación del Conjunto de Hornos como Lugar de Interés Etnológico incluye,
además de los hornos, las canteras asociadas a los mismos cuando estas se conservan.
Aunque la localización de los hornos aparece dispersa, como puede comprobarse en el
apartado anterior, es importante reseñar que todos ellos se consideran como un
Conjunto.
De acuerdo con estos criterios, se justifica la inclusión, de manera parcial o total, de
las siguientes fincas, con las siguientes referencias catastrales para cada uno de los
bienes que configuran el «Conjunto de Hornos de Magacela». De igual modo, para cada
uno de ellos, y para una mejor compresión de la delimitación del entorno de protección
del Lugar de Interés Etnológico se explicitan las coordenadas para cada uno de los
hornos, subconjuntos de hornos con sus canteras asociadas (Sistema de referencia
ETRS89, Proyección UTM, huso 30. Unidades expresadas en metro con apreciación
hasta el centímetro):
● Horno (H1)
Dirección
Polígono 6, parcela 38, Cerro Porra.
Horno 1.
06075A006000380000QY
X
Y
265754.87
4306708.34
cve: BOE-A-2023-14598
Verificable en https://www.boe.es
Referencia catastral
Núm. 145
Lunes 19 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 86817
aglomerantes de las construcciones medievales; si bien la primera referencia documental
que cita los hornos se remonta a la primera mitad del siglo XVI con motivo de las obras
que amplían la capilla de la iglesia de Santa Ana, en el castillo.
Para las siguientes centurias la documentación histórica demuestra la continuidad de
los hornos, desapareciendo el uso de los mismos en los años setenta del pasado siglo,
como consecuencia de la irrupción de los materiales de construcción industriales. En ese
sentido, el documento publicado por el ayuntamiento de Magacela dedicado a los hornos
hace referencia a cómo «los primeros profesionales dedicados a la producción de cal
para la construcción también se documentan en la segunda mitad del siglo XVI. Son
cuatro los caleros vecinos de Magacela que se relacionan entre 1563 y 1573: Alonso
Monje, Diego de la Peña, Gonzalo Sánchez y Pedro de la Peña Carmona».
Interesante también es la cita del siglo XVII, concretamente en 1650, cuando
«aparecen suministros de cal desde Magacela y La Haba para las obras de las casas de
la gobernación de Villanueva de la Serena», lo que demuestra que históricamente, estas
sencillas y a la vez precisas infraestructuras surtían de materiales tanto a las viviendas
menesterosas como a la arquitectura monumental.
En todo caso, si se tiene en cuenta que la arquitectura tradicional tiene una estrecha
conexión con la memoria colectiva de nuestros pueblos, concretamente con el imaginario
de las generaciones que dieron vida tanto a la vivienda, a las infraestructuras ganaderas
y a los elementos asociados a la religiosidad popular, cuestión que diferencia a este
capítulo del patrimonio cultural, es necesario especificar que, en nuestro caso, aún sin
negar la conexión de este conjunto con etapas históricas precedentes, nos movemos en
unos parámetros temporales que abarcan desde finales del siglo XIX hasta los años
sesenta y setenta del pasado siglo.
ANEXO II
Delimitación del lugar de interés etnológico y su entorno de protección
– Delimitación y justificación de la delimitación del Lugar de Interés Etnológico.
La delimitación del Conjunto de Hornos como Lugar de Interés Etnológico incluye,
además de los hornos, las canteras asociadas a los mismos cuando estas se conservan.
Aunque la localización de los hornos aparece dispersa, como puede comprobarse en el
apartado anterior, es importante reseñar que todos ellos se consideran como un
Conjunto.
De acuerdo con estos criterios, se justifica la inclusión, de manera parcial o total, de
las siguientes fincas, con las siguientes referencias catastrales para cada uno de los
bienes que configuran el «Conjunto de Hornos de Magacela». De igual modo, para cada
uno de ellos, y para una mejor compresión de la delimitación del entorno de protección
del Lugar de Interés Etnológico se explicitan las coordenadas para cada uno de los
hornos, subconjuntos de hornos con sus canteras asociadas (Sistema de referencia
ETRS89, Proyección UTM, huso 30. Unidades expresadas en metro con apreciación
hasta el centímetro):
● Horno (H1)
Dirección
Polígono 6, parcela 38, Cerro Porra.
Horno 1.
06075A006000380000QY
X
Y
265754.87
4306708.34
cve: BOE-A-2023-14598
Verificable en https://www.boe.es
Referencia catastral