I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Titulaciones académicas. (BOE-A-2023-13218)
Real Decreto 402/2023, de 29 de mayo, por el que se actualiza el título de la formación profesional del sistema educativo de Técnico Superior en Proyectos de Edificación, de la familia profesional Edificación y Obra Civil, y se fijan sus enseñanzas mínimas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 3 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 78864
e) Se han concretado las soluciones constructivas asociadas a la tipología
adoptada, la disposición y orden de los componentes, las características y espesores
de los materiales empleados y las uniones con otros elementos constructivos.
f) Se ha comprobado el cumplimiento de los requisitos establecidos de
eficiencia energética.
6. Define particiones, revestimientos y acabados interiores de edificios,
estableciendo la disposición y dimensiones de sus componentes y proponiendo
soluciones constructivas.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado los distintos procedimientos constructivos de divisiones
interiores, revestimientos y acabados, adecuados a las características y
requerimientos del edificio.
b) Se han establecido los requerimientos que establecen las diferentes
normativas de aplicación.
c) Se han definido gráficamente las características y procedimientos
constructivos de las particiones interiores, la disposición de sus componentes,
características y espesores de los materiales y uniones con otros elementos del
edificio.
d) Se ha concretado gráficamente el tipo de carpintería, dimensiones,
materiales y características de sus componentes, sus anclajes y soluciones
constructivas.
e) Se han definido las características y procedimientos constructivos de los
revestimientos y acabados, tanto de paramentos verticales como de horizontales,
continuos o por piezas, los materiales y sistemas de fijación.
7. Define la estructura de edificios, identificando tipología, normativa y
condicionantes de diseño, estableciendo la disposición y funcionamiento de sus
elementos, y proponiendo las soluciones constructivas.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado las tipologías y soluciones estructurales adecuadas a
las características y requerimientos del edificio.
b) Se han identificado los criterios de disposición y funcionamiento de
elementos estructurales según la tipología adoptada.
c) Se han identificado las prescripciones que determinan las normas de
aplicación.
d) Se han situado los elementos estructurales en las distintas plantas.
e) Se han redimensionado los diferentes elementos estructurales según la
normativa y las recomendaciones constructivas.
f) Se han establecido las soluciones constructivas de los distintos elementos
estructurales según la normativa y las recomendaciones constructivas.
8. Determina la documentación gráfica y escrita para desarrollar proyectos de
edificación, estableciendo su relación, contenido y características.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado las fases de desarrollo del proyecto.
b) Se ha elaborado la relación de documentos gráficos y escritos para el
desarrollo del proyecto en sus sucesivas fases.
c) Se ha establecido el contenido de las memorias y anejos.
d) Se ha elaborado el listado de planos para cada fase de desarrollo del
proyecto, con las vistas e información que deben contener, su escala y formato.
e) Se han identificado los pliegos de condiciones de referencia.
cve: BOE-A-2023-13218
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 132
Sábado 3 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 78864
e) Se han concretado las soluciones constructivas asociadas a la tipología
adoptada, la disposición y orden de los componentes, las características y espesores
de los materiales empleados y las uniones con otros elementos constructivos.
f) Se ha comprobado el cumplimiento de los requisitos establecidos de
eficiencia energética.
6. Define particiones, revestimientos y acabados interiores de edificios,
estableciendo la disposición y dimensiones de sus componentes y proponiendo
soluciones constructivas.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado los distintos procedimientos constructivos de divisiones
interiores, revestimientos y acabados, adecuados a las características y
requerimientos del edificio.
b) Se han establecido los requerimientos que establecen las diferentes
normativas de aplicación.
c) Se han definido gráficamente las características y procedimientos
constructivos de las particiones interiores, la disposición de sus componentes,
características y espesores de los materiales y uniones con otros elementos del
edificio.
d) Se ha concretado gráficamente el tipo de carpintería, dimensiones,
materiales y características de sus componentes, sus anclajes y soluciones
constructivas.
e) Se han definido las características y procedimientos constructivos de los
revestimientos y acabados, tanto de paramentos verticales como de horizontales,
continuos o por piezas, los materiales y sistemas de fijación.
7. Define la estructura de edificios, identificando tipología, normativa y
condicionantes de diseño, estableciendo la disposición y funcionamiento de sus
elementos, y proponiendo las soluciones constructivas.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado las tipologías y soluciones estructurales adecuadas a
las características y requerimientos del edificio.
b) Se han identificado los criterios de disposición y funcionamiento de
elementos estructurales según la tipología adoptada.
c) Se han identificado las prescripciones que determinan las normas de
aplicación.
d) Se han situado los elementos estructurales en las distintas plantas.
e) Se han redimensionado los diferentes elementos estructurales según la
normativa y las recomendaciones constructivas.
f) Se han establecido las soluciones constructivas de los distintos elementos
estructurales según la normativa y las recomendaciones constructivas.
8. Determina la documentación gráfica y escrita para desarrollar proyectos de
edificación, estableciendo su relación, contenido y características.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado las fases de desarrollo del proyecto.
b) Se ha elaborado la relación de documentos gráficos y escritos para el
desarrollo del proyecto en sus sucesivas fases.
c) Se ha establecido el contenido de las memorias y anejos.
d) Se ha elaborado el listado de planos para cada fase de desarrollo del
proyecto, con las vistas e información que deben contener, su escala y formato.
e) Se han identificado los pliegos de condiciones de referencia.
cve: BOE-A-2023-13218
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Núm. 132