III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-13589)
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Tregmul Trade, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Magda, de 127,8 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Les Coves de Vinromà, Vilanova d'Alcolea, la Torre d'en Doménec, Benlloc, Alcalà de Xivert, Torreblanca, La Vall d'Alba, Cabanes, Vilafamés, Sant Joan de Moró, Borriol, Castelló de la Plana y Almassora (Castellón).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 7 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 81226

comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica.
Tras un nuevo requerimiento de aclaración emitido por la Subdirección General de
Energía Eléctrica, el promotor, con fecha 12 de julio de 2021, solicitó exclusivamente
autorización administrativa previa del proyecto, en los términos anteriormente citados,
renunciando temporalmente a la declaración, en concreto, de utilidad pública.
Posteriormente, el promotor remitió, con fecha 16 de septiembre de 2021, una
segunda modificación del proyecto, subsanada en fechas 14 de octubre y 30 de
noviembre de 2021, motivada por un nuevo cambio en la potencia de la planta
fotovoltaica Magda, la incorporación de nuevas parcelas y variaciones en la superficie de
las islas solares, solicitando, así, autorización administrativa previa de la instalación
fotovoltaica Magda, de 150 MW instalados en módulos fotovoltaicos y 127,8 MW
instalados en inversores y su infraestructura de evacuación, consistente en las líneas
subterráneas de 30 kV para la evacuación interna de la planta, las subestaciones
colectoras «SE 1 Magda 30 kV», «SE 2 Magda 30 kV» y «SE 3 Magda 30 kV», la
subestación eléctrica «SET Les Coves 30/132 kV», la línea de alta tensión de 132 kV
entre SET Les Coves y SET Magda, la subestación eléctrica «SET El Cuartico 30/132
kV», la línea de alta tensión de 132 kV entre SET El Cuartico y SET Magda, la
subestación eléctrica SET Magda 132/400 kV y la línea de alta tensión de 400 kV entre
SET Magda y la subestación eléctrica SE La Plana 400 kV (REE).
Con fecha 24 de noviembre de 2021, Red Eléctrica confirma de nuevo que la
instalación puede ser considerada la misma a los efectos de lo establecido en la
disposición adicional decimocuarta del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
El expediente, en los términos de la última solicitud del promotor de 16 de septiembre
de 2021, fue incoado en el Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Castellón y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se ha recibido contestación de la que no se desprende oposición del Servicio
Territorial de Urbanismo de Castellón de la Consellería de Política Territorial, Obras
Públicas y Movilidad de la Generalitat Valenciana. Se ha dado traslado al promotor de
dicha contestación, el cual expresa su conformidad.
Se han recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A. y
del Servicio de Planificación de la Dirección General de Obras Públicas, Transporte y
Movilidad Sostenible de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad
de la Generalitat Valenciana, donde se muestran condicionantes a la ejecución de las
actuaciones a llevar a cabo por el promotor. Se ha dado traslado al promotor de dichas
contestaciones, el cual manifiesta su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de la Demarcación de Carreteras del Estado en la
Comunidad Valenciana de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la cual emite informe desfavorable, debido a
afecciones al trazado de la autovía A-7 del Mediterráneo y a sus zonas de protección. Se
ha dado traslado al promotor, el cual se compromete a realizar las adaptaciones
correspondientes en los próximos proyectos. Se da traslado de la respuesta al
organismo que reitera su postura desfavorable, al no tener constancia de los cambios a
implementar. Se remite dicha respuesta al promotor, que alega que se encuentra en fase
de diseño, cálculo y replanteo para reubicar las instalaciones que entran en conflicto con
la autopista.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de
la Consellería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo de la
Generalitat Valenciana, que muestra oposición al expediente argumentando que los
sectores del parque fotovoltaico se encuentran geográficamente muy distantes entre sí,

cve: BOE-A-2023-13589
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