III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-13589)
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Tregmul Trade, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Magda, de 127,8 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Les Coves de Vinromà, Vilanova d'Alcolea, la Torre d'en Doménec, Benlloc, Alcalà de Xivert, Torreblanca, La Vall d'Alba, Cabanes, Vilafamés, Sant Joan de Moró, Borriol, Castelló de la Plana y Almassora (Castellón).
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 7 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 81231
ciertos apoyos de las líneas «SET El Cuartico a SET Magda» y «SET Magda a SET La
Plana (REE)» sobre los gasoductos anteriormente mencionados y solicita más detalles
técnicos. Se da traslado al promotor, el cual aporta información actualizada y afirma que
remitirá la correspondiente separata a este organismo, una vez se finalice el proyecto
ejecutivo de las líneas de evacuación. Se da traslado al organismo que concluye que se
respeta la distancia mínima de servidumbre con los gasoductos afectados de 10 metros
y manifiesta quedar a la espera de la información solicitada respecto a los apoyos que
quedan a una distancia inferior a 100 metros y son susceptibles de producir influencias
conductivas e inductivas.
Se ha recibido contestación de i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU donde se
ponen de manifiesto los beneficios de evacuar la energía a la red de distribución y se
sugiere una alternativa de conexión en la zona norte del proyecto (a través de la ST Les
Coves) con la subestación ST Maestrazgo a través de una línea de 3,5 km y en la zona
sur (a través de la ST Cuartico) con Oropesa a través de una línea de 8 km. De este
modo, se evitarían los 53 km de línea de 400 kV que conecta la subestación ST
Magda 132/400 kV con SET La Plana 400 kV (REE) y dejaría de ser necesaria la ST
Magda 132/400 kV. Se da traslado al promotor, el cual valora positivamente la propuesta
y solicita, para poder viabilizar la propuesta, la potencia del resto de los promotores que
conectan con las distintas subestaciones con las que se están planteando diferentes
trazados de propuesta de conexión conjunta. Se remite la contestación del promotor a iDE, que no remite nueva contestación. Con respecto a lo anterior, esta Dirección
General considera que las manifestaciones realizadas por i-DE no son relativas a bienes
y derechos afectados a causa del proyecto, sino que hacen referencia a situaciones
hipotéticas que no son objeto del proyecto tramitado, ya que requerirían unos permisos
de acceso y conexión distintos y otras infraestructuras de evacuación que no son objeto
del proyecto tramitado.
Preguntados el Ayuntamiento de Torreblanca; el Ayuntamiento de Castelló de la
Plana; la Diputación Provincial de Castelló; el Servicio Territorial de Obras Públicas de
Castellón de la Dirección General de Obras Públicas, Transporte y Movilidad Sostenible
de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad de la Generalitat
Valenciana; Aeropuerto de Castellón, SL y la Federación de Comunidades de Regantes
de la Comunidad Valenciana, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se
entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del
referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 22 de diciembre de 2021 en el
«Boletín Oficial del Estado» y con fecha 30 de diciembre de 2021 en el «Boletín Oficial
de la Provincia de Castellón». Adicionalmente, se realizaron publicaciones en los
tablones de edictos de los ayuntamientos afectados. Se recibieron más de 2.800
alegaciones, fundamentalmente de carácter ambiental y con consideraciones
urbanísticas y relativas a la ordenación del territorio, las cuales fueron contestadas por el
promotor, mayoritariamente mediante el empleo de modelos de respuesta.
Cabe destacar las alegaciones de la Cooperativa Agroalimentaria Sant Isidre de Les
Coves de Vinroma, S. COOP. y de Fincoves, SL –incluida dentro de la cooperativa–, los
cuales señalan, entre otros argumentos, que el proyecto pone en riesgo la viabilidad de
la Cooperativa al reducirse la producción de los productos, siendo significativa la pérdida
de los productos ecológicos.
Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto
ambiental acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la Confederación
Hidrográfica del Júcar, OA, a la Oficina Española de Cambio Climático, a la Subdirección
General de Biodiversidad Terrestre y Marina de la Dirección General de Biodiversidad,
Bosques y Desertificación, a la Subdirección General de Residuos y a la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y
cve: BOE-A-2023-13589
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 135
Miércoles 7 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 81231
ciertos apoyos de las líneas «SET El Cuartico a SET Magda» y «SET Magda a SET La
Plana (REE)» sobre los gasoductos anteriormente mencionados y solicita más detalles
técnicos. Se da traslado al promotor, el cual aporta información actualizada y afirma que
remitirá la correspondiente separata a este organismo, una vez se finalice el proyecto
ejecutivo de las líneas de evacuación. Se da traslado al organismo que concluye que se
respeta la distancia mínima de servidumbre con los gasoductos afectados de 10 metros
y manifiesta quedar a la espera de la información solicitada respecto a los apoyos que
quedan a una distancia inferior a 100 metros y son susceptibles de producir influencias
conductivas e inductivas.
Se ha recibido contestación de i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU donde se
ponen de manifiesto los beneficios de evacuar la energía a la red de distribución y se
sugiere una alternativa de conexión en la zona norte del proyecto (a través de la ST Les
Coves) con la subestación ST Maestrazgo a través de una línea de 3,5 km y en la zona
sur (a través de la ST Cuartico) con Oropesa a través de una línea de 8 km. De este
modo, se evitarían los 53 km de línea de 400 kV que conecta la subestación ST
Magda 132/400 kV con SET La Plana 400 kV (REE) y dejaría de ser necesaria la ST
Magda 132/400 kV. Se da traslado al promotor, el cual valora positivamente la propuesta
y solicita, para poder viabilizar la propuesta, la potencia del resto de los promotores que
conectan con las distintas subestaciones con las que se están planteando diferentes
trazados de propuesta de conexión conjunta. Se remite la contestación del promotor a iDE, que no remite nueva contestación. Con respecto a lo anterior, esta Dirección
General considera que las manifestaciones realizadas por i-DE no son relativas a bienes
y derechos afectados a causa del proyecto, sino que hacen referencia a situaciones
hipotéticas que no son objeto del proyecto tramitado, ya que requerirían unos permisos
de acceso y conexión distintos y otras infraestructuras de evacuación que no son objeto
del proyecto tramitado.
Preguntados el Ayuntamiento de Torreblanca; el Ayuntamiento de Castelló de la
Plana; la Diputación Provincial de Castelló; el Servicio Territorial de Obras Públicas de
Castellón de la Dirección General de Obras Públicas, Transporte y Movilidad Sostenible
de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad de la Generalitat
Valenciana; Aeropuerto de Castellón, SL y la Federación de Comunidades de Regantes
de la Comunidad Valenciana, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se
entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del
referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 22 de diciembre de 2021 en el
«Boletín Oficial del Estado» y con fecha 30 de diciembre de 2021 en el «Boletín Oficial
de la Provincia de Castellón». Adicionalmente, se realizaron publicaciones en los
tablones de edictos de los ayuntamientos afectados. Se recibieron más de 2.800
alegaciones, fundamentalmente de carácter ambiental y con consideraciones
urbanísticas y relativas a la ordenación del territorio, las cuales fueron contestadas por el
promotor, mayoritariamente mediante el empleo de modelos de respuesta.
Cabe destacar las alegaciones de la Cooperativa Agroalimentaria Sant Isidre de Les
Coves de Vinroma, S. COOP. y de Fincoves, SL –incluida dentro de la cooperativa–, los
cuales señalan, entre otros argumentos, que el proyecto pone en riesgo la viabilidad de
la Cooperativa al reducirse la producción de los productos, siendo significativa la pérdida
de los productos ecológicos.
Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto
ambiental acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la Confederación
Hidrográfica del Júcar, OA, a la Oficina Española de Cambio Climático, a la Subdirección
General de Biodiversidad Terrestre y Marina de la Dirección General de Biodiversidad,
Bosques y Desertificación, a la Subdirección General de Residuos y a la Dirección
General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y
cve: BOE-A-2023-13589
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 135