I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Titulaciones académicas. (BOE-A-2023-13219)
Real Decreto 403/2023, de 29 de mayo, por el que se actualiza el título de la formación profesional del sistema educativo de Técnico Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural, de la familia profesional Agraria, y se fijan sus enseñanzas mínimas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 3 de junio de 2023

Sec. I. Pág. 78927

Reproducción: ciclo reproductivo y sistemas de apareamiento. Hábitos de las
especies cinegéticas. Materiales, huellas y señales de especies cinegéticas.
– Distribución geográfica nacional y autonómica.
– Dinámica de poblaciones. Tamaño y densidad poblacional. Tasa de
crecimiento: tasas de natalidad, mortalidad, emigración e inmigración. Velocidad
de crecimiento. Estructura de la población: clases de sexo y edad.
– Estima del tamaño o densidad poblacional. Índices de abundancia. Técnicas
de muestreo. Métodos de censo: directos e indirectos. Censo de poblaciones
según su patrón de distribución. Protocolos de actuación. Elección del método de
censo: adecuación al hábitat y a la población. Técnicas y medios para la captura,
inmovilización, marcado y seguimiento de especies.
– Itinerarios, transectos, áreas de muestreo y puntos de censo y control.
Emplazamiento y Localización. Adecuación al método de censo.
– Recogida de datos en campo. Materiales, medios y equipos técnicos.
Registro y procesamiento de la información. Elaboración de informes. Valoración
de resultados.
– Organización de recursos humanos y materiales para la elaboración de un
censo de fauna.
– Normativa ambiental, específica de ordenación de fauna, de bienestar animal
y de prevención de riesgos laborales.
Conservación y mejora del hábitat de las especies cinegéticas y asociadas:
– Hábitat de las especies cinegéticas: elementos estructurales y vegetación.
– Evaluación del estado del hábitat: índices y parámetros que hay que evaluar.
Métodos. Propuesta de medidas correctoras. Elaboración de informes.
– Capacidad de acogida del medio. Conceptos de capacidad de carga para
animales silvestres. Estimación: métodos directos e indirectos.
– Conservación y/o mejora del hábitat. Actuaciones en agroecosistemas
(implantación o mejora de pastizales, rotaciones y policultivos, conservación de
márgenes y otros) y en ecosistemas forestales (podas, clareos, entresacas,
resalveos, repoblaciones y otros). Trabajos requeridos según los objetivos
previstos. Supervisión.
– Elementos para favorecer la capacidad de acogida del medio: puntos de
agua, refugios, comederos y otros. Influencia en alimentación, cobijo y otros
comportamientos de las especies cinegéticas. Cálculo de necesidades. Criterios
para determinar su ubicación. Implantación, mantenimiento y conservación.
– Medios, equipos, máquinas y herramientas utilizados en los trabajos de
evaluación, conservación y mejora del hábitat de las especies cinegéticas.
Criterios de selección.
– Organización de recursos humanos y materiales en los trabajos de
evaluación, conservación y mejora del hábitat de las especies cinegéticas.
– Calidad ambiental.
– Normativa ambiental, certificación de calidad cinegética, específica de caza y
de prevención de riesgos laborales.
Realización de tareas de vigilancia, seguimiento y control de las poblaciones
de especies de un espacio cinegético:
– Vigilancia y control de un espacio cinegético. Plan de actuación.
– Prohibiciones, infracciones y sanciones en materia de caza.
– Procedimiento de inspección, ordenación e instrucción de expedientes
sancionadores.
– Enfermedades y epizootias (epizootías) más comunes. Métodos de
detección y control. Toma de muestras. Procedimiento de informe a los técnicos
sanitarios.

cve: BOE-A-2023-13219
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Núm. 132