II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-13498)
Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Universidad de Alicante, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134
Martes 6 de junio de 2023
Sec. II.B. Pág. 80286
2.2.2 Asimismo, podrán presentarse quienes pertenezcan al cuerpo docente
universitario correspondiente o superior y no se encuentren en el caso recogido en el
artículo 65.2 de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril o estén en posesión de la
habilitación conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el
que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a cuerpos de
funcionarios docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso
respectivos.
3.
Presentación telemática de solicitudes
Quienes deseen tomar parte en el proceso de selección presentarán, en el plazo
de veinte días hábiles a partir del día siguiente al de publicación de la presente
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», la correspondiente solicitud que habrá de
ser cumplimentada a través de Sede Electrónica (https://seuelectronica.ua.es), TrámitesSolicitud de plazas de personal docente e investigador o accediendo a la siguiente
dirección:
https://cvnet.cpd.ua.es/eadmua/Tramites/IniciarTramite?
pCodigoTramite=TRAM_CONTPDILABSOL
En esta misma aplicación habrá de adjuntarse la documentación que se indica en la
base 3.2. Deberá adjuntarse escaneada en formato JPG, PDF, DOC y DOCX. Se
recomienda una resolución de 200 ppp y escaneo en blanco y negro. El tamaño máximo
de toda la documentación a adjuntar no podrá superar los 100 Mb.
Los medios electrónicos que se emplearán en la tramitación de las solicitudes serán
los determinados en la Sede Electrónica. En la «Guía para el solicitante», que se
encuentra disponible en la página web del Servicio de Selección de Personal, Selección
de PDI, puede consultarse toda la información relativa al proceso de presentación de
solicitudes y resto de trámites del proceso.
3.1
Tasa por derechos de participación.
a) Las personas aspirantes con una discapacidad igual o superior al 33 %. Deberán
presentar certificación de la conselleria correspondiente u órganos competentes de otras
administraciones públicas, que acredite discapacitación igual o superior al 33 %.
b) Los miembros de familias numerosas de categoría especial y los miembros de
familias monoparentales de categoría especial (Ley tasas Generalitat de 30 de diciembre
de 2017). Los miembros de familias numerosas de categoría general y los miembros de
familias monoparentales de categoría general disfrutarán de una bonificación del 50 %.
En ambos casos deberán presentar copia del título oficial de familia numerosa o título
oficial de familia monoparental.
c) Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición
mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en el artículo 9.1 y 9.2 de la
Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, integral contra la violencia sobre la
mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
cve: BOE-A-2023-13498
Verificable en https://www.boe.es
De acuerdo con el artículo 7 de la Ley 3/2020, de 30 de diciembre, de la Generalitat,
de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la
Generalitat 2021 (DOGV de 31 de diciembre de 2020), que modifica el artículo 14.4-5 de
la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas (DOGV de 30 de
diciembre de 2017), y el Decreto-ley 19/2022, de 30 de diciembre, del Consell, para la
reducción temporal del importe de las tasas propias y precios públicos de la Generalitat,
el importe de la tasa es de 31,50 euros.
Podrá abonarse directamente desde la aplicación cuando realice la solicitud o
acceder posteriormente desde su expediente de Administración Electrónica.
Estarán exentos del pago de la tasa:
Núm. 134
Martes 6 de junio de 2023
Sec. II.B. Pág. 80286
2.2.2 Asimismo, podrán presentarse quienes pertenezcan al cuerpo docente
universitario correspondiente o superior y no se encuentren en el caso recogido en el
artículo 65.2 de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril o estén en posesión de la
habilitación conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el
que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a cuerpos de
funcionarios docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso
respectivos.
3.
Presentación telemática de solicitudes
Quienes deseen tomar parte en el proceso de selección presentarán, en el plazo
de veinte días hábiles a partir del día siguiente al de publicación de la presente
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», la correspondiente solicitud que habrá de
ser cumplimentada a través de Sede Electrónica (https://seuelectronica.ua.es), TrámitesSolicitud de plazas de personal docente e investigador o accediendo a la siguiente
dirección:
https://cvnet.cpd.ua.es/eadmua/Tramites/IniciarTramite?
pCodigoTramite=TRAM_CONTPDILABSOL
En esta misma aplicación habrá de adjuntarse la documentación que se indica en la
base 3.2. Deberá adjuntarse escaneada en formato JPG, PDF, DOC y DOCX. Se
recomienda una resolución de 200 ppp y escaneo en blanco y negro. El tamaño máximo
de toda la documentación a adjuntar no podrá superar los 100 Mb.
Los medios electrónicos que se emplearán en la tramitación de las solicitudes serán
los determinados en la Sede Electrónica. En la «Guía para el solicitante», que se
encuentra disponible en la página web del Servicio de Selección de Personal, Selección
de PDI, puede consultarse toda la información relativa al proceso de presentación de
solicitudes y resto de trámites del proceso.
3.1
Tasa por derechos de participación.
a) Las personas aspirantes con una discapacidad igual o superior al 33 %. Deberán
presentar certificación de la conselleria correspondiente u órganos competentes de otras
administraciones públicas, que acredite discapacitación igual o superior al 33 %.
b) Los miembros de familias numerosas de categoría especial y los miembros de
familias monoparentales de categoría especial (Ley tasas Generalitat de 30 de diciembre
de 2017). Los miembros de familias numerosas de categoría general y los miembros de
familias monoparentales de categoría general disfrutarán de una bonificación del 50 %.
En ambos casos deberán presentar copia del título oficial de familia numerosa o título
oficial de familia monoparental.
c) Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición
mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en el artículo 9.1 y 9.2 de la
Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, integral contra la violencia sobre la
mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
cve: BOE-A-2023-13498
Verificable en https://www.boe.es
De acuerdo con el artículo 7 de la Ley 3/2020, de 30 de diciembre, de la Generalitat,
de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la
Generalitat 2021 (DOGV de 31 de diciembre de 2020), que modifica el artículo 14.4-5 de
la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas (DOGV de 30 de
diciembre de 2017), y el Decreto-ley 19/2022, de 30 de diciembre, del Consell, para la
reducción temporal del importe de las tasas propias y precios públicos de la Generalitat,
el importe de la tasa es de 31,50 euros.
Podrá abonarse directamente desde la aplicación cuando realice la solicitud o
acceder posteriormente desde su expediente de Administración Electrónica.
Estarán exentos del pago de la tasa: