III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2023-13313)
Resolución de 26 de mayo de 2023, de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, por la que se publica el Convenio con la Entidad Pública Empresarial Red.es y la Comunidad Autónoma de La Rioja, para la puesta en marcha de iniciativas de Transformación Digital, vinculadas al PERTE de la nueva economía de la lengua, en el marco del proyecto Valle de la Lengua, «Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextgenerationEU».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132
Sábado 3 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 79546
La financiación a aportar por la Administración General del Estado, fondos
procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para el
periodo 2023-2026, se transferirán por la Secretaría de Estado de Digitalización e
Inteligencia Artificial y la Entidad Pública Empresarial Red.es a la Comunidad Autónoma
de La Rioja una vez firmado y publicado en el BOE el presente convenio. El anexo II del
presente convenio detalla el desglose presupuestario, autonómico y estatal, por
actividades y años.
5. Para efectuar el pago por parte de la Administración General del Estado y la
Entidad Pública Empresarial Red.es no se exigirá garantía alguna, dado el carácter de
Administración Pública de Comunidad Autónoma de La Rioja. El pago se realizará en el
plazo de un mes desde la publicación en el BOE del presente convenio y se sujetará a
las normas presupuestarias de la Administración General del Estado y la Entidad Pública
Empresarial Red.es.
La justificación del correcto empleo de los fondos recibidos de la Administración
General del Estado y de la Entidad Pública Empresarial, Red.es, por parte del Gobierno
de La Rioja, detallados en el anexo II y II bis del presente convenio, relativo al «desglose
presupuestario de las actuaciones a realizar» y al «desglose presupuestario de la
financiación», donde se identifican las actuaciones que están financiadas con cargo a
fondos del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se realizará
mediante la presentación de cuenta justificativa según el modelo y contenido del
artículo 72 y 74 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con
aportación de un Informe de la Intervención de La Rioja.
Los gastos financiados por la Administración General del Estado y la Entidad Pública
Empresarial, Red.es, no podrán solaparse, en ningún caso, con los abonados por el
Gobierno de la Rioja, ni podrán corresponder a costes indirectos.
La financiación regulada mediante el presente convenio quedará igualmente
sometida a posibles controles financieros por parte de las Unidades de Control
habilitadas en Red.es, así como, del resto de la Administración, la Intervención General
de la Administración del Estado (en adelante, IGAE) y del Tribunal de Cuentas, así como
los controles de la Comisión Europea, la Oficina Europea de Lucha Contra el Fraude, el
Tribunal de Cuentas Europeo y la Fiscalía Europea, así como el derecho de estos
organismos a los datos que sustentan las operaciones subvencionadas.
Cumplimiento de requisitos técnicos y transmisión de la propiedad.
La titularidad de los desarrollos y resultados obtenidos en ejecución del presente
convenio corresponderá de forma conjunta y a partes iguales a la Comunidad Autónoma
de La Rioja y al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, al partir de
unos objetivos y fines comunes.
Los materiales, titularidad de Comunidad Autónoma de La Rioja, que sean
necesarios para garantizar la reproducibilidad, funcionamiento y reutilización de los
resultados (titularidad del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
y La Rioja), así como todos los materiales generados y resultados obtenidos (entre los
que se incluyen todos los datos, información, corpus, códigos fuente, modelos de
lenguaje, etc.) se pondrán a disposición de las Administraciones Públicas para su uso
y libre acceso en formatos que garanticen la reproducibilidad, funcionamiento y
reutilización siempre y cuando las Partes hayan decidido que dichos resultados sean
de uso público.
