III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-13170)
Resolución de 28 de febrero de 2023, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Fundación del Teatro Real, FSP, ejercicios 2018 y 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131
Viernes 2 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 78262
II.2. ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD
II.2.1. Cumplimiento de la legalidad en materia de contratación
II.2.1.1. CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA APLICABLE CON CARÁCTER GENERAL
2.46. En el inicio del periodo fiscalizado la Fundación se encontraba sometida en materia de
contratación al TRLCSP y, a partir del 9 de marzo de 2018, a la LCSP. También le resultaba de
aplicación la Resolución de 6 de marzo de 2019, de la Oficina Independiente de Regulación y
Supervisión de la Contratación, por la que se publica la Instrucción 1/2019, de 28 de febrero,
sobre contratos menores regulados en la LCSP.
2.47. En su condición de poder adjudicador distinto de las Administraciones Públicas, las normas
del citado TRLCSP se aplicaban a la FTR en los términos establecidos en los artículos 190, para
los contratos sujetos a regulación armonizada (SARA), y 191, para el resto de contratos. En
concreto, el artículo 191 preveía, para los contratos no sujetos a regulación armonizada, que las
entidades dictasen unas instrucciones reguladoras de los procedimientos de contratación que
garantizasen la efectividad de los principios de publicidad, concurrencia, confidencialidad, igualdad
y no discriminación y que debían estar a disposición del público a través de su página web. La
Fundación disponía al inicio del periodo fiscalizado de las mencionadas instrucciones internas de
contratación (IIC), aprobadas por su Patronato el 17 de abril de 2012 e informadas favorablemente
por la Abogacía del Estado el 18 de abril de 2012. La entrada en vigor de la LCSP supuso la
derogación de las IIC, siendo dicha Ley aplicable directamente desde entonces a las entidades
que son poder adjudicador distinto de las Administraciones Públicas. El órgano de contratación es
el Director General, por delegación del Patronato de la Fundación (artículo 11.f de los Estatutos).
2.48. La FTR ha remitido al Tribunal de Cuentas la relación certificada de los contratos celebrados
en 2018 y 2019 y los extractos de los expedientes de contratos que superan las cuantías
correspondientes, cumpliendo lo establecido en los artículos 40.2 de la LFTCu y 335 de la LCSP,
y en la “Instrucción General relativa a la remisión telemática al Tribunal de Cuentas de los
extractos de los expedientes de contratación y de las relaciones de contratos, convenios y
encomiendas de gestión celebrados por las entidades del Sector Público Estatal y Autonómico”,
aprobada por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 28 de noviembre de 2013, sustituida
posteriormente por la aprobada por el Pleno el 28 de junio de 2018 para adaptarla a la nueva
LCSP.
II.2.1.2. ANÁLISIS DE LA CONTRATACIÓN DE LA FTR EN EL PERIODO FISCALIZADO
a) Ejercicio 2018
cve: BOE-A-2023-13170
Verificable en https://www.boe.es
2.49. En el ejercicio 2018 la Fundación formalizó 229 contratos por un importe total de 7.269.563
euros, de los que se ha analizado una muestra de 32 contratos que suponen el 14 % de los
formalizados y el 18,6 % del importe total adjudicado, con el detalle por procedimiento de
adjudicación y normativa aplicada que se muestra en el Cuadro 5.
Núm. 131
Viernes 2 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 78262
II.2. ANÁLISIS DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD
II.2.1. Cumplimiento de la legalidad en materia de contratación
II.2.1.1. CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA APLICABLE CON CARÁCTER GENERAL
2.46. En el inicio del periodo fiscalizado la Fundación se encontraba sometida en materia de
contratación al TRLCSP y, a partir del 9 de marzo de 2018, a la LCSP. También le resultaba de
aplicación la Resolución de 6 de marzo de 2019, de la Oficina Independiente de Regulación y
Supervisión de la Contratación, por la que se publica la Instrucción 1/2019, de 28 de febrero,
sobre contratos menores regulados en la LCSP.
2.47. En su condición de poder adjudicador distinto de las Administraciones Públicas, las normas
del citado TRLCSP se aplicaban a la FTR en los términos establecidos en los artículos 190, para
los contratos sujetos a regulación armonizada (SARA), y 191, para el resto de contratos. En
concreto, el artículo 191 preveía, para los contratos no sujetos a regulación armonizada, que las
entidades dictasen unas instrucciones reguladoras de los procedimientos de contratación que
garantizasen la efectividad de los principios de publicidad, concurrencia, confidencialidad, igualdad
y no discriminación y que debían estar a disposición del público a través de su página web. La
Fundación disponía al inicio del periodo fiscalizado de las mencionadas instrucciones internas de
contratación (IIC), aprobadas por su Patronato el 17 de abril de 2012 e informadas favorablemente
por la Abogacía del Estado el 18 de abril de 2012. La entrada en vigor de la LCSP supuso la
derogación de las IIC, siendo dicha Ley aplicable directamente desde entonces a las entidades
que son poder adjudicador distinto de las Administraciones Públicas. El órgano de contratación es
el Director General, por delegación del Patronato de la Fundación (artículo 11.f de los Estatutos).
2.48. La FTR ha remitido al Tribunal de Cuentas la relación certificada de los contratos celebrados
en 2018 y 2019 y los extractos de los expedientes de contratos que superan las cuantías
correspondientes, cumpliendo lo establecido en los artículos 40.2 de la LFTCu y 335 de la LCSP,
y en la “Instrucción General relativa a la remisión telemática al Tribunal de Cuentas de los
extractos de los expedientes de contratación y de las relaciones de contratos, convenios y
encomiendas de gestión celebrados por las entidades del Sector Público Estatal y Autonómico”,
aprobada por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 28 de noviembre de 2013, sustituida
posteriormente por la aprobada por el Pleno el 28 de junio de 2018 para adaptarla a la nueva
LCSP.
II.2.1.2. ANÁLISIS DE LA CONTRATACIÓN DE LA FTR EN EL PERIODO FISCALIZADO
a) Ejercicio 2018
cve: BOE-A-2023-13170
Verificable en https://www.boe.es
2.49. En el ejercicio 2018 la Fundación formalizó 229 contratos por un importe total de 7.269.563
euros, de los que se ha analizado una muestra de 32 contratos que suponen el 14 % de los
formalizados y el 18,6 % del importe total adjudicado, con el detalle por procedimiento de
adjudicación y normativa aplicada que se muestra en el Cuadro 5.