III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Política de empleo. (BOE-A-2023-13520)
Resolución de 29 de mayo de 2023, de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de mayo de 2023, por el que se aprueba el Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 80529
iii) Al menos una parte del servicio o programa se ejecutará durante el
ejercicio 2023.
iv) Relevancia: dar respuesta a problemas del mercado laboral previamente
diagnosticados e identificados adecuadamente.
v) Pertinencia: estar dotados de los elementos que permitan valorar metas, fines y
resultados con claridad y concreción.
vi) Coherencia interna: tener consistencia con el resto de elementos (ejes, objetivos
estratégicos, objetivos estructurales) que integran el Plan 2023.
Con el fin de recoger de forma sistematizada y homogénea los servicios y programas
de políticas activas de empleo e intermediación laboral a incluir en el mismo, tanto las
comunidades autónomas como el Servicio Público de Empleo Estatal, en sus respectivos
ámbitos de competencia, han proporcionado para su análisis y consideración, la relación
y descripción de cada uno de los servicios y programas que se prevé realizar durante el
ejercicio 2023, y cuya inclusión final ha dado lugar a los servicios y programas de este
Plan 2023.
Para cada uno de los servicios y programas incluidos en este Plan 2023, en la
descripción se ha recogido la información necesaria para conocer en qué consiste su
instrumentalización, incidencia y los costes que se financian, así como la fuente de
financiación, ya sea por financiación propia, por fondos estatales distribuidos a las
comunidades autónomas de acuerdo con los criterios objetivos acordados por la
Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, por financiación mixta o por otras
fuentes de financiación.
En un contexto de colaboración entre los Servicios Públicos de Empleo, las
comunidades autónomas han podido optar por realizar actuaciones de programas y
servicios propios, con cargo a los fondos distribuidos por el Servicio Público de Empleo
Estatal en la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
Por otro lado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 62 de la Ley 3/2023 de
Empleo, el Plan 2023 recoge también la información correspondiente a los servicios y
programas de políticas activas de empleo e intermediación laboral que las comunidades
autónomas prevean realizar con recursos económicos propios.
Además, hay que señalar que en el Plan 2023, también contiene los servicios y
programas de políticas activas de empleo que desarrollará el Servicio Público de Empleo
Estatal dentro de su ámbito de gestión, en el que se incluyen tanto los servicios y
programas en territorio no transferido (Ceuta y Melilla), como los gestionados con cargo
a la reserva de gestión establecida en los artículos 22.h) y 62.5 de la Ley 3/2023 de
Empleo, como los programas que no son objeto de traspaso a las comunidades
autónomas, como son el Programa de Fomento de Empleo Agrario, los incentivos de
fomento de empleo mediante bonificaciones a la contratación y la formación programada
por las empresas.
En la selección de servicios y programas por parte de los distintos agentes que
conforman el Sistema Nacional de Empleo se han tomado en consideración los
siguientes principios:
I. Priorizar los servicios y programas de los servicios públicos de empleo para que
se adecuen a los nuevos objetivos del contexto laboral para el ejercicio 2023.
II. Focalizar los esfuerzos en aquellos colectivos en los que las medidas
establecidas resulten de mayor eficiencia y eficacia.
III. Flexibilizar los instrumentos operativos de los servicios públicos de empleo para
que puedan actuar de forma ágil e inmediata ante los cambios del mercado de trabajo.
6. Servicios y programas de políticas de activación para el empleo
Los servicios y programas de políticas de activación para el empleo incluidos en este
Plan 2023 son aquellos que no se financian con cargo al Mecanismo para la Recuperación y
cve: BOE-A-2023-13520
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 134
Martes 6 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 80529
iii) Al menos una parte del servicio o programa se ejecutará durante el
ejercicio 2023.
iv) Relevancia: dar respuesta a problemas del mercado laboral previamente
diagnosticados e identificados adecuadamente.
v) Pertinencia: estar dotados de los elementos que permitan valorar metas, fines y
resultados con claridad y concreción.
vi) Coherencia interna: tener consistencia con el resto de elementos (ejes, objetivos
estratégicos, objetivos estructurales) que integran el Plan 2023.
Con el fin de recoger de forma sistematizada y homogénea los servicios y programas
de políticas activas de empleo e intermediación laboral a incluir en el mismo, tanto las
comunidades autónomas como el Servicio Público de Empleo Estatal, en sus respectivos
ámbitos de competencia, han proporcionado para su análisis y consideración, la relación
y descripción de cada uno de los servicios y programas que se prevé realizar durante el
ejercicio 2023, y cuya inclusión final ha dado lugar a los servicios y programas de este
Plan 2023.
Para cada uno de los servicios y programas incluidos en este Plan 2023, en la
descripción se ha recogido la información necesaria para conocer en qué consiste su
instrumentalización, incidencia y los costes que se financian, así como la fuente de
financiación, ya sea por financiación propia, por fondos estatales distribuidos a las
comunidades autónomas de acuerdo con los criterios objetivos acordados por la
Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, por financiación mixta o por otras
fuentes de financiación.
En un contexto de colaboración entre los Servicios Públicos de Empleo, las
comunidades autónomas han podido optar por realizar actuaciones de programas y
servicios propios, con cargo a los fondos distribuidos por el Servicio Público de Empleo
Estatal en la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
Por otro lado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 62 de la Ley 3/2023 de
Empleo, el Plan 2023 recoge también la información correspondiente a los servicios y
programas de políticas activas de empleo e intermediación laboral que las comunidades
autónomas prevean realizar con recursos económicos propios.
Además, hay que señalar que en el Plan 2023, también contiene los servicios y
programas de políticas activas de empleo que desarrollará el Servicio Público de Empleo
Estatal dentro de su ámbito de gestión, en el que se incluyen tanto los servicios y
programas en territorio no transferido (Ceuta y Melilla), como los gestionados con cargo
a la reserva de gestión establecida en los artículos 22.h) y 62.5 de la Ley 3/2023 de
Empleo, como los programas que no son objeto de traspaso a las comunidades
autónomas, como son el Programa de Fomento de Empleo Agrario, los incentivos de
fomento de empleo mediante bonificaciones a la contratación y la formación programada
por las empresas.
En la selección de servicios y programas por parte de los distintos agentes que
conforman el Sistema Nacional de Empleo se han tomado en consideración los
siguientes principios:
I. Priorizar los servicios y programas de los servicios públicos de empleo para que
se adecuen a los nuevos objetivos del contexto laboral para el ejercicio 2023.
II. Focalizar los esfuerzos en aquellos colectivos en los que las medidas
establecidas resulten de mayor eficiencia y eficacia.
III. Flexibilizar los instrumentos operativos de los servicios públicos de empleo para
que puedan actuar de forma ágil e inmediata ante los cambios del mercado de trabajo.
6. Servicios y programas de políticas de activación para el empleo
Los servicios y programas de políticas de activación para el empleo incluidos en este
Plan 2023 son aquellos que no se financian con cargo al Mecanismo para la Recuperación y
cve: BOE-A-2023-13520
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 134