III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. (BOE-A-2023-13641)
Resolución de 19 de mayo de 2023, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 15 de marzo de 2023, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Illes Balears, en relación con el Decreto-ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 136

Jueves 8 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 81590

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL
13641

Resolución de 19 de mayo de 2023, de la Secretaría General de
Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 15 de marzo de
2023, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del
Estado-Comunidad Autónoma de Illes Balears, en relación con el Decreto-ley
6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la
temporalidad en el empleo público de las Illes Balears.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de
octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de
enero, esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
del acuerdo que se transcribe como anexo a la presente resolución.
Madrid, 19 de mayo de 2023.–La Secretaria General de Coordinación Territorial,
Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General
del Estado-Comunidad Autónoma de Illes Balears en relación con el Decretoley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la
temporalidad en el empleo público de las Illes Balears
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad
Autónoma de Illes Balears ha adoptado el siguiente acuerdo:

1. En relación a la disposición adicional duodécima relativa a la exención de la
acreditación de la titulación a determinado personal laboral de los grupos C, D y E y
equivalentes, ambas partes acuerdan que el Govern de les Illes Balears asume el
compromiso de aceptar esta norma en el sentido de interpretar que para el acceso a
estos grupos se requerirá una titulación determinada o una experiencia profesional de
más de tres años en una categoría profesional concreta, siempre que esta última
circunstancia sea consecuencia de un acuerdo fruto de la negociación colectiva y venga
recogida en un convenio colectivo de carácter sectorial o un acuerdo de carácter general
recogido en una norma con rango de ley.
2. En relación a la disposición adicional decimotercera relativa a la exención de la
acreditación del nivel de conocimiento de la lengua catalana, ambas partes acuerdan
que el Govern de les Illes Balears asume el compromiso de aceptar esta norma en el
sentido de que la remoción del puesto de trabajo obtenido en el correspondiente proceso
selectivo de estabilización, transcurrido el plazo de dos años, sin acreditar el nivel de
conocimientos de la lengua catalana exigido para el acceso, supondrá, la adscripción del
funcionario de carrera, con carácter provisional.

cve: BOE-A-2023-13641
Verificable en https://www.boe.es

I. De conformidad con las negociaciones previas llevadas a cabo por el grupo de trabajo
constituido por el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General
del Estado-Comunidad Autónoma de Illes Balears para el estudio y la propuesta de solución
de las discrepancias manifestadas en relación con las disposiciones adicionales duodécima y
decimotercera y las disposiciones finales primera, sexta y decimosexta del Decretoley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el
empleo público de las Illes Balears, ambas partes consideran solventadas las controversias,
de conformidad con los compromisos y las consideraciones siguientes: