III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-13429)
Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Blue Viking Beatrice, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Pioz RD2 de 22,75 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en Pioz, Villalbilla y Alcalá de Henares (Guadalajara y Madrid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 5 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 79815

Estado de Defensa del Ministerio de Defensa y de la Compañía Logística Hidrocarburos
(CLH - Exolum), donde se muestran condicionantes a la ejecución de las actuaciones a
llevar a cabo por el promotor. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el
cual manifiesta su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de Telefónica de España, S.A. donde se muestran
condicionantes a la ejecución de las actuaciones a llevar a cabo por el promotor, y facilita
una plataforma para obtener la información de las infraestructuras que gestiona y opera
para que puedan identificarse de forma precisa las posibles afecciones. Se ha dado
traslado al promotor de dicha contestación, el cual manifiesta su disconformidad con el
empleo de las herramientas de gestión de la información facilitadas por el organismo, y
solicita al mismo a facilitar la información necesaria a través de otros medios.
Se ha recibido contestación de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA),
donde muestran condicionantes a la ejecución de las actuaciones a llevar a cabo por el
promotor. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, y argumenta que no
existen afecciones a las servidumbres aeronáuticas. No se ha recibido respuesta del
organismo a esta última contestación del promotor, por lo que se entiende la conformidad
del mismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se ha recibido contestación de Red Eléctrica de España, en el que pone de
manifiesto, entre otros condicionados técnicos, que la infraestructura objeto del presente
expediente puede afectar a instalaciones propiedad de Red Eléctrica. En concreto, a las
siguientes infraestructuras: línea a 400 kV D/C Fuentes de la Alcarria-Loeches /
Anchuelo-Trillo, L/E a 400 kV D/C Anchuelo-Trillo / Anchuelo-Loeches, L/E a 220 kV
Loeches-Pte. San Fernando, L/E a 400 kV D/C Loeches-SS.Reyes / Loeches-Morata,
futura línea aérea L/Paso 220 kV a 400 kV SS. Reyes–Loeches y línea a 220 kV D/C
Coslada-Loeches 1 y 2. Se ha dado traslado al promotor, que responde aportando
información sobre las distintas afecciones que se producen, comprometiéndose a
realizar las modificaciones que se requieran en el proyecto de construcción para poder
compatibilizar las mencionadas infraestructuras. No se ha recibido respuesta del
organismo a esta última contestación del promotor, por lo que se entiende la conformidad
del mismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se ha recibido contestación de Administrador de Infraestructuras Ferroviarias-Alta
Velocidad (Adif AV), en el que pone de manifiesto entre otros condicionados técnicos,
que la línea de evacuación a 45 kV SET Pioz RD2-SET Alcalá I tiene un cruzamiento con
el sistema eléctrico ferroviario, concretamente en el PK 39+820 de la LAV MadridBarcelona propiedad de Adif AV, por lo que detalla una serie de requerimientos técnicos
por parte del promotor para validar dicha afección. Entre otras, el mantenimiento de una
altura mínima de separación entre la línea a 45 kV y el sistema eléctrico ferroviario
afectado. Se ha dado traslado al promotor, el cual responde mostrando conformidad a
los condicionantes técnicos y aportando la información requerida. Se ha dado traslado al
organismo de dicha contestación, el cual contesta que el margen de resguardo
establecido en el cruce de ambas infraestructuras resulta insuficiente, por lo que se
requiere una modificación del proyecto para cumplir con dicha especificación técnica. Se
ha dado traslado al promotor que manifiesta conformidad y se compromete a cumplir los
condicionantes técnicos expuestos por el organismo.
Se ha recibido informe del Ayuntamiento Alcalá de Henares, donde pone de
manifiesto que la evacuación de las diversas plantas fotovoltaicas propuestas en la zona
genera afecciones al patrimonio natural, al planeamiento urbanístico y a intereses de
particulares. Se ha dado traslado al promotor, que justifica la conformidad de la
infraestructura propuesta con el planeamiento vigente y las afecciones previsibles. Se ha
dado traslado al organismo de dicha contestación, el cual contesta reiterando la
importancia de evitar los efectos citados y la necesidad de considerar como alternativa
medioambientalmente prioritaria el soterramiento de las líneas de evacuación, en
concreto recomienda que se modifique el trazado de la línea de evacuación para

cve: BOE-A-2023-13429
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Núm. 133