I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Energía eléctrica. (BOE-A-2023-14046)
Real Decreto 444/2023, de 13 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de los consumidores electrointensivos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141
Miércoles 14 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 84242
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Real Decreto 444/2023, de 13 de junio, por el que se modifica el Real
Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de
los consumidores electrointensivos.
El Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de
los consumidores electrointensivos, define, en su título II, los requisitos que permiten
optar a determinadas instalaciones industriales a la certificación de consumidor
electrointensivo, y establece un procedimiento para conceder estas certificaciones.
Asimismo, regula dos mecanismos de apoyo: en su título III, establece las bases
reguladoras del «Mecanismo de compensación a los Consumidores Electrointensivos de
los cargos por la financiación de la retribución específica a renovables y cogeneración de
alta eficiencia y por la financiación adicional en los territorios no peninsulares», un
programa de concesión de ayudas para compensar parte de los cargos de la factura
eléctrica a los consumidores electrointensivos; y en su título IV, el «Mecanismo de
cobertura de riesgos derivados de la adquisición a medio y largo plazo de energía
eléctrica por consumidores electrointensivos», un mecanismo de cobertura por cuenta
del Estado de los riesgos derivados de la adquisición a medio y largo plazo de energía
eléctrica por consumidores electrointensivos, a través de seguros de crédito o de
garantías.
El artículo 4 del Real Decreto-ley 20/2018, de 7 de diciembre, de medidas urgentes
para el impulso de la competitividad económica en el sector de la industria y el comercio
en España, estableció los criterios básicos para caracterizar a los consumidores
electrointensivos, destacando sus particularidades como consumidores eléctricos con un
elevado uso de la electricidad, un elevado consumo en horas de baja demanda eléctrica
y una curva de consumo estable y predecible.
Tanto la definición de consumidor electrointensivo como la regulación del mecanismo
de compensación de cargos establecidos en el título III del citado Real
Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, se asientan sobre la base de la Comunicación
de la Comisión Europea 2014/C 200/01, sobre «Directrices sobre ayudas estatales en
materia de protección del medio ambiente y energía 2014-2020».
No obstante, el propio Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, contempla,
en el apartado 3 de su disposición final tercera, que a partir de la fecha de
modificación de las «Directrices sobre ayudas estatales en materia de protección del
medio ambiente y energía 2014-2020», aprobadas por Comunicación de la Comisión
Europea 2014/C 200/01, el Gobierno, mediante real decreto, adaptará los mecanismos
de compensación a los consumidores electrointensivos por la financiación de apoyo para
la electricidad procedente de fuentes renovables, cogeneración de alta eficiencia o
compensación del extracoste en los territorios no peninsulares, en los términos y para los
sectores que establezca la normativa de la Unión Europea.
La Comunicación de la Comisión 2022/C 80/01 «Directrices sobre ayudas estatales
en materia de clima, protección del medio ambiente y energía 2022», aprobada el 27 de
enero de 2022, ha modificado a partir de enero de 2022 las citadas directrices para el
periodo 2014-2020, lo que obliga a adaptar la regulación del mecanismo de
compensación de cargos establecida en línea con dicha Comunicación (2022/C 80/01), y,
por tanto, exige también la modificar el Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre.
cve: BOE-A-2023-14046
Verificable en https://www.boe.es
14046
Núm. 141
Miércoles 14 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 84242
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Real Decreto 444/2023, de 13 de junio, por el que se modifica el Real
Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de
los consumidores electrointensivos.
El Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, por el que se regula el Estatuto de
los consumidores electrointensivos, define, en su título II, los requisitos que permiten
optar a determinadas instalaciones industriales a la certificación de consumidor
electrointensivo, y establece un procedimiento para conceder estas certificaciones.
Asimismo, regula dos mecanismos de apoyo: en su título III, establece las bases
reguladoras del «Mecanismo de compensación a los Consumidores Electrointensivos de
los cargos por la financiación de la retribución específica a renovables y cogeneración de
alta eficiencia y por la financiación adicional en los territorios no peninsulares», un
programa de concesión de ayudas para compensar parte de los cargos de la factura
eléctrica a los consumidores electrointensivos; y en su título IV, el «Mecanismo de
cobertura de riesgos derivados de la adquisición a medio y largo plazo de energía
eléctrica por consumidores electrointensivos», un mecanismo de cobertura por cuenta
del Estado de los riesgos derivados de la adquisición a medio y largo plazo de energía
eléctrica por consumidores electrointensivos, a través de seguros de crédito o de
garantías.
El artículo 4 del Real Decreto-ley 20/2018, de 7 de diciembre, de medidas urgentes
para el impulso de la competitividad económica en el sector de la industria y el comercio
en España, estableció los criterios básicos para caracterizar a los consumidores
electrointensivos, destacando sus particularidades como consumidores eléctricos con un
elevado uso de la electricidad, un elevado consumo en horas de baja demanda eléctrica
y una curva de consumo estable y predecible.
Tanto la definición de consumidor electrointensivo como la regulación del mecanismo
de compensación de cargos establecidos en el título III del citado Real
Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, se asientan sobre la base de la Comunicación
de la Comisión Europea 2014/C 200/01, sobre «Directrices sobre ayudas estatales en
materia de protección del medio ambiente y energía 2014-2020».
No obstante, el propio Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre, contempla,
en el apartado 3 de su disposición final tercera, que a partir de la fecha de
modificación de las «Directrices sobre ayudas estatales en materia de protección del
medio ambiente y energía 2014-2020», aprobadas por Comunicación de la Comisión
Europea 2014/C 200/01, el Gobierno, mediante real decreto, adaptará los mecanismos
de compensación a los consumidores electrointensivos por la financiación de apoyo para
la electricidad procedente de fuentes renovables, cogeneración de alta eficiencia o
compensación del extracoste en los territorios no peninsulares, en los términos y para los
sectores que establezca la normativa de la Unión Europea.
La Comunicación de la Comisión 2022/C 80/01 «Directrices sobre ayudas estatales
en materia de clima, protección del medio ambiente y energía 2022», aprobada el 27 de
enero de 2022, ha modificado a partir de enero de 2022 las citadas directrices para el
periodo 2014-2020, lo que obliga a adaptar la regulación del mecanismo de
compensación de cargos establecida en línea con dicha Comunicación (2022/C 80/01), y,
por tanto, exige también la modificar el Real Decreto 1106/2020, de 15 de diciembre.
cve: BOE-A-2023-14046
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