III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-13168)
Resolución de 28 de febrero de 2023, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las medidas adoptadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria en materia de comercio electrónico, ejercicios 2016, 2017 y 2018.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131
Viernes 2 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 78144
presentación. La presentación de la declaración también puede efectuarse en inglés. La
declaración corresponderá a todas las actividades desarrolladas en todos los EMCON. Cada
EMCON conoce los datos que se refieren a las prestaciones que tuvieron lugar en su territorio y
no al total de la actividad.
2.22. El resumen de todas las liquidaciones definitivas presentadas en España o que tenían a
España como EMCON son objeto del siguiente Cuadro 11. Las declaraciones presentadas por
contribuyentes cuyo EMID era España representan el 9%.
Cuadro 11: Liquidaciones presentadas en el periodo 2016-2018
Total declaraciones
presentadas
2016
18.761
2018
22.752
2017
1.656
Declaraciones presentadas
por contribuyentes
identificados en España y sin
actividad
584
2.065
684
Declaraciones presentadas
por contribuyentes
identificados en España
20.893
Fuente: datos de la AEAT a partir del Zújar. Modelo 368
1.981
723
2.23. Las declaraciones pueden ser modificadas por los contribuyentes en un plazo de tres años
desde el plazo límite de presentación de la declaración. El número de las declaraciones no válidas
por modificaciones presentadas por los contribuyentes almacenadas en las bases de datos de la
AEAT fue de 7.588 para el periodo de la fiscalización en el momento de la consulta. Estas
declaraciones fueron principalmente presentadas en otros EMID. La AEAT no efectúa
comprobaciones sobre esas declaraciones por carecer de referencias con las que contrastar las
liquidaciones.
2.24. El contribuyente ha de efectuar el pago en el momento de la presentación de la liquidación o
antes del vencimiento del plazo para la presentación. El pago se efectúa en el EMID y está
vinculado con cada declaración. El EMID es el encargado del reparto de la recaudación entre los
EMCON. Las declaraciones recibidas por los EMCOM quedan en un estado de pendiente de
ingresar hasta la recepción de un mensaje de información de pagos con el detalle de las
declaraciones abonadas. El resumen de las liquidaciones presentadas en España como EMID y
su distribución entre los EMCON se recoge en el Cuadro 12.
2.26. La recaudación recibida como EMCON es resumida en el Cuadro 13 y pone de manifiesto
que la recaudación recibida es superior a la remitida a otros Estados miembros, puesto que
existen más destinatarios de servicios que empresarios que realizan esa prestación.
cve: BOE-A-2023-13168
Verificable en https://www.boe.es
2.25. Respecto a las liquidaciones presentadas en España por actividades sometidas a tributación
en nuestro país, había 24 liquidaciones pendientes de ingreso en el momento de la revisión, por
un importe de 33.963 euros. Entre estas liquidaciones había dos que correspondían al ejercicio
2015.
Núm. 131
Viernes 2 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 78144
presentación. La presentación de la declaración también puede efectuarse en inglés. La
declaración corresponderá a todas las actividades desarrolladas en todos los EMCON. Cada
EMCON conoce los datos que se refieren a las prestaciones que tuvieron lugar en su territorio y
no al total de la actividad.
2.22. El resumen de todas las liquidaciones definitivas presentadas en España o que tenían a
España como EMCON son objeto del siguiente Cuadro 11. Las declaraciones presentadas por
contribuyentes cuyo EMID era España representan el 9%.
Cuadro 11: Liquidaciones presentadas en el periodo 2016-2018
Total declaraciones
presentadas
2016
18.761
2018
22.752
2017
1.656
Declaraciones presentadas
por contribuyentes
identificados en España y sin
actividad
584
2.065
684
Declaraciones presentadas
por contribuyentes
identificados en España
20.893
Fuente: datos de la AEAT a partir del Zújar. Modelo 368
1.981
723
2.23. Las declaraciones pueden ser modificadas por los contribuyentes en un plazo de tres años
desde el plazo límite de presentación de la declaración. El número de las declaraciones no válidas
por modificaciones presentadas por los contribuyentes almacenadas en las bases de datos de la
AEAT fue de 7.588 para el periodo de la fiscalización en el momento de la consulta. Estas
declaraciones fueron principalmente presentadas en otros EMID. La AEAT no efectúa
comprobaciones sobre esas declaraciones por carecer de referencias con las que contrastar las
liquidaciones.
2.24. El contribuyente ha de efectuar el pago en el momento de la presentación de la liquidación o
antes del vencimiento del plazo para la presentación. El pago se efectúa en el EMID y está
vinculado con cada declaración. El EMID es el encargado del reparto de la recaudación entre los
EMCON. Las declaraciones recibidas por los EMCOM quedan en un estado de pendiente de
ingresar hasta la recepción de un mensaje de información de pagos con el detalle de las
declaraciones abonadas. El resumen de las liquidaciones presentadas en España como EMID y
su distribución entre los EMCON se recoge en el Cuadro 12.
2.26. La recaudación recibida como EMCON es resumida en el Cuadro 13 y pone de manifiesto
que la recaudación recibida es superior a la remitida a otros Estados miembros, puesto que
existen más destinatarios de servicios que empresarios que realizan esa prestación.
cve: BOE-A-2023-13168
Verificable en https://www.boe.es
2.25. Respecto a las liquidaciones presentadas en España por actividades sometidas a tributación
en nuestro país, había 24 liquidaciones pendientes de ingreso en el momento de la revisión, por
un importe de 33.963 euros. Entre estas liquidaciones había dos que correspondían al ejercicio
2015.