III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2023-14423)
Resolución de 6 de junio de 2023, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica el Convenio con Fundación Once, para la implantación de un programa de accesibilidad universal para personas con discapacidad por el que se canaliza la subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143
Viernes 16 de junio de 2023
Undécima.
Sec. III. Pág. 85995
Generación de empleo de las personas con discapacidad.
Este convenio debe impactar, a su vez, en la empleabilidad de las personas
discapacidad, en este sentido las partes acuerdan que al menos el 30% del personal
contratado con los fondos de esta subvención para el desarrollo de las actividades de
este Convenio deberán ser personas con discapacidad, lo que deberá certificarse
documentalmente en las correspondientes justificaciones.
Duodécima. Compromisos asumidos por la Fundación ONCE en la ejecución del convenio.
a) Declaración escrita comprometiéndose a conceder los accesos y derechos
necesarios para garantizar que las autoridades nacionales competentes ejerzan sus
competencias. Dicha declaración deberá garantizar que los terceros implicados en la
ejecución de los fondos destinados al convenio concedan derechos equivalentes, según
anexo 3.
b) No causar, en las actividades de ejecución de la subvención, perjuicio
significativo al medio ambiente.
c) Tener su domicilio fiscal y su principal centro operativo en España y mantenerlo,
al menos, durante el período de prestación de las actividades objeto de subvención.
d) Prestar las actividades desde centros de trabajo situados en España.
e) Crear en España todo el empleo necesario para la prestación de la actividad
objeto de la subvención, cuando no se realice con personal voluntario, con personal
contratado y afiliado a la Seguridad Social en el territorio nacional. El cumplimiento de
este requisito tendrá que justificarse documentalmente.
f) Conservar los documentos en formato electrónico durante un periodo de cinco
años a partir de la operación.
g) Facilitar, a los efectos de auditoría y control del uso de fondos en relación con las
medidas destinadas a la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del
plan de recuperación y resiliencia, en un formato electrónico que permita realizar
búsquedas y en una base de datos única, las categorías armonizadas de datos del
artículo 22.d) del Reglamento 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de
febrero de 2021. Los medios de verificación los comunicará el Real Patronato a la
Fundación ONCE con posterioridad a la suscripción del convenio, que serán de obligado
cumplimiento para dicha organización.
h) Adquirir los equipos, componentes, integraciones de sistemas y software
asociado a proveedores ubicados en la Unión Europea.
i) Cumplir con la obligación de suministro de información sobre los beneficiarios
últimos de las ayudas, contratistas y subcontratistas, de conformidad con lo establecido
en el artículo 8 de la Orden HAP/1030/2021.
j) Declarar la ausencia de conflicto de intereses en cada proyecto a financiar
mediante el convenio.
k) Utilizar equipos informáticos que cumplan con los requisitos relacionados con el
consumo energético establecidos de acuerdo el Real Decreto 187/2011, de 18 de
febrero, relativo al establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los
productos relacionados con la energía y que incorpora al ordenamiento jurídico español
la Directiva 2009/125 / EC para servidores y almacenamiento de datos, o computadoras
y servidores de computadoras o pantallas electrónicas. Los equipos no contendrán las
sustancias restringidas enumeradas en el anexo II del Real Decreto 219/2013, de 22 de
marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en
aparatos eléctricos y electrónicos, excepto cuando los valores de concentración en peso
en materiales homogéneos no superen los enumerados en dicho anexo. Cuando los
equipos se adquieran en propiedad, al final de su vida útil se someterán a una
preparación para operaciones de reutilización, recuperación o reciclaje, o un tratamiento
cve: BOE-A-2023-14423
Verificable en https://www.boe.es
En este sentido, las partes se comprometen a que el plan de actividades recogido en
la cláusula segunda y explicitado en el anexo 1, seguirá los siguientes requerimientos.
Núm. 143
Viernes 16 de junio de 2023
Undécima.
Sec. III. Pág. 85995
Generación de empleo de las personas con discapacidad.
Este convenio debe impactar, a su vez, en la empleabilidad de las personas
discapacidad, en este sentido las partes acuerdan que al menos el 30% del personal
contratado con los fondos de esta subvención para el desarrollo de las actividades de
este Convenio deberán ser personas con discapacidad, lo que deberá certificarse
documentalmente en las correspondientes justificaciones.
Duodécima. Compromisos asumidos por la Fundación ONCE en la ejecución del convenio.
a) Declaración escrita comprometiéndose a conceder los accesos y derechos
necesarios para garantizar que las autoridades nacionales competentes ejerzan sus
competencias. Dicha declaración deberá garantizar que los terceros implicados en la
ejecución de los fondos destinados al convenio concedan derechos equivalentes, según
anexo 3.
b) No causar, en las actividades de ejecución de la subvención, perjuicio
significativo al medio ambiente.
c) Tener su domicilio fiscal y su principal centro operativo en España y mantenerlo,
al menos, durante el período de prestación de las actividades objeto de subvención.
d) Prestar las actividades desde centros de trabajo situados en España.
e) Crear en España todo el empleo necesario para la prestación de la actividad
objeto de la subvención, cuando no se realice con personal voluntario, con personal
contratado y afiliado a la Seguridad Social en el territorio nacional. El cumplimiento de
este requisito tendrá que justificarse documentalmente.
f) Conservar los documentos en formato electrónico durante un periodo de cinco
años a partir de la operación.
g) Facilitar, a los efectos de auditoría y control del uso de fondos en relación con las
medidas destinadas a la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del
plan de recuperación y resiliencia, en un formato electrónico que permita realizar
búsquedas y en una base de datos única, las categorías armonizadas de datos del
artículo 22.d) del Reglamento 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de
febrero de 2021. Los medios de verificación los comunicará el Real Patronato a la
Fundación ONCE con posterioridad a la suscripción del convenio, que serán de obligado
cumplimiento para dicha organización.
h) Adquirir los equipos, componentes, integraciones de sistemas y software
asociado a proveedores ubicados en la Unión Europea.
i) Cumplir con la obligación de suministro de información sobre los beneficiarios
últimos de las ayudas, contratistas y subcontratistas, de conformidad con lo establecido
en el artículo 8 de la Orden HAP/1030/2021.
j) Declarar la ausencia de conflicto de intereses en cada proyecto a financiar
mediante el convenio.
k) Utilizar equipos informáticos que cumplan con los requisitos relacionados con el
consumo energético establecidos de acuerdo el Real Decreto 187/2011, de 18 de
febrero, relativo al establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los
productos relacionados con la energía y que incorpora al ordenamiento jurídico español
la Directiva 2009/125 / EC para servidores y almacenamiento de datos, o computadoras
y servidores de computadoras o pantallas electrónicas. Los equipos no contendrán las
sustancias restringidas enumeradas en el anexo II del Real Decreto 219/2013, de 22 de
marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en
aparatos eléctricos y electrónicos, excepto cuando los valores de concentración en peso
en materiales homogéneos no superen los enumerados en dicho anexo. Cuando los
equipos se adquieran en propiedad, al final de su vida útil se someterán a una
preparación para operaciones de reutilización, recuperación o reciclaje, o un tratamiento
cve: BOE-A-2023-14423
Verificable en https://www.boe.es
En este sentido, las partes se comprometen a que el plan de actividades recogido en
la cláusula segunda y explicitado en el anexo 1, seguirá los siguientes requerimientos.