Asimismo, se pondrán –bajo las condiciones impuestas por la Comisión de
Seguimiento– a disposición del público y la industria a los efectos de reproducibilidad y
reutilización, en los términos que se definan de común acuerdo entre las Partes, en
formatos que garanticen la reproducibilidad, funcionamiento y reutilización. A tales
efectos, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y la Comunidad
Autónoma de La Rioja, acordarán la forma en que el material generado será licenciado,
preferentemente usando licencias abiertas cuando sea posible, para su uso y
cve: BOE-A-2023-13313
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 132
Sábado 3 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 79546
La financiación a aportar por la Administración General del Estado, fondos
procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para el
periodo 2023-2026, se transferirán por la Secretaría de Estado de Digitalización e
Inteligencia Artificial y la Entidad Pública Empresarial Red.es a la Comunidad Autónoma
de La Rioja una vez firmado y publicado en el BOE el presente convenio. El anexo II del
presente convenio detalla el desglose presupuestario, autonómico y estatal, por
actividades y años.
5. Para efectuar el pago por parte de la Administración General del Estado y la
Entidad Pública Empresarial Red.es no se exigirá garantía alguna, dado el carácter de
Administración Pública de Comunidad Autónoma de La Rioja. El pago se realizará en el
plazo de un mes desde la publicación en el BOE del presente convenio y se sujetará a
las normas presupuestarias de la Administración General del Estado y la Entidad Pública
Empresarial Red.es.
La justificación del correcto empleo de los fondos recibidos de la Administración
General del Estado y de la Entidad Pública Empresarial, Red.es, por parte del Gobierno
de La Rioja, detallados en el anexo II y II bis del presente convenio, relativo al «desglose
presupuestario de las actuaciones a realizar» y al «desglose presupuestario de la
financiación», donde se identifican las actuaciones que están financiadas con cargo a
fondos del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se realizará
mediante la presentación de cuenta justificativa según el modelo y contenido del
artículo 72 y 74 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con
aportación de un Informe de la Intervención de La Rioja.
Los gastos financiados por la Administración General del Estado y la Entidad Pública
Empresarial, Red.es, no podrán solaparse, en ningún caso, con los abonados por el
Gobierno de la Rioja, ni podrán corresponder a costes indirectos.
La financiación regulada mediante el presente convenio quedará igualmente
sometida a posibles controles financieros por parte de las Unidades de Control
habilitadas en Red.es, así como, del resto de la Administración, la Intervención General
de la Administración del Estado (en adelante, IGAE) y del Tribunal de Cuentas, así como
los controles de la Comisión Europea, la Oficina Europea de Lucha Contra el Fraude, el
Tribunal de Cuentas Europeo y la Fiscalía Europea, así como el derecho de estos
organismos a los datos que sustentan las operaciones subvencionadas.
Cumplimiento de requisitos técnicos y transmisión de la propiedad.
La titularidad de los desarrollos y resultados obtenidos en ejecución del presente
convenio corresponderá de forma conjunta y a partes iguales a la Comunidad Autónoma
de La Rioja y al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, al partir de
unos objetivos y fines comunes.
Los materiales, titularidad de Comunidad Autónoma de La Rioja, que sean
necesarios para garantizar la reproducibilidad, funcionamiento y reutilización de los
resultados (titularidad del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
y La Rioja), así como todos los materiales generados y resultados obtenidos (entre los
que se incluyen todos los datos, información, corpus, códigos fuente, modelos de
lenguaje, etc.) se pondrán a disposición de las Administraciones Públicas para su uso
y libre acceso en formatos que garanticen la reproducibilidad, funcionamiento y
reutilización siempre y cuando las Partes hayan decidido que dichos resultados sean
de uso público.
Asimismo, se pondrán –bajo las condiciones impuestas por la Comisión de
Seguimiento– a disposición del público y la industria a los efectos de reproducibilidad y
reutilización, en los términos que se definan de común acuerdo entre las Partes, en
formatos que garanticen la reproducibilidad, funcionamiento y reutilización. A tales
efectos, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y la Comunidad
Autónoma de La Rioja, acordarán la forma en que el material generado será licenciado,
preferentemente usando licencias abiertas cuando sea posible, para su uso y
cve: BOE-A-2023-13313
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.