III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Ayudas. (BOE-A-2023-14200)
Orden TES/608/2023, de 12 de junio, por la que se amplían los plazos de la convocatoria de subvenciones prevista en la Orden TES/1233/2022, de 5 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el Plan Integral de Impulso a la Economía Social para la generación de un tejido económico, inclusivo y sostenible y por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para proyectos innovadores para los años 2022 y 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 14 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 84684

solucionar la disfunción ocasionada por el incidente técnico detectado en la Sede
Electrónica del Ministerio de Trabajo y Economía Social, que ha afectado al normal
funcionamiento de los sistemas de información y aplicaciones informáticas. Esta
circunstancia ha impactado en la tramitación e instrucción del Plan Integral de Impulso
a la Economía Social.
El apartado segundo de la Propuesta de resolución provisional de la Dirección
General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de
las Empresas para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva en la
convocatoria 2022-2023 del Plan Integral de Impulso a la Economía Social para la
Generación de un Tejido Económico, Inclusivo y Sostenible, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia otorga un plazo de 10 días hábiles para la
presentación de alegaciones a contar desde el día siguiente a la publicación de la
misma.
Por todo ello, resulta de aplicación lo establecido en el artículo 32.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, que establece lo siguiente: «Cuando una incidencia
técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que
corresponda, y hasta que se solucione el problema, la Administración podrá
determinar una ampliación de los plazos no vencidos, debiendo publicar en la sede
electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del
plazo no vencido».
En su virtud, dispongo:
Artículo 1. Ampliación del plazo de resolución de la convocatoria de subvenciones
prevista en la Orden TES/1233/2022, de 5 de diciembre, por la que se establecen las
bases reguladoras de las ayudas para el Plan Integral de Impulso a la Economía
Social para la generación de un tejido económico, inclusivo y sostenible y por la que
se aprueba la convocatoria de ayudas para proyectos innovadores para los
años 2022 y 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
Se amplía el plazo establecido en el artículo 24.4, en relación con el artículo 44 de la
Orden TES/1233/2022, de 5 de diciembre, por la que se establecen las bases
reguladoras de las ayudas para el Plan Integral de Impulso a la Economía Social para la
generación de un tejido económico, inclusivo y sostenible y por la que se aprueba la
convocatoria de ayudas para proyectos innovadores para los años 2022 y 2023, en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para resolver y notificar
la resolución de la convocatoria de las subvenciones prevista en dicha orden por un
plazo de tres meses, hasta el 16 de septiembre de 2023.
Artículo 2. Ampliación del plazo de alegaciones a la propuesta de resolución provisional
y para la reformulación de solicitudes.
Se amplía el plazo de alegaciones a la propuesta de resolución provisional, así como
el plazo para la reformulación de solicitudes previstos en el artículo 23.3 y 4 de la Orden
TES/1233/2022, de 5 de diciembre, por un periodo de 10 días hábiles, a contar desde el
día siguiente a la fecha de entrada en vigor de la presente orden.
Las alegaciones, así como las reformulaciones instadas por la Administración,
podrán efectuarse a través de la sede electrónica del órgano convocante (https://
www.mites.gob.es/es/sede_electronica_menu/index.htm/) y del Registro Electrónico
General (Sede Punto Acceso General - Registro Electrónico General AGE
(administracion.gob.es), debiendo indicar en este último supuesto como organismo
destinatario a la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de
la Responsabilidad Social de las Empresas del Ministerio de Trabajo y Economía
Social.

cve: BOE-A-2023-14200
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Núm. 141