III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. (BOE-A-2023-14191)
Resolución de 2 de junio de 2023, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se convoca la concesión de ayudas asistenciales para el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Miércoles 14 de junio de 2023
6.4

Sec. III. Pág. 84664

Documentación.

Además de la documentación requerida en los epígrafes 3.5., 3.6. y 3.7. de esta
Resolución, junto con la solicitud la persona interesada deberá aportar los documentos
justificativos que correspondan al estado o situación de necesidad y, en su caso, de los
gastos producidos.
La documentación a presentar se encuentra relacionada en el impreso de solicitud
modelo DPS 41001 y en la solicitud en sede electrónica.
En aquellos supuestos en que sea precisa la aportación de factura se considerará
que la prescripción sobre la necesidad del servicio contenido en el informe médico, debe
ser previa a la fecha de expedición de la factura correspondiente.
La factura deberá reunir todos los requisitos legales y reglamentarios para su validez
y en la misma deberá figurar el detalle de conceptos y precios así como la constancia del
pago, o ir acompañada, en su caso, del correspondiente recibo que lo acredite.
7. Modificación de umbrales por la Dirección General de MUFACE
Con el fin de optimizar la ejecución presupuestaria los límites máximos de niveles de
ingresos establecidos en el epígrafe 4, podrán ser incrementados por resolución de la
Dirección General de MUFACE, para cualquiera de sus modalidades, siempre que dicho
acuerdo se adopte y se publique antes de que finalice el plazo de presentación de
solicitudes. Su publicación se realizará, al menos, en la página web de MUFACE así
como en los tablones de anuncios de los Servicios Provinciales y en los de las
Delegaciones/Subdelegaciones de Gobierno.
8.

Normas finales

8.1 Todos los impresos normalizados necesarios para solicitar y obtener estas
ayudas estarán disponibles en los Servicios Provinciales de MUFACE y en la página web
de MUFACE (www.muface.es).
8.2 Todas las referencias efectuadas a los Servicios Provinciales de MUFACE y a
sus Direcciones son aplicables a los Servicios de Ceuta y Melilla, así como, en su caso,
a las Oficinas Delegadas y a sus titulares.
8.3 La presente resolución de convocatoria y cuantos actos se deriven de ella
podrán ser impugnados de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre.

cve: BOE-A-2023-14191
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 2 de junio de 2023.–La Directora General de la Mutualidad General de
Funcionarios Civiles del Estado, Myriam Pallarés Cortón.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X