III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-13434)
Resolución de 19 de mayo de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, SLU, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Carina Solar 9, de 49,4 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en Pantoja (Toledo).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 5 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 79863
Oficina Española de Cambio Climático del Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico; Ecologistas en Acción de Toledo, Asociación Ecologista La Avutarda
Dientes de Sable, Grupo de Rehabilitación de la Fauna Autóctona y su Hábitat (GREFA),
y SEO/Birdlife.
Con fechas 27 y 29 de junio de 2022, el promotor presenta modificaciones del
anteproyecto inicial, estudio de impacto ambiental y anexos, de modo que la instalación
fotovoltaica Carina Solar 9 ocupa una superficie de 100,76 ha en lugar de 100,83 ha y
tiene una potencia nominal de 49,4 MW en lugar de 46,709 MW.
El expediente fue nuevamente incoado en el Área de Industria y Energía de la
Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha y en el Área de Industria y Energía de la
Delegación del Gobierno en Madrid y se tramitó de conformidad con lo previsto en el
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9
de diciembre, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas
administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés
general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección
General de Transición Energética de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta
de Comunidades de Castilla-La Mancha y de la Dirección General de Transportes y
Movilidad de la Comunidad de Madrid. Se ha dado traslado al promotor de dichas
contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de Red Eléctrica de España, SAU, en la que manifiesta
su oposición a las instalaciones fotovoltaicas Carina Solar 9 y 10 por afecciones a la
futura subestación 220/400 kV La Sagra y a las futuras líneas aéreas a 220 kV La SagraL/Añover-Pinto Ayuden y La Sagra-L/Aceca-Los Pradillos, instalaciones incluidas en la
Planificación Energética: «Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía
Eléctrica 2021-2026». Se da traslado al promotor de dicha contestación, que alega que
no debe admitirse el informe de REE por su extemporaneidad, que en el primer trámite
de información pública y consultas del proyecto REE únicamente señaló la posible
afección a instalaciones de su propiedad, sin mayor concreción y que la oposición de
REE se fundamenta en afecciones a una previsión de implantación que no se encuentra
aprobada.
Se han recibido contestaciones de Telefónica de España, SAU; de la Agencia Estatal
de Seguridad Aérea (AESA) del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana;
del Servicio de Medio Rural de la Delegación Provincial en Toledo de la Consejería de
Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha;
de Enagás Transporte, SAU; de Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha; del
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF); de la Sociedad Mercantil Estatal
Aguas de las Cuencas de España, SA (ACUAES); de la Dirección General de Carreteras
y Transportes de la Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha; del Área de Cooperación e Infraestructuras del Servicio de Infraestructura Viaria
y Urbana de la Diputación de Toledo; de la Dirección General de Planificación y
Evaluación de la Red Ferroviaria del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana; de la Confederación Hidrográfica del Tajo, O.A.; de Madrileña Red de Gas, SA;
de Canal Isabel II, SA; del Área de Planificación de la Dirección General de Carreteras
de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid y de la
Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Defensa, en las que se establecen
condicionados por afecciones a instalaciones o terrenos de su propiedad, la obligación
de cumplir con todas las normativas aplicables y/o proporcionar documentación adicional
y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por la
ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus
competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
Preguntados el Ayuntamiento de Pantoja la Demarcación de Carreteras del Estado
en Castilla-La Mancha y la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid de la
Dirección General de Carreteras del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda; el
cve: BOE-A-2023-13434
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 133
Lunes 5 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 79863
Oficina Española de Cambio Climático del Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico; Ecologistas en Acción de Toledo, Asociación Ecologista La Avutarda
Dientes de Sable, Grupo de Rehabilitación de la Fauna Autóctona y su Hábitat (GREFA),
y SEO/Birdlife.
Con fechas 27 y 29 de junio de 2022, el promotor presenta modificaciones del
anteproyecto inicial, estudio de impacto ambiental y anexos, de modo que la instalación
fotovoltaica Carina Solar 9 ocupa una superficie de 100,76 ha en lugar de 100,83 ha y
tiene una potencia nominal de 49,4 MW en lugar de 46,709 MW.
El expediente fue nuevamente incoado en el Área de Industria y Energía de la
Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha y en el Área de Industria y Energía de la
Delegación del Gobierno en Madrid y se tramitó de conformidad con lo previsto en el
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9
de diciembre, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas
administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés
general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección
General de Transición Energética de la Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta
de Comunidades de Castilla-La Mancha y de la Dirección General de Transportes y
Movilidad de la Comunidad de Madrid. Se ha dado traslado al promotor de dichas
contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de Red Eléctrica de España, SAU, en la que manifiesta
su oposición a las instalaciones fotovoltaicas Carina Solar 9 y 10 por afecciones a la
futura subestación 220/400 kV La Sagra y a las futuras líneas aéreas a 220 kV La SagraL/Añover-Pinto Ayuden y La Sagra-L/Aceca-Los Pradillos, instalaciones incluidas en la
Planificación Energética: «Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía
Eléctrica 2021-2026». Se da traslado al promotor de dicha contestación, que alega que
no debe admitirse el informe de REE por su extemporaneidad, que en el primer trámite
de información pública y consultas del proyecto REE únicamente señaló la posible
afección a instalaciones de su propiedad, sin mayor concreción y que la oposición de
REE se fundamenta en afecciones a una previsión de implantación que no se encuentra
aprobada.
Se han recibido contestaciones de Telefónica de España, SAU; de la Agencia Estatal
de Seguridad Aérea (AESA) del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana;
del Servicio de Medio Rural de la Delegación Provincial en Toledo de la Consejería de
Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha;
de Enagás Transporte, SAU; de Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha; del
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF); de la Sociedad Mercantil Estatal
Aguas de las Cuencas de España, SA (ACUAES); de la Dirección General de Carreteras
y Transportes de la Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha; del Área de Cooperación e Infraestructuras del Servicio de Infraestructura Viaria
y Urbana de la Diputación de Toledo; de la Dirección General de Planificación y
Evaluación de la Red Ferroviaria del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana; de la Confederación Hidrográfica del Tajo, O.A.; de Madrileña Red de Gas, SA;
de Canal Isabel II, SA; del Área de Planificación de la Dirección General de Carreteras
de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid y de la
Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Defensa, en las que se establecen
condicionados por afecciones a instalaciones o terrenos de su propiedad, la obligación
de cumplir con todas las normativas aplicables y/o proporcionar documentación adicional
y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por la
ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus
competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual
expresa su conformidad con las mismas.
Preguntados el Ayuntamiento de Pantoja la Demarcación de Carreteras del Estado
en Castilla-La Mancha y la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid de la
Dirección General de Carreteras del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda; el
cve: BOE-A-2023-13434
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 133