T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2023-13961)
Pleno. Sentencia 50/2023, de 10 de mayo de 2023. Recurso de inconstitucionalidad 1875-2021. Interpuesto por el Parlamento de las Illes Balears respecto de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2021. Principios de solidaridad, lealtad constitucional y cooperación en el ámbito de los instrumentos de financiación autonómica: improcedencia de derivar de las normas que atienden el factor de insularidad un concreto modelo constitucional de financiación autonómica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139
Lunes 12 de junio de 2023
Sec. TC. Pág. 83890
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
13961
Pleno. Sentencia 50/2023, de 10 de mayo de 2023. Recurso de
inconstitucionalidad 1875-2021. Interpuesto por el Parlamento de las Illes
Balears respecto de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de presupuestos
generales del Estado para el año 2021. Principios de solidaridad, lealtad
constitucional y cooperación en el ámbito de los instrumentos de financiación
autonómica: improcedencia de derivar de las normas que atienden el factor
de insularidad un concreto modelo constitucional de financiación autonómica.
ECLI:ES:TC:2023:50
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Cándido
Conde-Pumpido Tourón, presidente, y las magistradas y magistrados doña Inmaculada
Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer Callejón,
don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel
Jorquera, doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, don César Tolosa Tribiño y doña
Laura Díez Bueso, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de inconstitucionalidad núm. 1875-2021, interpuesto por el Parlamento
de las Illes Balears contra la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de presupuestos
generales del Estado para el año 2021. Ha comparecido y formulado alegaciones el
abogado del Estado. Ha sido ponente la magistrada doña María Luisa Balaguer Callejón.
1. Mediante escrito registrado en este tribunal el día 30 de marzo de 2021 se ha
promovido recurso de inconstitucionalidad por el Parlamento de las Illes Balears contra la
Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el
año 2021.
La demanda solicita que se declare la inconstitucionalidad de la citada Ley por
vulneración de los arts. 2 y 138 CE, en razón del desequilibrio económico generado entre
las Illes Balears y las diversas partes del territorio español atendiendo a las
circunstancias del hecho insular, producido como consecuencia de la omisión en el texto
de la Ley 11/2020 de la aplicación de los arts. 15 y 17 del Real Decreto-ley 4/2019, de 22
de febrero, del régimen especial de las Illes Balears. Al escrito de demanda se
acompaña certificación del dictamen 21/2021, emitido por el Consejo Consultivo de las
Illes Balears el 26 de marzo de 2021.
El recurso se fundamenta en los motivos que seguidamente se exponen.
Comienza la demanda señalando que el recurso se presenta por omisión legislativa,
motivo este que encuentra acomodo en la doctrina del Tribunal Constitucional y, en
concreto, en las sentencias que de forma pormenorizada se incluyen en el dictamen
emitido por el Consejo Consultivo de las Illes Balears, entre las que se citan las
SSTC 11/1981, de 8 de abril; 24/1982, de 13 de mayo; 98/1985, de 29 de julio; 273/2005,
de 27 de octubre, y 52/2006, de 16 de febrero.
cve: BOE-A-2023-13961
Verificable en https://www.boe.es
I. Antecedentes
Núm. 139
Lunes 12 de junio de 2023
Sec. TC. Pág. 83890
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
13961
Pleno. Sentencia 50/2023, de 10 de mayo de 2023. Recurso de
inconstitucionalidad 1875-2021. Interpuesto por el Parlamento de las Illes
Balears respecto de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de presupuestos
generales del Estado para el año 2021. Principios de solidaridad, lealtad
constitucional y cooperación en el ámbito de los instrumentos de financiación
autonómica: improcedencia de derivar de las normas que atienden el factor
de insularidad un concreto modelo constitucional de financiación autonómica.
ECLI:ES:TC:2023:50
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Cándido
Conde-Pumpido Tourón, presidente, y las magistradas y magistrados doña Inmaculada
Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer Callejón,
don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel
Jorquera, doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, don César Tolosa Tribiño y doña
Laura Díez Bueso, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de inconstitucionalidad núm. 1875-2021, interpuesto por el Parlamento
de las Illes Balears contra la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de presupuestos
generales del Estado para el año 2021. Ha comparecido y formulado alegaciones el
abogado del Estado. Ha sido ponente la magistrada doña María Luisa Balaguer Callejón.
1. Mediante escrito registrado en este tribunal el día 30 de marzo de 2021 se ha
promovido recurso de inconstitucionalidad por el Parlamento de las Illes Balears contra la
Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el
año 2021.
La demanda solicita que se declare la inconstitucionalidad de la citada Ley por
vulneración de los arts. 2 y 138 CE, en razón del desequilibrio económico generado entre
las Illes Balears y las diversas partes del territorio español atendiendo a las
circunstancias del hecho insular, producido como consecuencia de la omisión en el texto
de la Ley 11/2020 de la aplicación de los arts. 15 y 17 del Real Decreto-ley 4/2019, de 22
de febrero, del régimen especial de las Illes Balears. Al escrito de demanda se
acompaña certificación del dictamen 21/2021, emitido por el Consejo Consultivo de las
Illes Balears el 26 de marzo de 2021.
El recurso se fundamenta en los motivos que seguidamente se exponen.
Comienza la demanda señalando que el recurso se presenta por omisión legislativa,
motivo este que encuentra acomodo en la doctrina del Tribunal Constitucional y, en
concreto, en las sentencias que de forma pormenorizada se incluyen en el dictamen
emitido por el Consejo Consultivo de las Illes Balears, entre las que se citan las
SSTC 11/1981, de 8 de abril; 24/1982, de 13 de mayo; 98/1985, de 29 de julio; 273/2005,
de 27 de octubre, y 52/2006, de 16 de febrero.
cve: BOE-A-2023-13961
Verificable en https://www.boe.es
I. Antecedentes