T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2023-13960)
Pleno. Sentencia 49/2023, de 10 de mayo de 2023. Recurso de inconstitucionalidad 1828-2021. Interpuesto por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Popular del Congreso en relación con diversos preceptos de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación. Derecho a la educación: constitucionalidad de la regulación de la programación de centros, régimen de escolarización de alumnos con necesidades especiales, educación diferenciada por sexos, enseñanza de la religión, derecho a la enseñanza en castellano y actividades complementarias (STC 34/2023); tramitación parlamentaria de la ley y derecho de enmienda. Votos particulares.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139

Lunes 12 de junio de 2023

Sec. TC. Pág. 83865

SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
13960

Pleno. Sentencia 49/2023, de 10 de mayo de 2023. Recurso de
inconstitucionalidad 1828-2021. Interpuesto por más de cincuenta diputados
del Grupo Parlamentario Popular del Congreso en relación con diversos
preceptos de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se
modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación. Derecho a la
educación: constitucionalidad de la regulación de la programación de centros,
régimen de escolarización de alumnos con necesidades especiales,
educación diferenciada por sexos, enseñanza de la religión, derecho a la
enseñanza en castellano y actividades complementarias (STC 34/2023);
tramitación parlamentaria de la ley y derecho de enmienda. Votos
particulares.

ECLI:ES:TC:2023:49
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Cándido
Conde-Pumpido Tourón, presidente, y las magistradas y magistrados doña Inmaculada
Montalbán Huertas, don Ricardo Enríquez Sancho, doña María Luisa Balaguer Callejón,
don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, doña Concepción Espejel
Jorquera, doña María Luisa Segoviano Astaburuaga, don César Tolosa Tribiño y doña
Laura Díez Bueso, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de inconstitucionalidad núm. 1828-2021, promovido por ochenta y ocho
diputados del Grupo Parlamentario Popular contra los siguientes apartados del artículo
único de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación: 1, 8 bis, 10, 12, 16, 17, 27, 28, 29, 50, 55
bis, 56, 78, 81 bis, 83 y 89 y las disposiciones adicionales tercera y cuarta. Ha
comparecido y formulado alegaciones el Gobierno de la Nación. Ha sido ponente la
magistrada doña Laura Díez Bueso.
Antecedentes

1. Mediante escrito registrado en este tribunal el día 29 de marzo de 2021, don
Manuel Sánchez-Puelles y González-Carvajal, en nombre y representación de ochenta y
ocho diputados del Grupo Parlamentario Popular, interpuso un recurso de
inconstitucionalidad contra los preceptos de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre,
por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (en lo
sucesivo, LOMLOE), que se indican en el encabezamiento. Los motivos de impugnación
son los siguientes:
A) Los apartados 10, 16, 17, 27 y 28 del artículo único vulneran los arts. 16.1, 16.3,
27.1, 27.2, 27.3 y 149.1.30 CE, en relación con la enseñanza de religión.
La redacción anterior de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOE),
preveía la posibilidad de cursar la asignatura de religión en todas las etapas educativas.
Frente a esto, la LOMLOE la elimina por completo de la ordenación de las enseñanzas y

cve: BOE-A-2023-13960
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I.