III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Ayudas. (BOE-A-2023-14458)
Orden TES/629/2023, de 14 de junio, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2023, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas en el ámbito laboral, créditos financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, destinados a la ejecución de proyectos de inversión en el marco de los componentes 19 "Plan Nacional de Competencias Digitales" y 23 "Nuevas Políticas Públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo" recogidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 17 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 86251

La Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, en la reunión celebrada
el 28 de abril de 2023, aprobó, los criterios de distribución territorial y la distribución
resultante de su aplicación respecto a los créditos para el ejercicio 2023, para la
financiación de los proyectos de inversión en el marco de los componentes 19 «Plan
Nacional de Competencias Digitales» y 23 «Nuevas Políticas Públicas para un mercado
de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo» del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia en la parte cuya ejecución corresponde a las comunidades autónomas.
Los criterios que se proponen para distribuir la cantidad de 231.886.000,00 euros son
los siguientes:
Según consta en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de julio de 2021 y se
acordó posteriormente, en la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales
de 21 de julio de 2021, en 2022 y 2023 las comunidades autónomas recibirán una
asignación fondos equivalente a aplicar la proporción de fondos asignada en 2021 a
cada una de las medidas descritas desagregadas a nivel de subconcepto presupuestario
sobre el total de fondos asignado a cada una de ellas, teniendo en cuenta en todo caso,
que si alguna comunidad autónoma no cumpliera los hitos u objetivos establecidos en el
anexo II, la asignación que les correspondiera en 2022 y 2023 se podrá modificar para
garantizar el cumplimiento de dichos hitos u objetivos a nivel de todo el Estado.
Añadiendo que, en todo caso, la distribución de fondos financiados con el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia que se realice en 2022 y 2023, quedará
supeditada al cumplimiento por las comunidades autónomas de los hitos y objetivos que
se indiquen, de cara a garantizar el cumplimiento de los hitos y objetivos previstos a nivel
de todo el Estado.
Por lo tanto, inicialmente el criterio de distribución de fondos del año 2023 en el caso
de fondos financiados con el MRR desde los presupuestos del SEPE es aplicar la
proporción de fondos asignada en 2022 a cada una de las medidas descritas
desagregadas a nivel de subconcepto presupuestario sobre el total de fondos asignado a
cada una de ellas.
No obstante, con carácter previo al Acuerdo del Consejo de Ministros de 11 de
abril de 2023 se solicitó información a las comunidades autónomas para valorar su
capacidad de cumplimiento de los hitos y objetivos fijados en el anexo II de la Orden
TES/897/2021, de 19 de agosto, y garantizar así el cumplimiento de hitos y objetivos
previstos a nivel de todo el Estado.
Como resultado de dicha información se concluye que se pueden mantener los
criterios adoptados en la mencionada Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos
Laborales de 21 de julio de 2021.
Estos importes son adicionales a los 2.571.961.030 euros distribuidos para la
financiación de servicios y programas incluidos en el Plan Anual para el Fomento del
Empleo Digno 2023 y el programa de modernización de los Servicios Públicos de
Empleo Autonómicos.
Las tablas siguientes recogen las asignaciones para el año 2023, resultantes de la
aplicación de los criterios descritos anteriormente, para cada comunidad autónoma y en
cada una de las inversiones.

cve: BOE-A-2023-14458
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Núm. 144