III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-13658)
Resolución de 30 de mayo de 2023, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación Pública Andaluza Progreso y Salud, M.P., para el mantenimiento del Centro Español para los Cuidados de Salud Basados en la Evidencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 8 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 81747
creó en el año 1996 con el propósito de desarrollar una estrategia nacional para el
fomento y la coordinación de la investigación en enfermería. En la actualidad su principal
objetivo es integrar la investigación de enfermería en la práctica clínica diaria.
Que el artículo 4 d) de los mencionados Estatutos prevé establecer convenios,
acuerdos y contratos con centros del Sistema Nacional de Salud, instituciones y
organismos públicos de investigación biomédica y en ciencias de la salud nacionales e
internacionales, universidades y entidades privadas que realicen actividades de
investigación científica y desarrollo tecnológico, para la realización de proyectos y
actividades de investigación, desarrollo tecnológico, innovación y otras actividades de
carácter científico, docente y asesor.
III
La Constitución Española, a través de su artículo 43, reconoce el derecho a la
protección de la salud y establece que compete a los poderes públicos organizar y tutelar
la salud pública a través de las medidas preventivas y de las prestaciones y servicios
necesarios.
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, conforme a los artículos 54
y 55 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía
para Andalucía, corresponde a la Comunidad Autónoma, a través de la Consejería de
Salud y Consumo, promover la investigación en salud.
Por su parte, la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, establece como
actuaciones prioritarias en materia de salud en su artículo 15.9 el fomento de la
formación y la investigación científica en materia de salud pública, de las actividades de
investigación sanitaria como elemento fundamental para su progreso. De la misma
forma, en su artículo 78.4 establece el deber de las Administraciones Públicas de
Andalucía de fomentar, dentro del Sistema Sanitario Público de Andalucía, las
actividades de investigación sanitaria como elemento fundamental para su progreso.
Estas actuaciones de promoción de la investigación se concretan en el IV Plan Andaluz
de Salud.
En dicho plan, se encuentra como meta 6.2, impulsar los mecanismos que fomenten
la generación e incorporación de conocimientos y tecnologías de calidad que garanticen
el servicio a la ciudadanía en la mejora de su salud. Así, el objetivo 6.2.3. Potenciar la
generación y transferencia del conocimiento en el espacio compartido donde se
desarrolla la gestión clínica, de forma que se lleve a cabo una investigación de calidad.
Del mismo modo, destaca, en este ámbito, la meta 6.3: garantizar una organización
sanitaria que detecte y responda de forma flexible, equitativa y sostenible a las
necesidades y expectativas de las personas apoyándose en la investigación, el
desarrollo tecnológico y la innovación, que cuenta con el objetivo 6.3.1, según el cual, el
Sistema Sanitario Público de Andalucía (en adelante, SSPA) potenciará su papel como
agente clave en la generación del conocimiento, en el desarrollo tecnológico y en la
innovación en el ámbito de la salud.
Por otro lado, el Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI)
2020, aprobado por el Consejo de Gobierno el 15 de marzo de 2016 (BOJA núm. 55,
de 22 de marzo de 2016), determina entre sus ejes principales la reordenación y el
fortalecimiento del Sistema andaluz de I+D+i, la optimización de la financiación,
gobernanza integradora, economía inteligente del conocimiento y orientación del
conocimiento a la sociedad.
El importante desarrollo alcanzado por el SSPA en los últimos años no ha sido ajeno
al desarrollo de la investigación en Ciencias de la Salud, situando la investigación de
vanguardia como uno de los valores básicos sobre los que debe girar un Sistema
Sanitario público de excelencia.
La investigación de excelencia es fuertemente promovida de acuerdo con el Plan
Andaluz de Salud y en la vigente Estrategia de Investigación e Innovación en Salud,
actuación sectorial del PAIDI 2020.
cve: BOE-A-2023-13658
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 136
Jueves 8 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 81747
creó en el año 1996 con el propósito de desarrollar una estrategia nacional para el
fomento y la coordinación de la investigación en enfermería. En la actualidad su principal
objetivo es integrar la investigación de enfermería en la práctica clínica diaria.
Que el artículo 4 d) de los mencionados Estatutos prevé establecer convenios,
acuerdos y contratos con centros del Sistema Nacional de Salud, instituciones y
organismos públicos de investigación biomédica y en ciencias de la salud nacionales e
internacionales, universidades y entidades privadas que realicen actividades de
investigación científica y desarrollo tecnológico, para la realización de proyectos y
actividades de investigación, desarrollo tecnológico, innovación y otras actividades de
carácter científico, docente y asesor.
III
La Constitución Española, a través de su artículo 43, reconoce el derecho a la
protección de la salud y establece que compete a los poderes públicos organizar y tutelar
la salud pública a través de las medidas preventivas y de las prestaciones y servicios
necesarios.
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, conforme a los artículos 54
y 55 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía
para Andalucía, corresponde a la Comunidad Autónoma, a través de la Consejería de
Salud y Consumo, promover la investigación en salud.
Por su parte, la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, establece como
actuaciones prioritarias en materia de salud en su artículo 15.9 el fomento de la
formación y la investigación científica en materia de salud pública, de las actividades de
investigación sanitaria como elemento fundamental para su progreso. De la misma
forma, en su artículo 78.4 establece el deber de las Administraciones Públicas de
Andalucía de fomentar, dentro del Sistema Sanitario Público de Andalucía, las
actividades de investigación sanitaria como elemento fundamental para su progreso.
Estas actuaciones de promoción de la investigación se concretan en el IV Plan Andaluz
de Salud.
En dicho plan, se encuentra como meta 6.2, impulsar los mecanismos que fomenten
la generación e incorporación de conocimientos y tecnologías de calidad que garanticen
el servicio a la ciudadanía en la mejora de su salud. Así, el objetivo 6.2.3. Potenciar la
generación y transferencia del conocimiento en el espacio compartido donde se
desarrolla la gestión clínica, de forma que se lleve a cabo una investigación de calidad.
Del mismo modo, destaca, en este ámbito, la meta 6.3: garantizar una organización
sanitaria que detecte y responda de forma flexible, equitativa y sostenible a las
necesidades y expectativas de las personas apoyándose en la investigación, el
desarrollo tecnológico y la innovación, que cuenta con el objetivo 6.3.1, según el cual, el
Sistema Sanitario Público de Andalucía (en adelante, SSPA) potenciará su papel como
agente clave en la generación del conocimiento, en el desarrollo tecnológico y en la
innovación en el ámbito de la salud.
Por otro lado, el Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI)
2020, aprobado por el Consejo de Gobierno el 15 de marzo de 2016 (BOJA núm. 55,
de 22 de marzo de 2016), determina entre sus ejes principales la reordenación y el
fortalecimiento del Sistema andaluz de I+D+i, la optimización de la financiación,
gobernanza integradora, economía inteligente del conocimiento y orientación del
conocimiento a la sociedad.
El importante desarrollo alcanzado por el SSPA en los últimos años no ha sido ajeno
al desarrollo de la investigación en Ciencias de la Salud, situando la investigación de
vanguardia como uno de los valores básicos sobre los que debe girar un Sistema
Sanitario público de excelencia.
La investigación de excelencia es fuertemente promovida de acuerdo con el Plan
Andaluz de Salud y en la vigente Estrategia de Investigación e Innovación en Salud,
actuación sectorial del PAIDI 2020.
cve: BOE-A-2023-13658
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 136