III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ayudas. (BOE-A-2023-14414)
Orden EFP/624/2023, de 8 de junio, por la que se procede a la convocatoria de ayudas para el año 2023 y se modifica la Orden EFP/217/2022, de 17 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de la línea de ayudas para la formación de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada prioritariamente a cualificaciones profesionales en sectores estratégicos y mejora de las capacidades para la transición ecológica, destinada a empresas, asociaciones empresariales y entidades sin ánimo de lucro y se procede a la convocatoria del año 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143
Viernes 16 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 85862
En su virtud, dispongo:
CAPÍTULO I
Modificación de la Orden EFP/217/2022, de 17 de marzo
Artículo 1. Modificación de la Orden EFP/217/2022, de 17 de marzo, por la que se
establecen las bases reguladoras de la línea de ayudas para la formación de
cualificación y recualificación de la población activa, vinculada prioritariamente a
cualificaciones profesionales en sectores estratégicos y mejora de las capacidades
para la transición ecológica, destinada a empresas, asociaciones empresariales y
entidades sin ánimo de lucro, y se procede a su convocatoria en el año 2022, en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Uno.
Se modifica el artículo 1 que queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 1.
Objeto y finalidad.
a) Proyectos de empresas para la formación de sus trabajadores vinculados
mediante una relación laboral, y que permitan la actualización de sus
competencias profesionales o la adquisición de otras nuevas en el marco sectorial
y empresarial de que se trate. Se podrá incluir en estos proyectos la organización
de procedimientos previos de acreditación de las competencias profesionales
adquiridas por la experiencia laboral, en los términos previstos en el Real
Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias
profesionales adquiridas por experiencia laboral. Estos proyectos se financiarán
con hasta un 40% de los fondos disponibles en cada resolución de convocatoria,
estableciéndose para cada una de ellas el límite máximo por solicitud en función
de la disponibilidad presupuestaria.
b) Proyectos de agrupaciones de empresas, asociaciones, consorcios,
organismos y entidades sectoriales que representen o agrupen empresas,
destinados a la formación de trabajadores de un conjunto de empresas
pertenecientes o vinculadas al beneficiario, y que permitan la actualización de sus
competencias profesionales o la adquisición de otras nuevas en el marco sectorial
y empresarial de que se trate. Se podrá incluir en estos proyectos la organización
de procedimientos previos de acreditación de las competencias profesionales
adquiridas por la experiencia laboral, en los términos previstos en el Real
Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias
profesionales adquiridas por experiencia laboral. Estos proyectos se financiarán
con hasta un 60% de los fondos disponibles en cada resolución de convocatoria,
estableciéndose para cada una de ellas el límite máximo por solicitud en función
de la disponibilidad presupuestaria.
c) Proyectos de entidades sin ánimo de lucro que presenten propuestas de
formación, y en su caso, de acompañamiento para la acreditación de las competencias
profesionales adquiridas por la experiencia laboral, para población activa en búsqueda
cve: BOE-A-2023-14414
Verificable en https://www.boe.es
1. La presente orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de
concesión de ayudas destinadas a la formación no formal de cualificación y
recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales
incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, o catálogos
que determine la normativa vigente, en sectores estratégicos, para empresas,
asociaciones empresariales y entidades sin ánimo de lucro.
2. La finalidad de estas ayudas es conceder subvenciones a los beneficiarios
indicados en el artículo 3 para el desarrollo de proyectos que contribuyan a los
objetivos descritos en el apartado anterior.
3. Los proyectos subvencionables en el marco de este Programa incluirán:
Núm. 143
Viernes 16 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 85862
En su virtud, dispongo:
CAPÍTULO I
Modificación de la Orden EFP/217/2022, de 17 de marzo
Artículo 1. Modificación de la Orden EFP/217/2022, de 17 de marzo, por la que se
establecen las bases reguladoras de la línea de ayudas para la formación de
cualificación y recualificación de la población activa, vinculada prioritariamente a
cualificaciones profesionales en sectores estratégicos y mejora de las capacidades
para la transición ecológica, destinada a empresas, asociaciones empresariales y
entidades sin ánimo de lucro, y se procede a su convocatoria en el año 2022, en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Uno.
Se modifica el artículo 1 que queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 1.
Objeto y finalidad.
a) Proyectos de empresas para la formación de sus trabajadores vinculados
mediante una relación laboral, y que permitan la actualización de sus
competencias profesionales o la adquisición de otras nuevas en el marco sectorial
y empresarial de que se trate. Se podrá incluir en estos proyectos la organización
de procedimientos previos de acreditación de las competencias profesionales
adquiridas por la experiencia laboral, en los términos previstos en el Real
Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias
profesionales adquiridas por experiencia laboral. Estos proyectos se financiarán
con hasta un 40% de los fondos disponibles en cada resolución de convocatoria,
estableciéndose para cada una de ellas el límite máximo por solicitud en función
de la disponibilidad presupuestaria.
b) Proyectos de agrupaciones de empresas, asociaciones, consorcios,
organismos y entidades sectoriales que representen o agrupen empresas,
destinados a la formación de trabajadores de un conjunto de empresas
pertenecientes o vinculadas al beneficiario, y que permitan la actualización de sus
competencias profesionales o la adquisición de otras nuevas en el marco sectorial
y empresarial de que se trate. Se podrá incluir en estos proyectos la organización
de procedimientos previos de acreditación de las competencias profesionales
adquiridas por la experiencia laboral, en los términos previstos en el Real
Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias
profesionales adquiridas por experiencia laboral. Estos proyectos se financiarán
con hasta un 60% de los fondos disponibles en cada resolución de convocatoria,
estableciéndose para cada una de ellas el límite máximo por solicitud en función
de la disponibilidad presupuestaria.
c) Proyectos de entidades sin ánimo de lucro que presenten propuestas de
formación, y en su caso, de acompañamiento para la acreditación de las competencias
profesionales adquiridas por la experiencia laboral, para población activa en búsqueda
cve: BOE-A-2023-14414
Verificable en https://www.boe.es
1. La presente orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de
concesión de ayudas destinadas a la formación no formal de cualificación y
recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales
incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, o catálogos
que determine la normativa vigente, en sectores estratégicos, para empresas,
asociaciones empresariales y entidades sin ánimo de lucro.
2. La finalidad de estas ayudas es conceder subvenciones a los beneficiarios
indicados en el artículo 3 para el desarrollo de proyectos que contribuyan a los
objetivos descritos en el apartado anterior.
3. Los proyectos subvencionables en el marco de este Programa incluirán: