III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-13431)
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Libienergy Green, SL, autorización administrativa previa para la planta solar FV Libienergy Morata, de 59,99 MW de potencia pico y 54,6 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en Villarrubia de Santiago (Toledo).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133
Lunes 5 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 79832
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Libienergy Green, SL, autorización
administrativa previa para la planta solar FV Libienergy Morata, de 59,99 MW
de potencia pico y 54,6 MW de potencia instalada y su infraestructura de
evacuación, en Villarrubia de Santiago (Toledo).
Libienergy Green, SL (en adelante el promotor) solicitó, con fecha 3 de diciembre
de 2020, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica FV Libienergy
Morata de 59,99 MW de potencia pico y 54,6 MW de potencia instalada, y las líneas
eléctricas a 30 kV, en el término municipal de Villarrubia de Santiago, en la provincia de
Toledo. Asimismo, solicitó autorización administrativa previa para la infraestructura de
evacuación común a otras plantas, hasta la subestación Morata 220 kV, propiedad de
Red Eléctrica de España, SAU, en la provincia de Madrid.
Con fecha 16 de septiembre de 2021, subsanada posteriormente, el promotor,
solicitó autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción
para la modificación del proyecto de la instalación fotovoltaica FV Libienergy Morata y su
infraestructura de evacuación.
Con fecha 8 de octubre de 2021, el promotor desistió de la tramitación de la
infraestructura de evacuación común, tramitándose dicha infraestructura en el parque
fotovoltaico Morata I (SGEE/PFot-292).
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Toledo y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 22 de marzo de 2022 en el
«Boletín Oficial del Estado» y el 25 de marzo de 2022 en el «Boletín Oficial de la
Provincia de Toledo», no habiéndose recibido alegaciones.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de Enagás
Transporte, SAU, de la Dirección General de Desarrollo Rural de la Junta de Castilla-La
Mancha, de Infraestructuras del Agua de la Junta de Castilla-La Mancha y de la
Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla-La Mancha. Se ha dado traslado al
promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de Telefónica, SAU, de la Dirección General de
Planificación Territorial y Urbanismo de la Junta de Castilla-La Mancha, del Administrador
de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) y de la Dirección General de Transición
Energética de la Junta de Castilla-La Mancha, en las que se establecen condicionados
técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por
la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus
competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
cve: BOE-A-2023-13431
Verificable en https://www.boe.es
13431
Núm. 133
Lunes 5 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 79832
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Libienergy Green, SL, autorización
administrativa previa para la planta solar FV Libienergy Morata, de 59,99 MW
de potencia pico y 54,6 MW de potencia instalada y su infraestructura de
evacuación, en Villarrubia de Santiago (Toledo).
Libienergy Green, SL (en adelante el promotor) solicitó, con fecha 3 de diciembre
de 2020, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica FV Libienergy
Morata de 59,99 MW de potencia pico y 54,6 MW de potencia instalada, y las líneas
eléctricas a 30 kV, en el término municipal de Villarrubia de Santiago, en la provincia de
Toledo. Asimismo, solicitó autorización administrativa previa para la infraestructura de
evacuación común a otras plantas, hasta la subestación Morata 220 kV, propiedad de
Red Eléctrica de España, SAU, en la provincia de Madrid.
Con fecha 16 de septiembre de 2021, subsanada posteriormente, el promotor,
solicitó autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción
para la modificación del proyecto de la instalación fotovoltaica FV Libienergy Morata y su
infraestructura de evacuación.
Con fecha 8 de octubre de 2021, el promotor desistió de la tramitación de la
infraestructura de evacuación común, tramitándose dicha infraestructura en el parque
fotovoltaico Morata I (SGEE/PFot-292).
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Toledo y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 22 de marzo de 2022 en el
«Boletín Oficial del Estado» y el 25 de marzo de 2022 en el «Boletín Oficial de la
Provincia de Toledo», no habiéndose recibido alegaciones.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de Enagás
Transporte, SAU, de la Dirección General de Desarrollo Rural de la Junta de Castilla-La
Mancha, de Infraestructuras del Agua de la Junta de Castilla-La Mancha y de la
Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla-La Mancha. Se ha dado traslado al
promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de Telefónica, SAU, de la Dirección General de
Planificación Territorial y Urbanismo de la Junta de Castilla-La Mancha, del Administrador
de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) y de la Dirección General de Transición
Energética de la Junta de Castilla-La Mancha, en las que se establecen condicionados
técnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por
la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus
competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
cve: BOE-A-2023-13431
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13431