III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Autopistas de peaje. (BOE-A-2023-13580)
Real Decreto 438/2023, de 6 de junio, por el que se modifica la concesión de la autopista del Atlántico AP-9 para la ejecución de medidas de adecuación de túneles, de mejora de la eficiencia energética en túneles y de lucha contra la contaminación acústica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135
Miércoles 7 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 81175
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana,
con el informe del Ministerio de Hacienda y Función Pública, y previa deliberación del
Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de junio de 2023,
DISPONGO:
Artículo 1. Régimen jurídico de la concesión.
El régimen jurídico de la concesión de la autopista del Atlántico AP-9, de la que es
titular Autopistas del Atlántico, Concesionaria Española, SA (Audasa), será el vigente,
con las modificaciones que se contienen en este real decreto.
Artículo 2. Modificación de la concesión.
Se modifica la actual concesión de la autopista del Atlántico AP-9, para la ejecución
de las siguientes actuaciones:
a) Adecuación de los túneles al Real Decreto 635/2006, de 26 de mayo, sobre requisitos
mínimos de seguridad en los túneles de carreteras del Estado, conforme al «Proyecto de
adecuación de los túneles de la Autopista AP-9 al Real Decreto 635/2006» aprobado el 14 de
marzo de 2022 por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
b) Implantación de sistemas inteligentes de iluminación y cambio de luminarias en
los túneles, con el objetivo de mejorar la eficiencia energética.
c) Desarrollo de medidas contra la contaminación acústica en el entorno de la
ciudad de Pontevedra, recogidas en el Plan de Acción contra el Ruido Fase II de la Red
de Carreteras del Estado.
Artículo 3. Redacción y aprobación de los proyectos.
La redacción de los proyectos de construcción que permitan la ejecución de las
medidas indicadas en el artículo 2 de este real decreto corresponde a la sociedad
concesionaria, que asumirá la totalidad de los costes que incurra para tal fin.
Así mismo, la sociedad concesionaria redactará el manual de explotación de los
túneles conforme a lo recogido en el Real Decreto 635/2006, de 26 de mayo, sufragando
los costes que esto conlleve.
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana será el encargado de la
supervisión y aprobación de los proyectos.
Por resolución del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana de 14 de
marzo de 2022 se ha aprobado el «Proyecto de adecuación de los túneles de la
Autopista AP-9 al Real Decreto 635/2006», redactado por Audasa.
En el caso de proyectos pendientes de aprobación, se establece un plazo de seis
meses, a contar desde la aprobación de la correspondiente orden de estudio del
proyecto, para que la sociedad concesionaria entregue los proyectos al Ministerio de
cara a su supervisión y aprobación.
Ejecución y financiación de las obras.
La ejecución de las obras se llevará a cabo por la Dirección General de Carreteras
del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de acuerdo a los proyectos de
construcción que resulten aprobados.
Las actuaciones que afecten a la operatividad de la autopista actualmente en servicio
deberán ser realizadas por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana de
modo que causen la mínima afección posible al tráfico de la autopista. Estas actuaciones
deberán ser previamente comunicadas a la sociedad concesionaria y coordinadas con
ella para asegurar la correcta funcionalidad de la autopista. Durante el período de
ejecución de las obras, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
responderá, por sí mismo o por las empresas que haya contratado, de cualquier
cve: BOE-A-2023-13580
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 4.
Núm. 135
Miércoles 7 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 81175
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana,
con el informe del Ministerio de Hacienda y Función Pública, y previa deliberación del
Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de junio de 2023,
DISPONGO:
Artículo 1. Régimen jurídico de la concesión.
El régimen jurídico de la concesión de la autopista del Atlántico AP-9, de la que es
titular Autopistas del Atlántico, Concesionaria Española, SA (Audasa), será el vigente,
con las modificaciones que se contienen en este real decreto.
Artículo 2. Modificación de la concesión.
Se modifica la actual concesión de la autopista del Atlántico AP-9, para la ejecución
de las siguientes actuaciones:
a) Adecuación de los túneles al Real Decreto 635/2006, de 26 de mayo, sobre requisitos
mínimos de seguridad en los túneles de carreteras del Estado, conforme al «Proyecto de
adecuación de los túneles de la Autopista AP-9 al Real Decreto 635/2006» aprobado el 14 de
marzo de 2022 por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
b) Implantación de sistemas inteligentes de iluminación y cambio de luminarias en
los túneles, con el objetivo de mejorar la eficiencia energética.
c) Desarrollo de medidas contra la contaminación acústica en el entorno de la
ciudad de Pontevedra, recogidas en el Plan de Acción contra el Ruido Fase II de la Red
de Carreteras del Estado.
Artículo 3. Redacción y aprobación de los proyectos.
La redacción de los proyectos de construcción que permitan la ejecución de las
medidas indicadas en el artículo 2 de este real decreto corresponde a la sociedad
concesionaria, que asumirá la totalidad de los costes que incurra para tal fin.
Así mismo, la sociedad concesionaria redactará el manual de explotación de los
túneles conforme a lo recogido en el Real Decreto 635/2006, de 26 de mayo, sufragando
los costes que esto conlleve.
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana será el encargado de la
supervisión y aprobación de los proyectos.
Por resolución del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana de 14 de
marzo de 2022 se ha aprobado el «Proyecto de adecuación de los túneles de la
Autopista AP-9 al Real Decreto 635/2006», redactado por Audasa.
En el caso de proyectos pendientes de aprobación, se establece un plazo de seis
meses, a contar desde la aprobación de la correspondiente orden de estudio del
proyecto, para que la sociedad concesionaria entregue los proyectos al Ministerio de
cara a su supervisión y aprobación.
Ejecución y financiación de las obras.
La ejecución de las obras se llevará a cabo por la Dirección General de Carreteras
del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de acuerdo a los proyectos de
construcción que resulten aprobados.
Las actuaciones que afecten a la operatividad de la autopista actualmente en servicio
deberán ser realizadas por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana de
modo que causen la mínima afección posible al tráfico de la autopista. Estas actuaciones
deberán ser previamente comunicadas a la sociedad concesionaria y coordinadas con
ella para asegurar la correcta funcionalidad de la autopista. Durante el período de
ejecución de las obras, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
responderá, por sí mismo o por las empresas que haya contratado, de cualquier
cve: BOE-A-2023-13580
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Artículo 4.