III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Ayudas. (BOE-A-2023-13518)
Resolución de 1 de junio de 2023, de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, por la que se aprueba la convocatoria para la selección de operaciones, en el marco de programas estatales y del tramo estatal de la prioridad Región Ultraperiférica, que se cofinanciarán con el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 80478

Criterio 10. La operación no ha concluido materialmente ni se ha ejecutado
íntegramente antes de que se presente la solicitud de financiación, con independencia
de que se hayan efectuado todos los pagos relacionados.
Criterio 11. La operación seleccionada debe circunscribirse al ámbito del FSE+ y al
tipo de intervención que corresponda.
Criterio 12. La operación no incluye actividades que formen parte de una operación
sujeta a reubicación de conformidad con el artículo 66 o que constituyan una
transferencia de una actividad productiva de conformidad con el artículo 65, apartado 1,
letra a), del Reglamento (UE) 2021/1060.
Criterio 13. La operación no se ve directamente afectada por un dictamen motivado
de la Comisión en relación con un incumplimiento en virtud del artículo 258 del TFUE
que ponga en riesgo la legalidad y regularidad del gasto o su ejecución.
Criterio 14. La operación es coherente con la Carta de los Derechos
Fundamentales de la Unión Europea, en particular los referidos al derecho a la tutela
judicial efectiva y a un juez imparcial, protección de datos de carácter personal, derechos
del niño, integración de personas con discapacidad, protección del medioambiente,
diversidad lingüística, seguridad en el trabajo, libertad de expresión e información,
libertad de reunión y de asociación, derecho a la educación, libertad de empresa,
derecho a la propiedad, protección en caso de devolución, expulsión y extradición y
respeto a la vida privada y familiar; la Convención de las Naciones Unidas sobre los
Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) de conformidad con la
Decisión 2010/48/CE del Consejo, la normativa sobre contratación pública y sobre
ayudas de estado.
Criterio 15. Se deberá presentar el plan financiero de la operación. Deberá
describirse el método de simplificación a utilizar, a tenor de lo dispuesto en el
artículo 53.2 del Reglamento (UE) 2021/1060
Criterio 16. Respeto del principio de igualdad entre mujeres y hombres, conforme a
lo establecido en el en el artículo 9.2 del Reglamento (UE) 2021/1060 y los artículos 3
y 6 del Reglamento (UE) 2021/1057.
Criterio 17. Respeto de los principios de igualdad de oportunidades y no
discriminación, conforme a lo establecido en el artículo 9.3 del Reglamento (UE)
2021/1060 y los artículos 6 y 28 del Reglamento (UE) 2021/1057.
Criterio 18. Respeto del principio de accesibilidad, conforme a lo establecido en el
artículo 9 del Reglamento (UE) 2021/1060 y el artículo 6 del Reglamento (UE)
2021/1057.
Criterio 19. Respeto al principio de desarrollo sostenible, conforme a lo establecido
en el artículo 9 y 73 del Reglamento (UE) 2021/1060 y en el artículo 6 del Reglamento
(UE) 2021/1057.
Criterio 20. Corresponde al período de elegibilidad, esto es, del 1 de enero de 2021
al 31 de diciembre de 2029.
ANEXO II
Criterios de evaluación de las solicitudes de financiación
Una vez validadas las solicitudes de financiación, se procederá a verificar el
cumplimiento de cada uno de los Criterios de Selección de Operaciones (CSO)
obligatorios.
Las solicitudes de financiación que no cumplieran con alguno de los Criterios de
Selección de Operaciones obligatorios serán consideradas denegadas. La denegación
se comunicará mediante resolución motivada a la entidad solicitante.
Solo las solicitudes de financiación que cumplan los CSO obligatorios serán
valoradas conforme a los criterios de evaluación enunciados a continuación. Estos
criterios tienen carácter general. De entre ellos se seleccionarán, desarrollarán y
concretarán aquéllos que sean aplicables al objetivo específico o programa
correspondiente.

cve: BOE-A-2023-13518
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Núm. 134