III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Ayudas. (BOE-A-2023-13518)
Resolución de 1 de junio de 2023, de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, por la que se aprueba la convocatoria para la selección de operaciones, en el marco de programas estatales y del tramo estatal de la prioridad Región Ultraperiférica, que se cofinanciarán con el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).
37 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134
Martes 6 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 80461
Por otro lado, el artículo 72 del Reglamento (UE) 2021/1060 encomienda a la
Autoridad de Gestión de los programas la selección de las operaciones que hayan de
recibir ayuda de los fondos y, en el apartado 1 del artículo 73, se señala que dicha
Autoridad de Gestión deberá establecer y aplicar procedimientos y criterios de selección
de operaciones que sean transparentes y no discriminatorios, garanticen la accesibilidad
a las personas con discapacidad, garanticen la igualdad de género y tengan en cuenta la
Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, el principio de desarrollo
sostenible y la política de la Unión en materia de medio ambiente de conformidad con el
artículo 11 y el artículo 191, apartado 1, del TFUE. Los criterios y procedimientos
garantizarán que las operaciones que se seleccionen se prioricen con vistas a maximizar
la contribución de la financiación de la Unión al logro de los objetivos del programa.
Con arreglo a la letra b) del artículo 2.3 del Real Decreto 499/2020, de 28 de abril,
por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y
Economía Social, corresponde a la Unidad Administradora del Fondo Social Europeo la
gestión, seguimiento y certificación de las actividades que se financien con cargo a los
recursos del Fondo Social Europeo así como cualesquiera otras funciones que, según la
normativa de la Unión Europea, correspondan a la Autoridad de Gestión y a la Autoridad
de Certificación, o autoridades asimilables.
En virtud de todo lo anterior, la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social,
de la que depende la Unidad Administradora del Fondo Social Europeo, aprueba
mediante la presente Resolución la convocatoria de selección de operaciones que se
desarrollarán por entidades sin ánimo de lucro y se cofinanciarán con el FSE+ en el
marco de los cuatro programas citados.
Artículo 1. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto seleccionar, en régimen de concurrencia
competitiva, operaciones que recibirán cofinanciación del FSE+, en el marco del cuarto
objetivo político de la Política de cohesión de la Unión Europea en el período 2021-2027:
Una Europa más social e inclusiva, para la Prioridad 1: Empleo, adaptabilidad,
emprendimiento y economía social, del Programa de Empleo Juvenil y del Programa de
Empleo, Educación, Formación y Economía Social; la Prioridad 2: Inclusión social y
lucha contra la pobreza, del Programa de Inclusión Social, Garantía Infantil y Lucha
contra la Pobreza; y la Prioridad 8: Empleo, Inclusión Social y Educación, para la parte
RUP del Programa de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Artículo 2.
Régimen jurídico.
a. Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de
junio de 2021 por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo
Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al
Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así
como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e
Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la
Gestión de Fronteras y la Política de Visados(en adelante, Reglamento (UE) 2021/1060)
b. Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de
junio de 2021 por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que
se deroga el Reglamento (UE) 1296/2013 (en adelante, Reglamento (UE) 2021/1057)
c. Con carácter supletorio, los procedimientos de concesión y de control de las
subvenciones regulados en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones y su Reglamento aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
cve: BOE-A-2023-13518
Verificable en https://www.boe.es
Las operaciones seleccionadas al amparo de la presente resolución se regirán por lo
dispuesto en la siguiente normativa y en aquella que la desarrolle:
Núm. 134
Martes 6 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 80461
Por otro lado, el artículo 72 del Reglamento (UE) 2021/1060 encomienda a la
Autoridad de Gestión de los programas la selección de las operaciones que hayan de
recibir ayuda de los fondos y, en el apartado 1 del artículo 73, se señala que dicha
Autoridad de Gestión deberá establecer y aplicar procedimientos y criterios de selección
de operaciones que sean transparentes y no discriminatorios, garanticen la accesibilidad
a las personas con discapacidad, garanticen la igualdad de género y tengan en cuenta la
Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, el principio de desarrollo
sostenible y la política de la Unión en materia de medio ambiente de conformidad con el
artículo 11 y el artículo 191, apartado 1, del TFUE. Los criterios y procedimientos
garantizarán que las operaciones que se seleccionen se prioricen con vistas a maximizar
la contribución de la financiación de la Unión al logro de los objetivos del programa.
Con arreglo a la letra b) del artículo 2.3 del Real Decreto 499/2020, de 28 de abril,
por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y
Economía Social, corresponde a la Unidad Administradora del Fondo Social Europeo la
gestión, seguimiento y certificación de las actividades que se financien con cargo a los
recursos del Fondo Social Europeo así como cualesquiera otras funciones que, según la
normativa de la Unión Europea, correspondan a la Autoridad de Gestión y a la Autoridad
de Certificación, o autoridades asimilables.
En virtud de todo lo anterior, la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social,
de la que depende la Unidad Administradora del Fondo Social Europeo, aprueba
mediante la presente Resolución la convocatoria de selección de operaciones que se
desarrollarán por entidades sin ánimo de lucro y se cofinanciarán con el FSE+ en el
marco de los cuatro programas citados.
Artículo 1. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto seleccionar, en régimen de concurrencia
competitiva, operaciones que recibirán cofinanciación del FSE+, en el marco del cuarto
objetivo político de la Política de cohesión de la Unión Europea en el período 2021-2027:
Una Europa más social e inclusiva, para la Prioridad 1: Empleo, adaptabilidad,
emprendimiento y economía social, del Programa de Empleo Juvenil y del Programa de
Empleo, Educación, Formación y Economía Social; la Prioridad 2: Inclusión social y
lucha contra la pobreza, del Programa de Inclusión Social, Garantía Infantil y Lucha
contra la Pobreza; y la Prioridad 8: Empleo, Inclusión Social y Educación, para la parte
RUP del Programa de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Artículo 2.
Régimen jurídico.
a. Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de
junio de 2021 por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo
Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al
Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así
como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e
Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la
Gestión de Fronteras y la Política de Visados(en adelante, Reglamento (UE) 2021/1060)
b. Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de
junio de 2021 por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que
se deroga el Reglamento (UE) 1296/2013 (en adelante, Reglamento (UE) 2021/1057)
c. Con carácter supletorio, los procedimientos de concesión y de control de las
subvenciones regulados en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones y su Reglamento aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
cve: BOE-A-2023-13518
Verificable en https://www.boe.es
Las operaciones seleccionadas al amparo de la presente resolución se regirán por lo
dispuesto en la siguiente normativa y en aquella que la desarrolle: