I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Deporte. (BOE-A-2023-13669)
Ley 2/2023, de 7 de febrero, de la actividad física y el deporte de las Illes Balears.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 9 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 81996
potenciación de las personas asociadas de estas entidades. Asimismo, se ordena la
estructura y el funcionamiento de las federaciones deportivas baleares, con novedades
importantes, como la obligación de todas las federaciones de crear los comités de
competición y disciplina deportiva y de apelación, el sometimiento de las federaciones a
las normas de transparencia y buen gobierno y la limitación de la presidencia de una
federación deportiva durante el periodo máximo de tres legislaturas de cuatro años.
En el título sexto se prevé el fomento y la financiación de la actividad física y el
deporte, y se ordenan las ayudas públicas, los beneficios fiscales, el patrocinio público y
los incentivos al sector privado, como novedad.
El título séptimo regula la formación, la investigación y las titulaciones deportivas y,
como novedad en la ley, establece el impulso de los centros educativos de tecnificación
deportiva de las Illes Balears.
El título octavo trata del dopaje deportivo y la medicina deportiva, y dispone la
obligación legal de las personas deportistas de someterse a los controles antidopaje,
potenciando la Comisión Antidopaje del Deporte de las Illes Balears y la asistencia
sanitaria de las personas deportistas que participen en competiciones deportivas en las
Illes Balears.
En el título noveno se regula la violencia derivada de las actividades y de las
competiciones deportivas en el ámbito de las Illes Balears, potenciando la Comisión
contra la Violencia en el Deporte de las Illes Balears, y, como novedad, se hace
referencia a la necesidad de regular, por las administraciones públicas, protocolos de
actuación para prevenir situaciones de violencia sobre la infancia y la adolescencia en el
ámbito deportivo, tal como dispone la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección
integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
El título décimo trata de las instalaciones deportivas de las Illes Balears y establece
como novedad importante la regulación de los derechos y las obligaciones de las
personas espectadoras y usuarias de las instalaciones deportivas de las Illes Balears.
El título undécimo introduce la innovación de regular el ejercicio profesional de la
actividad física y el deporte y determina las actividades profesionales y el ámbito
funcional, además de las obligaciones de las personas profesionales de la actividad
física y el deporte.
El título duodécimo regula la justicia deportiva, el régimen disciplinario y el Tribunal
del deporte de las Illes Balears. Como novedad, la jurisdicción deportiva se extiende al
ámbito asociativo y se regulan las cuestiones y los órganos competentes para
resolverlas. Se simplifica y moderniza el sistema de infracciones y sanciones deportivas.
Se tipifica así un sistema sancionador que establece tres tipos de sanciones: muy
graves, graves y leves. Asimismo, se establece la aplicación subsidiaria, en materia
sancionadora, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo
común de las administraciones públicas.
En el título decimotercero se regula la inspección deportiva y se incluye, como
novedad, la figura y las facultades del personal inspector deportivo, las obligaciones de
los administrados y el procedimiento de inspección deportiva.
Finalmente, el título decimocuarto, sobre el procedimiento sancionador administrativo
en materia deportiva de las Illes Balears, establece la tramitación correspondiente que se
tiene que seguir, adaptada a las normas que le son aplicables, y se actualizan las
infracciones y sanciones.
VIII
Como novedad y característica imprescindible, cabe destacar que de acuerdo con la
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva De Mujeres Y Hombres,
y la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres, se han adoptado una
serie de medidas que favorecen la igualdad y la plena incorporación de la mujer al
deporte en todos los niveles en el ámbito de las Illes Balears.
cve: BOE-A-2023-13669
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 137
Viernes 9 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 81996
potenciación de las personas asociadas de estas entidades. Asimismo, se ordena la
estructura y el funcionamiento de las federaciones deportivas baleares, con novedades
importantes, como la obligación de todas las federaciones de crear los comités de
competición y disciplina deportiva y de apelación, el sometimiento de las federaciones a
las normas de transparencia y buen gobierno y la limitación de la presidencia de una
federación deportiva durante el periodo máximo de tres legislaturas de cuatro años.
En el título sexto se prevé el fomento y la financiación de la actividad física y el
deporte, y se ordenan las ayudas públicas, los beneficios fiscales, el patrocinio público y
los incentivos al sector privado, como novedad.
El título séptimo regula la formación, la investigación y las titulaciones deportivas y,
como novedad en la ley, establece el impulso de los centros educativos de tecnificación
deportiva de las Illes Balears.
El título octavo trata del dopaje deportivo y la medicina deportiva, y dispone la
obligación legal de las personas deportistas de someterse a los controles antidopaje,
potenciando la Comisión Antidopaje del Deporte de las Illes Balears y la asistencia
sanitaria de las personas deportistas que participen en competiciones deportivas en las
Illes Balears.
En el título noveno se regula la violencia derivada de las actividades y de las
competiciones deportivas en el ámbito de las Illes Balears, potenciando la Comisión
contra la Violencia en el Deporte de las Illes Balears, y, como novedad, se hace
referencia a la necesidad de regular, por las administraciones públicas, protocolos de
actuación para prevenir situaciones de violencia sobre la infancia y la adolescencia en el
ámbito deportivo, tal como dispone la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección
integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
El título décimo trata de las instalaciones deportivas de las Illes Balears y establece
como novedad importante la regulación de los derechos y las obligaciones de las
personas espectadoras y usuarias de las instalaciones deportivas de las Illes Balears.
El título undécimo introduce la innovación de regular el ejercicio profesional de la
actividad física y el deporte y determina las actividades profesionales y el ámbito
funcional, además de las obligaciones de las personas profesionales de la actividad
física y el deporte.
El título duodécimo regula la justicia deportiva, el régimen disciplinario y el Tribunal
del deporte de las Illes Balears. Como novedad, la jurisdicción deportiva se extiende al
ámbito asociativo y se regulan las cuestiones y los órganos competentes para
resolverlas. Se simplifica y moderniza el sistema de infracciones y sanciones deportivas.
Se tipifica así un sistema sancionador que establece tres tipos de sanciones: muy
graves, graves y leves. Asimismo, se establece la aplicación subsidiaria, en materia
sancionadora, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo
común de las administraciones públicas.
En el título decimotercero se regula la inspección deportiva y se incluye, como
novedad, la figura y las facultades del personal inspector deportivo, las obligaciones de
los administrados y el procedimiento de inspección deportiva.
Finalmente, el título decimocuarto, sobre el procedimiento sancionador administrativo
en materia deportiva de las Illes Balears, establece la tramitación correspondiente que se
tiene que seguir, adaptada a las normas que le son aplicables, y se actualizan las
infracciones y sanciones.
VIII
Como novedad y característica imprescindible, cabe destacar que de acuerdo con la
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva De Mujeres Y Hombres,
y la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres, se han adoptado una
serie de medidas que favorecen la igualdad y la plena incorporación de la mujer al
deporte en todos los niveles en el ámbito de las Illes Balears.
cve: BOE-A-2023-13669
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 137