III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2023-13314)
Resolución de 25 de mayo de 2023, de la Dirección General de Derechos de los Animales, por la que se publica el Convenio con la Fundación para el Asesoramiento y Acción en Defensa de los Animales, por el que se canaliza la subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, para ayuda a personas vulnerables con animales de compañía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 3 de junio de 2023

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correspondientes, de las que les debe informar convenientemente. Y mantener a
disposición de la Dirección General de Derechos de los Animales dicha documentación
acreditativa.
e) Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales
de las personas autorizadas a su tratamiento.
f) No comunicar los datos a terceras personas, salvo en los supuestos legalmente
admitidos.
g) Nombrar un Delegado de Protección de Datos, en caso de que sea necesario
según el RGPD, y comunicarlo a la Dirección General de Derechos de los Animales.
h) Tratar los datos personales dentro del Espacio Económico Europeo u otro
espacio considerado por la normativa aplicable como de seguridad equivalente, no
tratándolos fuera de este espacio ni directamente ni a través de cualesquiera
subcontratistas autorizados conforme a lo establecido en estas cláusulas o demás
documentos contractuales, salvo que esté obligado a ello en virtud del Derecho de la
Unión o del Estado miembro que le resulte de aplicación.
Para garantizar que el tratamiento de datos de carácter personal sea conforme con la
legislación aplicable en esta materia, se establece, a continuación, el objeto, la duración,
la naturaleza y la finalidad del tratamiento, el tipo de datos personales y las categorías de
interesados.
Descripción general del tratamiento de datos personales.
Las actividades de tratamiento de datos personales tendrán por objeto el
cumplimiento del objeto del convenio, para garantizar la adecuada asistencia a las
personas usuarias del Programa Mejores Amigos en los términos definidos en el
convenio.
En caso de que como consecuencia de la ejecución del convenio resultara necesario
en algún momento la modificación de lo estipulado en este Anexo, FAADA lo requerirá
razonadamente y señalará los cambios que solicita. En caso de que la Dirección General
de Derechos de los Animales estuviese de acuerdo con lo solicitado, emitiría un Anexo
actualizado, de modo que el mismo siempre recoja fielmente el detalle del tratamiento.
Colectivos y datos tratados.
Tratamientos y principales colectivos de interesados

Datos personales del tratamiento a
los que se puede acceder

Personas usuarias del Programa.

DNI.
Nombre y apellidos.
Teléfono.
Correo electrónico.

Veterinarios/as concertadas.

DNI.
Nombre y apellidos.
Dirección.
Teléfono.
Correo electrónico.

DNI.
Nombre y apellidos.
Personas responsables de los Servicios municipales. Dirección.
Teléfono.
Correo electrónico.

cve: BOE-A-2023-13314
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Núm. 132