III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-13635)
Resolución 420/38222/2023, de 29 de mayo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Complutense de Madrid, para la cooperación en el desarrollo y en la ejecución del "Doble Grado en Derecho y Estudios Jurídico Militares".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136

Jueves 8 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 81573

educativa y universitaria de la Administración General del Estado y de la Comunidad de
Madrid las sucesivas renovaciones de acreditación de estos estudios oficiales.
e) Fijar para el DGD-EJM, de acuerdo con lo dispuesto en el Real
Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los
procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, un
porcentaje de plazas reservadas de las previstas en su artículo 24, del 10%, y garantizar
que las previstas en su artículo 25 sean del 3%.
Aportaciones del Ministerio de Defensa.

a) Posibilitar en la ciudad de Madrid en unidades de asesoramiento jurídico, económico,
de contratación o de gestión administrativa del Ministerio de Defensa, el Ejército de Tierra, la
Armada, el Ejército del Aire y del Espacio, o en órganos jurisdiccionales militares o
dependencias militares análogas, las prácticas externas del conjunto de estudiantes del DGDEJM, así como tutorizar durante el desarrollo de las mismas a los estudiantes que las cursen
y suscribir al efecto con la UCM los oportunos convenios de cooperación educativa en
materia de prácticas externas según la legislación vigente.
b) Proponer a personal que sea o haya sido miembro del Cuerpo Jurídico-Militar, y
de aquellos otros en los que pudiera ser de interés, para la tutorización de los Trabajos
de Fin de Grado correspondientes al Grado en Estudios Jurídico-Militares impartidos en
el marco del DGD-EJM y suscribir al efecto con la UCM los oportunos convenios.
c) Previo acuerdo en el seno de la Comisión Mixta de Seguimiento, posibilitar el uso
de los medios del Ministerio de Defensa para la impresión de aquellos materiales
docentes, unidades didácticas o materiales de prácticas que resultaran precisos como
material de apoyo a la docencia del DGD-EJM.
d) Previo acuerdo en el seno de la Comisión Mixta de Seguimiento, posibilitar la
publicación de los trabajos de Fin de Grado del DGD-EJM que hayan obtenido la máxima
calificación que cada año otorgue el órgano académico competente de la UCM.
e) Previo acuerdo en el seno de la Comisión Mixta de Seguimiento, organizar un
programa de visitas institucionales en que, al menos una vez al año, todos los
estudiantes del DGD-EJM puedan conocer dependencias militares de especial
relevancia para su formación jurídica y para la ampliación de sus conocimientos sobre la
organización de la Defensa.
f) Previo acuerdo en el seno de la Comisión Mixta de Seguimiento, organizar un
programa de visitas institucionales a los museos, archivos y bibliotecas militares en el
que, al menos una vez al año, todos los estudiantes del DGD-EJM puedan conocer el
patrimonio cultural de la Defensa.
g) Ceder los espacios necesarios para la organización de aquellas actividades de
extensión universitaria tales como seminarios, jornadas, simposios o congresos en
materia jurídico–militar que pudieran organizarse entre la UCM y el MINISDEF como
complemento formativo a los estudiantes de la UCM, en paralelo y en sintonía con las
actividades de la Cátedra Extraordinaria de Derecho Militar UCM – MINISDEF, creada en
el ámbito del convenio suscrito entre ambas partes el pasado 15 de julio de 2020.
h) Fomentar, en la forma que se acuerde previamente por la Comisión Mixta de
Seguimiento, la apertura de las tribunas científicas a las aportaciones de investigación
del personal docente e investigador de la UCM o a aquellas contribuciones conjuntas de
investigación realizadas entre el personal docente e investigador de la UCM y el personal
vinculado al MINISDEF, así como a fomentar la presencia de profesorado de la UCM en
los comités científicos de las revistas militares en ámbitos de su especialidad y,
específicamente, en Derecho Militar.
Cuarta.

Medidas de control y seguimiento.

Desde la fecha en que este convenio comience a surtir efectos se constituirá una
Comisión Mixta de Seguimiento con representantes designados por ambas partes en
régimen de paridad. Dicha comisión se responsabilizará de la planificación, seguimiento,

cve: BOE-A-2023-13635
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.