III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Personas en situación de dependencia. (BOE-A-2023-13527)
Resolución de 22 de mayo de 2023, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, para el Marco de Cooperación Interadministrativa y criterios de reparto de créditos de la Administración General del Estado para la financiación durante 2023 del nivel acordado, previsto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134

Martes 6 de junio de 2023

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convenios, podrán ser anuales o plurianuales y recogerán los criterios de reparto que
podrán ser revisados por las partes.
Así mismo, la Disposición adicional segunda de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre,
establece el régimen aplicable a los sistemas de Concierto y Convenio de forma que la
financiación que corresponda a la Administración General del Estado (AGE) con cargo a
su presupuesto, respecto a los servicios y prestaciones del Sistema en la Comunidad
Autónoma del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra, según lo previsto en el
precitado artículo 32, se tendrá en cuenta en el cálculo del cupo vasco y de la aportación
navarra, de conformidad con el Concierto Económico entre el Estado y la Comunidad del
País Vasco y con el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de
Navarra, respectivamente.
Segundo.
El Consejo Territorial de Servicios Sociales y del SAAD aprobó en su reunión de 15
de enero de 2021 el «Plan de Choque en materia de dependencia» que contenía, entre
otras medidas, la recuperación de financiación del Sistema a través del denominado
«nivel acordado», que se encontraba en suspenso desde el ejercicio 2012.
Así, para el ejercicio 2021, el Consejo de Ministros adoptó el 30 de marzo de 2021 el
Acuerdo de autorización relativo al Marco de Cooperación Interadministrativa y la
distribución territorial de sus créditos. Este Marco fue posteriormente aprobado el 30 de
abril de 2021 por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del SAAD,
materializándose los compromisos y la financiación en los correspondientes convenios
que se suscribieron para aquel ejercicio.
De la misma forma, para el ejercicio 2022, el Consejo de Ministros, en sesión de 19
de julio de 2022, adoptó nuevo Acuerdo relativo al Marco de Cooperación
Interadministrativa del SAAD que fue aprobado en sus términos por el Consejo Territorial
de Servicios Sociales y del SAAD en su sesión de 28 de julio de 2022.
La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2023, incorpora en su disposición adicional nonagésima octava:
«Durante 2023 se procede al establecimiento del nivel acordado entre la
Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas de financiación del
Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, el cual tendrá una dotación
de 783.197.420 euros que será distribuido a cada Comunidad Autónoma de acuerdo con
los criterios de reparto que se establezcan en el correspondiente Marco de Cooperación
Interadministrativa.»

«(…)
Con carácter previo a la celebración de la convocatoria de la Conferencia Sectorial,
deberá recabarse, en todo caso, autorización del Consejo de Ministros. Con esta
finalidad, la persona titular del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, previo
informe del Ministerio de Hacienda y Función Pública, elevará la oportuna propuesta al
Consejo de Ministros. La citada autorización no conllevará la aprobación del gasto.»
Además de las prescripciones concretas recogidas en la Ley de Dependencia, para
la aprobación del Marco de Cooperación Interadministrativa debe tenerse presente lo
dispuesto en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y más
concretamente en el literal a) de la regla segunda de su artículo 86.2, donde se dispone
que:
«Los criterios objetivos que sirvan de base para la distribución territorial de los
créditos presupuestarios, así como su distribución se fijarán por la Conferencia Sectorial
correspondiente al comienzo del ejercicio económico.

cve: BOE-A-2023-13527
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La disposición adicional nonagésima novena, por su parte establece que: