III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-13171)
Resolución de 28 de febrero de 2023, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, ejercicio 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Viernes 2 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 78332

a) En la estructura de la RPT los puestos asignados a los niveles superiores, NCD 30 y 28
(grupo A1), apenas representan un 5 % del total de la RPT, mientras que los niveles
intermedios, NCD 26, 24 y 22, (grupos A1, A2 y C1) suponen el 45 %; el mayor porcentaje
de puestos, 50 %, corresponde a los niveles inferiores, NCD 14 a 18 (grupos C1 y C2).
b) En la plantilla real el predominio de los funcionarios de los grupos C1 y C2 era evidente,
alcanzando el 68 % del total; los funcionarios del grupo A2 suponen el 24 % y los del grupo
A1 el 8 % restante.
c) Había tres puestos de trabajo ocupados por funcionarios de un grupo inferior al que
figuraba en la RPT:


El puesto de vicegerente catalogado como A1 estaba ocupado por un funcionario del
grupo A2.



El puesto de jefe de servicio de coordinación de programación, catalogado como A1/A2,
lo ocupaba una funcionaria del grupo C1.



El puesto de jefe de negociado de información, catalogado como C1, estaba asignado a
una funcionaria del grupo C2.

Los dos primeros casos, que ya se pusieron de manifiesto en el informe de fiscalización de 2008
del Tribunal de Cuentas, se justifican por lo establecido en el art. 13.2 de la Orden de 6/02/19896,
al corresponder a funcionarios que ocupaban dichos puestos cuando se adscribieron a grupos
superiores; en el tercer caso se trataba de una ocupación provisional en comisión de servicios
desde el 29/10/2014.
d) Los puestos abiertos a más de un grupo estaban cubiertos mayoritariamente por
funcionarios del grupo inferior; así sucedía en el 70 % de los puestos A1/A2; en el 83 % de
los puestos A2/C1; y en el 100 % de los puestos abiertos a C1/C2.
Los trabajos realizados pusieron de manifiesto una alta rotación en la ocupación de los puestos de
trabajo del personal funcionario. El 46 % de la plantilla existente a 31/12/2017 había tomado
posesión del puesto en los anteriores cinco años. Por otra parte, entre 2018 y 2019 cesaron 10 de
los funcionarios que había en plantilla al final del ejercicio 2017 (el 27 %).

La mitad de los puestos de trabajo de la RPT tenían complementos específicos bastante bajos,
encontrándose en el último tercio de la lista publicada por el Ministerio de Economía y Hacienda.
En cierta manera, este hecho puede explicar la ocupación por el grupo inferior de la mayoría de
los puestos de la RPT definidos para dos grupos, la alta rotación de personal y la práctica de la
asignación a los niveles más bajos de un puesto con mayor complemento específico en comisión
de servicios.
Salvo dos excepciones, la configuración de los puestos de la RPT de la UIMP excluía al personal
procedente de los sectores de docencia, investigación y sanidad. Sin embargo, se comprobó que

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Orden por la que se dispone la publicación de la Resolución conjunta de las Secretarías de Estado de Hacienda y para
la Administración Pública por la que se aprueba el modelo de relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y
se dictan normas para su elaboración.

cve: BOE-A-2023-13171
Verificable en https://www.boe.es

A 31/12/2017 diez de los puestos de la plantilla estaban ocupados provisionalmente en comisión
de servicios. En cuatro casos se trataba de funcionarios que mantenían en reserva otros puestos
en la UIMP, habiéndose observado en tres de ellos (A. G., M. R. y P. C.) que la duración de las
comisiones de servicio había superado el plazo máximo establecido en el artículo 64 del RD
364/1995, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal
al servicio de la AGE.