I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE JUSTICIA. Registro Mercantil. Reglamento. (BOE-A-2023-14043)
Real Decreto 442/2023, de 13 de junio, por el que se modifica el Reglamento del Registro Mercantil, aprobado por el Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, y por el que se traspone parcialmente la Directiva (UE) 2019/1151 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 en lo que respecta a la utilización de herramientas y procesos digitales en el ámbito del Derecho de sociedades.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Miércoles 14 de junio de 2023

Sec. I. Pág. 84220

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE JUSTICIA
Real Decreto 442/2023, de 13 de junio, por el que se modifica el Reglamento
del Registro Mercantil, aprobado por el Real Decreto 1784/1996, de 19 de
julio, y por el que se traspone parcialmente la Directiva (UE) 2019/1151 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, por la que se
modifica la Directiva (UE) 2017/1132 en lo que respecta a la utilización de
herramientas y procesos digitales en el ámbito del Derecho de sociedades.

La Directiva (UE) 2019/1151 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio
de 2019, por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 en lo que respecta a la
utilización de herramientas y procesos digitales en el ámbito del Derecho de sociedades,
crea un marco regulador moderno para el Derecho de sociedades en la Unión Europea
del siglo XXI.
Dicha Directiva permite iniciar de manera más sencilla una actividad económica, bien
mediante el establecimiento de una sociedad en otro Estado miembro, bien mediante la
apertura de una sucursal de dicha sociedad en otro Estado miembro, así como facilitar
información exhaustiva y accesible sobre las sociedades de forma digital. La
digitalización societaria constituye, pues, uno de los requisitos fundamentales para el
funcionamiento eficaz y moderno de un mercado interior competitivo.
Los antecedentes en este ámbito de la digitalización societaria, a nivel europeo, se
encuentran en el Plan de acción que el año 2012 presentó la Comisión Europea:
«Derecho de sociedades europeo y gobierno corporativo», que establecía objetivos para
reforzar los derechos de los accionistas y proteger a terceros, y promover la eficacia y
competitividad de las empresas.
Posteriormente, en 2015, se presentó la comunicación «Una Estrategia para el
Mercado Único Digital de Europa», con el objetivo de crear un mercado digital único
conectado y fomentar el uso de las nuevas tecnologías.
En este marco de actuación, la interconexión de los registros mercantiles en los
Estados miembros es un elemento esencial para la digitalización, y se materializó con la
Directiva (UE) 2017/1132 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2017,
sobre determinados aspectos del Derecho de sociedades, y con la creación del Sistema
de Interconexión de Registros centrales, mercantiles y de sociedades de todos los
Estados miembros (SIRM o BRIS), operativo desde junio de 2017, que ha permitido la
interoperabilidad y la contratación pública electrónica plena.
La Comisión Europea ha seguido trabajando en esta línea de la digitalización
societaria, como se demuestra con la aprobación de la Directiva 2019/1151 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, con el fin de fomentar la
competitividad y productividad de las empresas y una mayor adaptación a los cambios y
mejoras tecnológicas debido, principalmente, a que aún existen diferencias significativas
entre los Estados miembros en lo que respecta a la disponibilidad de herramientas en
línea que permitan a empresarios y sociedades comunicarse con las autoridades sobre
cuestiones de Derecho de sociedades.
La Directiva aborda estos desafíos mediante un sistema de constitución de
sociedades de capital íntegramente en línea, proporcionando documentos
estandarizados para simplificar la operación y extendiendo el procedimiento
íntegramente en línea a todo el ciclo de vida de la sociedad, incluyendo el registro de
sucursales. Ello afecta sin duda al sistema de publicidad registral, al funcionamiento de
los registros mercantiles y al coste del servicio prestado y, en consecuencia, al Registro

cve: BOE-A-2023-14043
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