III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2023-13314)
Resolución de 25 de mayo de 2023, de la Dirección General de Derechos de los Animales, por la que se publica el Convenio con la Fundación para el Asesoramiento y Acción en Defensa de los Animales, por el que se canaliza la subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, para ayuda a personas vulnerables con animales de compañía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132
Sábado 3 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 79565
Por todo ello, y al amparo de los artículos 22.2 y 28.1 de la Ley General de
Subvenciones, así como del artículo 65 de su Reglamento, ambas partes acuerdan
suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
1. El presente convenio tiene por objeto canalizar la subvención nominativa
establecida en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, del Ministerio
de Derechos Sociales y Agenda 2030, a favor de la Fundación para el Asesoramiento y
Acción en Defensa de los Animales (FAADA) para ayuda a personas vulnerables con
animales de compañía, a través del programa «Mejores Amigos».
2. Se trata de un convenio de naturaleza administrativa, quedando excluido de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Asimismo, le serán
aplicables la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley.
3. El presente convenio tiene el carácter de bases reguladoras de la subvención, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 65.3 del mencionado Reglamento.
4. Las partes reconocen y acuerdan que actúan como personas jurídicas
independientes. Ni el presente convenio, ni los términos y condiciones incluidos en él
podrán ser interpretados como la creación o constitución de una relación laboral,
asociación, empresa conjunta, franquicia o agencia.
En ningún caso cualquiera de las partes podrá vincular a la otra en contratos con
terceras personas, o formular promesas o declaraciones en nombre de la otra parte.
Segunda.
Entidad beneficiaria.
Será beneficiaria de esta subvención la Fundación para el Asesoramiento y Acción
en Defensa de los Animales (FAADA), de acuerdo con lo señalado en el presente
convenio.
Tercera.
Compromisos de las partes.
Para el cumplimiento del objeto del presente convenio relativo a la ayuda de
personas vulnerables con animales de compañía, a través del programa «Mejores
Amigos», FAADA y el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, se comprometen
a realizar las siguientes actuaciones:
FAADA:
1. Diseñar juntamente con el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 las
líneas generales de ejecución y seguimiento del programa «Mejores Amigos» objeto de
este convenio.
2. La gestión integral del programa «Mejores Amigos», recogiendo las peticiones de
ayuda recibidas por los Servicios Sociales de las entidades locales.
3. Realizar formaciones para los trabajadores y trabajadoras sociales en relación
con los vínculos interespecie en situación de vulnerabilidad y cómo manejar los
diferentes perfiles.
4. Dar difusión al programa a través de comunicados, notas de prensa y noticias,
informando a los ayuntamientos y al público de sus objetivos, contenidos y
procedimientos de actuación.
5. Presentar al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 una memoria final y
un informe económico sobre el grado de ejecución del presente convenio.
cve: BOE-A-2023-13314
Verificable en https://www.boe.es
I.
Núm. 132
Sábado 3 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 79565
Por todo ello, y al amparo de los artículos 22.2 y 28.1 de la Ley General de
Subvenciones, así como del artículo 65 de su Reglamento, ambas partes acuerdan
suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
1. El presente convenio tiene por objeto canalizar la subvención nominativa
establecida en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, del Ministerio
de Derechos Sociales y Agenda 2030, a favor de la Fundación para el Asesoramiento y
Acción en Defensa de los Animales (FAADA) para ayuda a personas vulnerables con
animales de compañía, a través del programa «Mejores Amigos».
2. Se trata de un convenio de naturaleza administrativa, quedando excluido de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Asimismo, le serán
aplicables la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley.
3. El presente convenio tiene el carácter de bases reguladoras de la subvención, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 65.3 del mencionado Reglamento.
4. Las partes reconocen y acuerdan que actúan como personas jurídicas
independientes. Ni el presente convenio, ni los términos y condiciones incluidos en él
podrán ser interpretados como la creación o constitución de una relación laboral,
asociación, empresa conjunta, franquicia o agencia.
En ningún caso cualquiera de las partes podrá vincular a la otra en contratos con
terceras personas, o formular promesas o declaraciones en nombre de la otra parte.
Segunda.
Entidad beneficiaria.
Será beneficiaria de esta subvención la Fundación para el Asesoramiento y Acción
en Defensa de los Animales (FAADA), de acuerdo con lo señalado en el presente
convenio.
Tercera.
Compromisos de las partes.
Para el cumplimiento del objeto del presente convenio relativo a la ayuda de
personas vulnerables con animales de compañía, a través del programa «Mejores
Amigos», FAADA y el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, se comprometen
a realizar las siguientes actuaciones:
FAADA:
1. Diseñar juntamente con el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 las
líneas generales de ejecución y seguimiento del programa «Mejores Amigos» objeto de
este convenio.
2. La gestión integral del programa «Mejores Amigos», recogiendo las peticiones de
ayuda recibidas por los Servicios Sociales de las entidades locales.
3. Realizar formaciones para los trabajadores y trabajadoras sociales en relación
con los vínculos interespecie en situación de vulnerabilidad y cómo manejar los
diferentes perfiles.
4. Dar difusión al programa a través de comunicados, notas de prensa y noticias,
informando a los ayuntamientos y al público de sus objetivos, contenidos y
procedimientos de actuación.
5. Presentar al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 una memoria final y
un informe económico sobre el grado de ejecución del presente convenio.
cve: BOE-A-2023-13314
Verificable en https://www.boe.es
I.