I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Sequía. (BOE-A-2023-13448)
Ley 9/2023, de 19 de mayo, de medidas extraordinarias y urgentes para afrontar la situación de sequía excepcional en Cataluña.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134
Martes 6 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 80094
necesarios y suficientes para efectuar los gastos e inversiones que la presente ley
establece que deben llevarse a cabo o iniciarse en el ejercicio 2023.
Disposición final tercera.
Entrada en vigor.
La presente ley entra en vigor al día siguiente de su publicación en el «Diari Oficial
de la Generalitat de Catalunya», salvo el régimen sancionador establecido en el
apartado 1.b), d), e) y g) y los apartados 2 y 3 del artículo 29 bis del texto refundido de la
legislación en materia de aguas de Cataluña, aprobado por el Decreto
Legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, que entra en vigor al cabo de un mes de la fecha
de publicación de la orden de convocatoria de la línea de ayudas a que se refiere el
apartado 3 de la disposición adicional primera.
ANEXO 1
Tipologías de actuaciones para ejecutar por el procedimiento de emergencia
1. Mejora de la garantía mediante la intensificación del control del recurso y de la
demanda.
a) Construcción, rehabilitación o mejora de puntos de control, telemandos y
contadores.
b) Mejora o rehabilitación de las instalaciones y equipamientos de la red de control
del sistema integral del ciclo del agua en el territorio (SICAT) de la Agencia Catalana del
Agua.
c) Intensificación de las actividades de intervención administrativa de usos y
vertidos.
d) Intensificación de la operación de sistemas de telecontrol, análisis y previsión.
e) Intensificación del control de la calidad del agua en los embalses de regulación
de redes de abastecimiento.
f) Intensificación del control de la calidad del agua y solución de problemas en ríos
y acuíferos.
g) Caracterización analítica de recursos hídricos susceptibles de ser potabilizados.
Intensificación del control de las captaciones y del régimen de caudales de
mantenimiento mediante aforos.
h) Implantación o mejora de sistemas de control y monitorización de las
captaciones para realizar un mejor seguimiento de la evolución de los niveles
piezométricos y caudales extraídos.
i) Modelos de previsión y mejora de la gestión de los recursos superficiales y
subterráneos.
a) Obras de mejora de la conectividad de las redes de abastecimiento.
b) Obras o actuaciones para mejorar o ampliar la calidad del recurso hídrico o de
los procesos de tratamiento del agua.
c) Obras o actuaciones para obtener o generar un nuevo recurso o mejorar la
disponibilidad del recurso existente, incluida la eliminación de nutrientes.
d) Obras o actuaciones de mejora de la eficiencia de las infraestructuras de regadío
en sistemas de usos compartidos entre abastecimiento y regadío.
e) Obras o actuaciones de reutilización con carácter estratégico que liberan, de
forma significativa, un recurso procedente de sistemas regulados para redes de
abastecimiento.
f) Obras o actuaciones de gestión de sedimentos en los embalses para aumentar
su capacidad de regulación.
g) Obras o actuaciones para el aprovechamiento de los volúmenes de los embalses
por debajo de las cotas de captación existentes.
cve: BOE-A-2023-13448
Verificable en https://www.boe.es
2. Mejora de la garantía del abastecimiento mediante actuaciones infraestructurales.
Núm. 134
Martes 6 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 80094
necesarios y suficientes para efectuar los gastos e inversiones que la presente ley
establece que deben llevarse a cabo o iniciarse en el ejercicio 2023.
Disposición final tercera.
Entrada en vigor.
La presente ley entra en vigor al día siguiente de su publicación en el «Diari Oficial
de la Generalitat de Catalunya», salvo el régimen sancionador establecido en el
apartado 1.b), d), e) y g) y los apartados 2 y 3 del artículo 29 bis del texto refundido de la
legislación en materia de aguas de Cataluña, aprobado por el Decreto
Legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, que entra en vigor al cabo de un mes de la fecha
de publicación de la orden de convocatoria de la línea de ayudas a que se refiere el
apartado 3 de la disposición adicional primera.
ANEXO 1
Tipologías de actuaciones para ejecutar por el procedimiento de emergencia
1. Mejora de la garantía mediante la intensificación del control del recurso y de la
demanda.
a) Construcción, rehabilitación o mejora de puntos de control, telemandos y
contadores.
b) Mejora o rehabilitación de las instalaciones y equipamientos de la red de control
del sistema integral del ciclo del agua en el territorio (SICAT) de la Agencia Catalana del
Agua.
c) Intensificación de las actividades de intervención administrativa de usos y
vertidos.
d) Intensificación de la operación de sistemas de telecontrol, análisis y previsión.
e) Intensificación del control de la calidad del agua en los embalses de regulación
de redes de abastecimiento.
f) Intensificación del control de la calidad del agua y solución de problemas en ríos
y acuíferos.
g) Caracterización analítica de recursos hídricos susceptibles de ser potabilizados.
Intensificación del control de las captaciones y del régimen de caudales de
mantenimiento mediante aforos.
h) Implantación o mejora de sistemas de control y monitorización de las
captaciones para realizar un mejor seguimiento de la evolución de los niveles
piezométricos y caudales extraídos.
i) Modelos de previsión y mejora de la gestión de los recursos superficiales y
subterráneos.
a) Obras de mejora de la conectividad de las redes de abastecimiento.
b) Obras o actuaciones para mejorar o ampliar la calidad del recurso hídrico o de
los procesos de tratamiento del agua.
c) Obras o actuaciones para obtener o generar un nuevo recurso o mejorar la
disponibilidad del recurso existente, incluida la eliminación de nutrientes.
d) Obras o actuaciones de mejora de la eficiencia de las infraestructuras de regadío
en sistemas de usos compartidos entre abastecimiento y regadío.
e) Obras o actuaciones de reutilización con carácter estratégico que liberan, de
forma significativa, un recurso procedente de sistemas regulados para redes de
abastecimiento.
f) Obras o actuaciones de gestión de sedimentos en los embalses para aumentar
su capacidad de regulación.
g) Obras o actuaciones para el aprovechamiento de los volúmenes de los embalses
por debajo de las cotas de captación existentes.
cve: BOE-A-2023-13448
Verificable en https://www.boe.es
2. Mejora de la garantía del abastecimiento mediante actuaciones infraestructurales.