III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-13433)
Resolución de 12 de mayo de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Khons Sun Power, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Tagus 1 de 250 MW de potencia pico y 197 MW de potencia instalada y su infraestructura de evacuación, en Ocaña y Ontígola (Toledo).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133
Lunes 5 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 79850
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 12 de mayo de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Khons Sun Power, SL,
autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Tagus 1 de
250 MW de potencia pico y 197 MW de potencia instalada y su infraestructura
de evacuación, en Ocaña y Ontígola (Toledo).
Khons Sun Power, SL, (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 4 de diciembre
de 2020, subsanada con fecha 5 de enero de 2021, autorización administrativa previa y
declaración de impacto ambiental y con fecha 20 de julio de 2021 autorización
administrativa de construcción de la instalación fotovoltaica Tagus 1 de 250 MW de
potencia pico y 197 MW de potencia instalada y las líneas subterráneas a 33 kV.
El resto de la infraestructura de evacuación de energía eléctrica conjunta está fuera
del alcance de la presente Resolución y conectará la citada planta fotovoltaica con la red
de transporte, en la subestación Arganda 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España,
SAU, en la provincia de Madrid.
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 8 de enero de 2021,
dictó acuerdo de acumulación para la tramitación conjunta relativa a los expedientes de
autorización administrativa previa de las plantas fotovoltaicas Tagus 1 y Tagus 2, así
como sus infraestructuras de evacuación asociadas, en las provincias de Toledo y
Madrid.
El expediente acumulado fue incoado y tramitado íntegramente en el Área de
Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Toledo, incluyendo la
información pública y consultas a organismos afectados y público interesado de las
instalaciones ubicadas en la Comunidad de Madrid y se tramitó de conformidad con lo
previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes
informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o
de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a un primer trámite de información pública, de
conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y
en la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 1 de septiembre
de 2021 en el «Boletín Oficial del Estado», y el 3 de septiembre de 2021 en el «Boletín
Oficial de la Provincia de Toledo», y en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid»,
habiéndose recibido alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Entre las alegaciones recogidas se encuentran las de los promotores de
instalaciones de generación eléctrica PFV Recova Solar (PFot-259 AC), PFV Mauricio
Solar (PFot-262 AC), y PFV Carolina Solar (PFOT-583), debido a conflictos que
consisten en solapamientos y afecciones tanto de la planta como de la línea proyectados
en el presente expediente con los proyectos desarrollados por los promotores
previamente mencionados, entre otras cuestiones. Se dio traslado al promotor, que
responde a las mismas.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección
General de Carreteras y Transportes de la Consejería de Fomento de Castilla-La
Mancha, de la Dirección General de Transición Energética de la Consejería de Desarrollo
cve: BOE-A-2023-13433
Verificable en https://www.boe.es
13433
Núm. 133
Lunes 5 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 79850
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 12 de mayo de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Khons Sun Power, SL,
autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Tagus 1 de
250 MW de potencia pico y 197 MW de potencia instalada y su infraestructura
de evacuación, en Ocaña y Ontígola (Toledo).
Khons Sun Power, SL, (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 4 de diciembre
de 2020, subsanada con fecha 5 de enero de 2021, autorización administrativa previa y
declaración de impacto ambiental y con fecha 20 de julio de 2021 autorización
administrativa de construcción de la instalación fotovoltaica Tagus 1 de 250 MW de
potencia pico y 197 MW de potencia instalada y las líneas subterráneas a 33 kV.
El resto de la infraestructura de evacuación de energía eléctrica conjunta está fuera
del alcance de la presente Resolución y conectará la citada planta fotovoltaica con la red
de transporte, en la subestación Arganda 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España,
SAU, en la provincia de Madrid.
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 8 de enero de 2021,
dictó acuerdo de acumulación para la tramitación conjunta relativa a los expedientes de
autorización administrativa previa de las plantas fotovoltaicas Tagus 1 y Tagus 2, así
como sus infraestructuras de evacuación asociadas, en las provincias de Toledo y
Madrid.
El expediente acumulado fue incoado y tramitado íntegramente en el Área de
Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Toledo, incluyendo la
información pública y consultas a organismos afectados y público interesado de las
instalaciones ubicadas en la Comunidad de Madrid y se tramitó de conformidad con lo
previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes
informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o
de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a un primer trámite de información pública, de
conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y
en la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 1 de septiembre
de 2021 en el «Boletín Oficial del Estado», y el 3 de septiembre de 2021 en el «Boletín
Oficial de la Provincia de Toledo», y en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid»,
habiéndose recibido alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Entre las alegaciones recogidas se encuentran las de los promotores de
instalaciones de generación eléctrica PFV Recova Solar (PFot-259 AC), PFV Mauricio
Solar (PFot-262 AC), y PFV Carolina Solar (PFOT-583), debido a conflictos que
consisten en solapamientos y afecciones tanto de la planta como de la línea proyectados
en el presente expediente con los proyectos desarrollados por los promotores
previamente mencionados, entre otras cuestiones. Se dio traslado al promotor, que
responde a las mismas.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección
General de Carreteras y Transportes de la Consejería de Fomento de Castilla-La
Mancha, de la Dirección General de Transición Energética de la Consejería de Desarrollo
cve: BOE-A-2023-13433
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13433