I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Empleo público. (BOE-A-2023-13447)
Ley 8/2023, de 12 de mayo, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad, de fomento de la promoción interna y de agilización de la cobertura de puestos de trabajo con funcionarios de carrera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 134

Martes 6 de junio de 2023

Sec. I. Pág. 80083

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
13447

Ley 8/2023, de 12 de mayo, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad, de fomento de la promoción interna y de agilización de la
cobertura de puestos de trabajo con funcionarios de carrera.
EL PRESIDENT DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA

Los artículos 65 y 67 del Estatuto prevén que las leyes de Cataluña son
promulgadas, en nombre del rey, por el presidente o presidenta de la Generalitat. De
acuerdo con lo anterior promulgo la siguiente ley:

El marco normativo derivado de la Ley del Estado 20/2021, de 28 de diciembre, de
medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y del Real
decreto ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la
garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo,
evidencia la necesidad de aplicar medidas adicionales para cumplir estos mandamientos.
La elevada tasa de temporalidad no es sostenible cuando se vuelve estructural. La
necesidad de dar respuestas a este problema, por un lado, se ha manifestado en la
jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea al aplicar la
Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio, relativa al Acuerdo marco de la CES,
la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada, y, por otra parte, se ha
consignado en el componente 11 del Plan de recuperación, transformación y resiliencia,
sobre la reforma relativa a la reducción de la temporalidad en el empleo público.
En el ámbito de la Administración de la Generalitat ya se han adoptado medidas para
aplicar los preceptos de la Ley del Estado 20/2021. En primer lugar, se ha aprobado el
Acuerdo GOV/105/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo
público de estabilización de empleo temporal de la Generalitat de Catalunya, en el marco
de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público. En segundo lugar, se ha publicado la Resolución
PRE/1820/2022, de 9 de junio, de convocatoria de los procesos de estabilización,
mediante el sistema selectivo excepcional de concurso de méritos, en relación con los
cuerpos, escalas o especialidades de personal funcionario de la Administración de la
Generalitat de Catalunya competencia de la Dirección General de Función Pública (núm.
de registro de la convocatoria 300), así como la Resolución PRE/1821/2022, de 9 de
junio, de convocatoria de los procesos de estabilización, mediante el sistema selectivo
excepcional de concurso de méritos, en relación con las categorías profesionales de
personal laboral de la Administración de la Generalitat de Catalunya competencia de la
Dirección General de Función Pública (núm. de registro de la convocatoria 400).
Asimismo, se han llegado a formalizar acuerdos con la representación sindical para la
convocatoria del concurso oposición de estabilización a que se refiere el artículo 2 de la
Ley del Estado 20/2021.
Para cumplir el objetivo de reducir la temporalidad en el empleo público en la
Generalitat y situar la tasa de temporalidad estructural por debajo del 8 %, es procedente
seguir adoptando medidas urgentes para resolver esta situación e incorporar otras
medidas para fomentar la promoción interna y agilizar la cobertura de puestos de trabajo
con funcionarios de carrera.
Con este objetivo común de reducción de la temporalidad y de fomento de la
promoción interna, la Administración de la Generalitat y las organizaciones sindicales

cve: BOE-A-2023-13447
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PREÁMBULO