I. Disposiciones generales. COMUNIDAD DE MADRID. Tributos. (BOE-A-2023-14346)
Ley 3/2023, de 16 de marzo, por la que se modifica el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de octubre, para la adopción de medidas fiscales dirigidas a la protección a la maternidad y paternidad y de fomento de la natalidad y la conciliación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143
Viernes 16 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 85374
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD DE MADRID
14346
Ley 3/2023, de 16 de marzo, por la que se modifica el Texto Refundido de las
Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos
cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de
octubre, para la adopción de medidas fiscales dirigidas a la protección a la
maternidad y paternidad y de fomento de la natalidad y la conciliación.
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la siguiente Ley, que yo, en
nombre del Rey, promulgo.
PREÁMBULO
La sociedad española en general, y la madrileña en particular, se encuentran en la
actualidad en una situación en la que su tasa de fecundidad es de las más bajas del
mundo, muy por debajo de la tasa de reemplazo. Además, se tienen menos hijos de los
deseados por los ciudadanos.
Asimismo, también puede constatarse que tanto la maternidad como la emancipación
de los jóvenes se han ido retrasando paulatinamente, motivado por las condiciones
económicas y laborales, y por la dificultad para la conciliación de la vida personal y
laboral.
Todas estas circunstancias derivan en el envejecimiento de la población y en la
carencia de jóvenes que sustituyan a la población envejecida, lo que acarrea importantes
consecuencias tanto de orden social como económico. En definitiva, la sociedad
madrileña se enfrenta a una mayor población perceptora de pensiones y prestaciones
sociales, así como con una mayor demanda de atención sanitaria y social.
La situación, marcada además por la pandemia provocada por el COVID-19 y la
crisis económica asociada a la misma, aconseja adoptar medidas urgentes y ágiles para
hacer frente a los principales factores que suponen el freno a la maternidad y cuyo
objetivo último es ofrecer soluciones a esa baja tasa de natalidad.
Con dicho objetivo, la Comunidad de Madrid ha aprobado, mediante Acuerdo del
Consejo de Gobierno de 26 de enero de 2022, la Estrategia de Protección a la
Maternidad y Paternidad y de Fomento de la Natalidad y la Conciliación 2022-2026,
dentro de la cual se incluyen diversas medidas fiscales que necesitan implementarse a
través de una norma con rango de ley. Tales medidas se dirigen, por un lado, al fomento
de la natalidad y a la protección y cuidado de los hijos y de la familia, favoreciendo
asimismo la conciliación laboral de los padres, mediante la ampliación de las
deducciones en el impuesto sobre la renta de las personas físicas por nacimiento o
adopción de hijos y por cuidado de hijos menores de 3 años, y creando dos nuevas
deducciones: por adquisición de vivienda habitual motivada por el nacimiento o la
adopción de hijos y por adquisición de la condición de familia numerosa. Pero también se
dirigen, por otro lado, a facilitar la emancipación de los jóvenes favoreciendo tanto la
adquisición de vivienda como su alquiler mediante la mejora de la deducción por
arrendamiento de vivienda habitual y la creación de una nueva deducción por el pago de
intereses de préstamos para la adquisición de vivienda por jóvenes.
Finalmente, debe protegerse también a los menores acogidos y tutelados y favorecer
dichas figuras que implican su plena integración en el seno familiar. Para ello, se
equipara a estos menores con los propios descendientes a efectos de la aplicación de la
cve: BOE-A-2023-14346
Verificable en https://www.boe.es
I
Núm. 143
Viernes 16 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 85374
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD DE MADRID
14346
Ley 3/2023, de 16 de marzo, por la que se modifica el Texto Refundido de las
Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos
cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 de
octubre, para la adopción de medidas fiscales dirigidas a la protección a la
maternidad y paternidad y de fomento de la natalidad y la conciliación.
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la siguiente Ley, que yo, en
nombre del Rey, promulgo.
PREÁMBULO
La sociedad española en general, y la madrileña en particular, se encuentran en la
actualidad en una situación en la que su tasa de fecundidad es de las más bajas del
mundo, muy por debajo de la tasa de reemplazo. Además, se tienen menos hijos de los
deseados por los ciudadanos.
Asimismo, también puede constatarse que tanto la maternidad como la emancipación
de los jóvenes se han ido retrasando paulatinamente, motivado por las condiciones
económicas y laborales, y por la dificultad para la conciliación de la vida personal y
laboral.
Todas estas circunstancias derivan en el envejecimiento de la población y en la
carencia de jóvenes que sustituyan a la población envejecida, lo que acarrea importantes
consecuencias tanto de orden social como económico. En definitiva, la sociedad
madrileña se enfrenta a una mayor población perceptora de pensiones y prestaciones
sociales, así como con una mayor demanda de atención sanitaria y social.
La situación, marcada además por la pandemia provocada por el COVID-19 y la
crisis económica asociada a la misma, aconseja adoptar medidas urgentes y ágiles para
hacer frente a los principales factores que suponen el freno a la maternidad y cuyo
objetivo último es ofrecer soluciones a esa baja tasa de natalidad.
Con dicho objetivo, la Comunidad de Madrid ha aprobado, mediante Acuerdo del
Consejo de Gobierno de 26 de enero de 2022, la Estrategia de Protección a la
Maternidad y Paternidad y de Fomento de la Natalidad y la Conciliación 2022-2026,
dentro de la cual se incluyen diversas medidas fiscales que necesitan implementarse a
través de una norma con rango de ley. Tales medidas se dirigen, por un lado, al fomento
de la natalidad y a la protección y cuidado de los hijos y de la familia, favoreciendo
asimismo la conciliación laboral de los padres, mediante la ampliación de las
deducciones en el impuesto sobre la renta de las personas físicas por nacimiento o
adopción de hijos y por cuidado de hijos menores de 3 años, y creando dos nuevas
deducciones: por adquisición de vivienda habitual motivada por el nacimiento o la
adopción de hijos y por adquisición de la condición de familia numerosa. Pero también se
dirigen, por otro lado, a facilitar la emancipación de los jóvenes favoreciendo tanto la
adquisición de vivienda como su alquiler mediante la mejora de la deducción por
arrendamiento de vivienda habitual y la creación de una nueva deducción por el pago de
intereses de préstamos para la adquisición de vivienda por jóvenes.
Finalmente, debe protegerse también a los menores acogidos y tutelados y favorecer
dichas figuras que implican su plena integración en el seno familiar. Para ello, se
equipara a estos menores con los propios descendientes a efectos de la aplicación de la
cve: BOE-A-2023-14346
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