III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Profesión de Procura. (BOE-A-2023-13586)
Orden PCM/570/2023, de 2 de junio, por la que se convoca la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de la Procura para el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 7 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 81213

12. Las relaciones del profesional de la Procura con la organización colegial, con
sus miembros y con los clientes.
13. Las relaciones de los profesionales de la Procura con otros profesionales y con
el personal de los órganos jurisdiccionales y administrativos. Especial referencia a los
sistemas de comunicación telemática.
14. El campo de actividad profesional actual y perspectivas de futuro. Naturaleza
jurídica de las funciones y reglas del ejercicio profesional.
15. Las funciones de representación procesal y las de colaboración y auxilio con la
Administración de Justicia. Ausencias, sustituciones y cese.
16. La buena fe, el abuso de derecho y el fraude de ley.
17. La responsabilidad de los profesionales de la Procura en el ejercicio de su
profesión: civil, penal y disciplinaria.
18. La cobertura de la responsabilidad civil profesional. El seguro de
responsabilidad civil. La responsabilidad del profesional de la Procura por falta de
análisis de las resoluciones procesales.
19. La responsabilidad disciplinaria: infracciones y sanciones; potestad disciplinaria,
procedimiento sancionador y ejecución; extinción de la responsabilidad, prescripción de
las infracciones y de las sanciones.
20. Asistencia jurídica gratuita y turno de oficio. Especial referencia respecto de los
procedimientos de violencia de género y asistencia a las víctimas del delito.
21. El profesional de la Procura en los mecanismos extrajudiciales de resolución de
conflictos. El arbitraje, la mediación, la conciliación y otros.
22. El sistema de remuneración del profesional de la Procura. Especial referencia al
Arancel de derechos de los Procuradores de los Tribunales y a la presentación de
presupuestos al cliente. Actuaciones no arancelarias.
23. La provisión de fondos y la cuenta del profesional de la Procura. Nuevos
sistemas de recepción de pagos (ingresos directos por las oficinas judiciales y/o las
partes en la cuenta). Reclamación de provisión de fondos, derechos y suplidos.
Impugnación de la cuenta del profesional de la Procura. Especial referencia al régimen
de caducidad en el incidente de reclamación de la cuenta del profesional de la Procura.
24. La contabilidad y la fiscalidad del profesional de la Procura.
25. El sistema de previsión social de la Procura.
B. Competencias profesionales para el ejercicio de la profesión de la Procura
1. Tutela judicial efectiva. El derecho al juez ordinario predeterminado por la ley. El
derecho a la representación procesal.
2. La organización judicial española: Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, y
Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.
3. Los órdenes jurisdiccionales y el principio de unidad jurisdiccional. Extensión y
límites de la jurisdicción española. Los presupuestos procesales de la jurisdicción y la
competencia en cada orden jurisdiccional.
4. El personal jurisdiccional, el personal no jurisdiccional que presta servicios en los
órganos judiciales y el personal colaborador de la Administración de Justicia.
5. La oficina judicial: Unidades procesales de apoyo directo y servicios comunes
procesales.
6. El sistema jurisdiccional de la Unión Europea: Tribunales, competencias,
procedimientos y asuntos que se pueden plantear. Otros Tribunales internacionales.
7. La protección de los derechos fundamentales en España y en Europa: el amparo
judicial y el amparo constitucional. La protección de los derechos humanos en el Consejo
de Europa, especial referencia al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
8. El proceso: clases de procesos. Principios del proceso y del procedimiento en
cada orden jurisdiccional. Estructura procedimental.

cve: BOE-A-2023-13586
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Núm. 135