I. Disposiciones generales. COMUNIDAD DE MADRID. Protección a la infancia y adolescencia. (BOE-A-2023-14347)
Ley 4/2023, de 22 de marzo, de Derechos, Garantías y Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143

Viernes 16 de junio de 2023
Artículo 144.
Artículo 145.

Sec. I. Pág. 85385

Ejecución forzosa.
Caducidad.

Disposición adicional primera. Comisión de Tutela del Menor.
Disposición adicional segunda. Consejos de Atención a la Infancia y la
Adolescencia de la Comunidad de Madrid.
Disposición adicional tercera. Utilización del término Entidad pública de protección.
Disposición adicional cuarta. Dotación presupuestaria.
Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de los procedimientos y de las
normas de desarrollo.
Disposición transitoria segunda. Comisión de Tutela del Menor y de los Consejos
de Derechos de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid.
Disposición derogatoria única.

Derogación normativa.

Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
Disposición final segunda. Referencias normativas.
Disposición final tercera. Modificación de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de
Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 6/2016, de 24 de noviembre, por la
que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid.
Disposición final quinta. Modificación de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del
Deporte de la Comunidad de Madrid.
Disposición final sexta. Modificación de la Ley 9/1999, de 9 de abril, de Museos de
la Comunidad de Madrid.
Disposición final séptima. Modificación de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo,
de la Comunidad de Madrid.
Disposición final octava. Modificación de la Ley 1/2015, de 24 de febrero, del
Voluntariado en la Comunidad de Madrid.
Disposición final novena. Desarrollo.
Disposición final décima. Entrada en vigor.
PREÁMBULO

Hace veintisiete años, la Comunidad de Madrid aprobó la Ley 6/1995, de 28 de
marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia. Esta Ley,
reconociendo a los niños como sujetos de pleno derecho, fue pionera entre las leyes
autonómicas españolas, al incorporar este cambio de paradigma propiciado por la
Convención de Derechos del Niño de Naciones Unidas de 20 de noviembre de 1989.
Además, la Ley desarrolló la importante reforma operada en el Código Civil y en la Ley
de Enjuiciamiento Civil por la Ley 21/1987, de 11 de noviembre, en materia de adopción,
acogimiento familiar y otras formas de protección.
Sin embargo, en este cuarto de siglo, se han producido novedades tan importantes
en materia de infancia y adolescencia tanto a nivel internacional como estatal, que urgía
una reforma de la legislación autonómica madrileña que se adaptara a las mismas.
Así, en este tiempo, la Organización de las Naciones Unidas ha aprobado, entre
otras, la Convención de Nueva York sobre los derechos de las personas con
discapacidad de 13 de diciembre de 2006, ratificada por España, Convención que, desde
una perspectiva de derechos, ha supuesto una profunda transformación en la respuesta
que la sociedad y la legislación deben dar a las personas, también a los niños, que
sufren algún tipo de discapacidad. Además, en el año 2000 se adoptaron dos Protocolos
facultativos de la Convención de Derechos del niño ratificados por España: el relativo a
la participación de niños en los conflictos armados, y el relativo a la venta de niños, la
prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía. Finalmente, en 2011 se

cve: BOE-A-2023-14347
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