III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. (BOE-A-2023-13642)
Resolución de 19 de mayo de 2023, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 21 de marzo de 2023, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Illes Balears, en relación con la Ley 3/2022, de 15 de junio, de medidas urgentes para la sostenibilidad y la circularidad del turismo de las Illes Balears.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136

Jueves 8 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 81592

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL
13642

Resolución de 19 de mayo de 2023, de la Secretaría General de
Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 21 de marzo de
2023, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del
Estado-Comunidad Autónoma de Illes Balears, en relación con la Ley 3/2022,
de 15 de junio, de medidas urgentes para la sostenibilidad y la circularidad
del turismo de las Illes Balears.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de
octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de
enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 19 de mayo de 2023.–La Secretaria General de Coordinación Territorial,
Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del
Estado-Comunidad Autónoma de Illes Balears en relación con la Ley 3/2022, de 15
de junio, de medidas urgentes para la sostenibilidad y la circularidad del turismo
de las Illes Balears
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad
Autónoma de Illes Balears ha adoptado el siguiente acuerdo:
I. De conformidad con las negociaciones previas llevadas a cabo por el grupo de trabajo
constituido por el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del
Estado-Comunidad Autónoma de Illes Balears para el estudio y la propuesta de solución de las
discrepancias manifestadas en relación con el artículo 2 de la Ley 3/2022, de 15 de junio, de
medidas urgentes para la sostenibilidad y la circularidad del turismo de las Illes Balears, ambas
partes consideran solventadas las controversias, de conformidad con los siguientes
compromisos:
a) En relación con el nuevo artículo 102 bis de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del
turismo de las Illes Balears, introducido por el apartado 30 del artículo 2 de la
Ley 3/2022, el gobierno de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears promoverá una
modificación normativa del precepto de manera que quede redactado con el siguiente
tenor literal:

1. Todas las empresas y los establecimientos turísticos no sujetos a la
normativa básica estatal en materia de contratación pública y regulados por la
Ley 8/2012, de 19 de julio, en caso de que entre en el ámbito de su actividad,
incluirán, garantizando siempre el cumplimiento del principio de proporcionalidad,
un mínimo del 3% de consumo de productos frescos agrarios, ganaderos y
pesqueros que por tener su origen en las Illes Balears, su producción y transporte
generen una menor huella de carbono. Asimismo, en caso de productos
agroalimentarios transformados, se promoverá que las materias primas esenciales
del producto también generen una menor huella de carbono. En este porcentaje se

cve: BOE-A-2023-13642
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«Artículo 102 bis. Compromiso de consumo de productos de alimentación y
bebidas de proximidad.