III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-13170)
Resolución de 28 de febrero de 2023, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Fundación del Teatro Real, FSP, ejercicios 2018 y 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131
Viernes 2 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 78261
comprobado el desglose de estos importes por empresa patrocinadora y ejercicio contable, así
como su conciliación con los gastos imputados al Bicentenario.
2.42. El importe total de las subvenciones recibidas imputadas al excedente del ejercicio y
destinadas a cubrir los gastos de actividad fue de 14.692.800 y 14.271.382 euros en los ejercicios
2019 y 2018, respectivamente, Los principales componentes de este importe fueron los siguientes:
la subvención concedida por el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes a través del Instituto
de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM), por importe de 9.892.800 euros en cada uno de
los dos ejercicios; la subvención recibida de la Comunidad de Madrid, por 3.700.000 euros en
2018 y 3.800.000 euros en 2019; y la del Ayuntamiento de Madrid, por 660.000 euros en 2018 y
1.000.000 euros en 2019. Se ha comprobado que todas ellas están debidamente soportadas,
justificadas y cobradas.
2.43. Los ingresos por ventas de abonos y localidades en el ejercicio 2018 fueron 24.973.372
euros, con un incremento de un 13,67 % respecto del ejercicio anterior. En 2019 se situaron en
24.004.549 euros, con un descenso de un 3,87 %.
2.44. En la partida de “Otros ingresos ordinarios de la actividad mercantil” se registraron 4.553.980
euros en 2018 y 4.037.644 euros en 2019. Los principales componentes de esta partida son los
siguientes:
a) Los ingresos por arrendamientos de salas del edificio del Teatro Real para la celebración de
eventos, principalmente por parte de los patrocinadores, se elevaron a 1.326.931 euros en 2018 y
1.777.983 euros en 2019. Conforme al Programa de Patrocinio aprobado por la FTR, las
empresas colaboradoras podrán disfrutar, entre otras ventajas, de descuentos en el uso de
espacios para eventos corporativos, con las condiciones y los descuentos reflejados en cada caso
en los convenios de colaboración.
b) Los ingresos por “Servicios a patrocinadores” ascendieron a 702.764 euros en 2018 y 336.670
euros en 2019. Esta partida registra los ingresos derivados de los contratos de patrocinio
publicitario definidos en el artículo 22 de la Ley 34/1998, de 11 de noviembre, General de
Publicidad, y son, por tanto, prestaciones de servicios de publicidad a favor del patrocinador
llevadas a cabo por la Fundación a cambio de una contraprestación económica para la realización
de sus actividades.
c) Los ingresos por coproducciones se elevaron a 270.000 euros en 2019, importe que recoge las
aportaciones de los coproductores para aquellas coproducciones en las que la FTR es líder,
conforme a las condiciones establecidas en el correspondiente contrato. En los ejercicios 2018 y
anteriores esos gastos de producción asumidos por la Fundación y posteriormente facturados a
los coproductores conforme a su porcentaje de participación eran registrados, no como ingresos
del ejercicio, sino como menor gasto de aprovisionamientos. El cambio de criterio contable
producido en 2019 aparece recogido en la Memoria de este ejercicio.
2.45. Como se ha indicado en el punto 2.10 de este Informe, la FTR tiene registrada en el
“Inmovilizado Intangible” la cesión del uso del inmueble “El Campillo” en Arganda del Rey,
propiedad de la Administración General del Estado y afectado al Ministerio de Educación, Cultura
y Deporte, realizada en 2012 por cuatro años y prorrogada por cuatro más el 1 de septiembre de
2016. En septiembre de 2020 ha vencido la prórroga, sin que hasta la fecha se haya firmado una
nueva, lo que supone una incertidumbre sobre el uso futuro del inmueble. En efecto, la Orden
Ministerial de cesión, de 24 de septiembre de 2012, y el Pliego de Condiciones anexo establecen
la reversión del inmueble al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte una vez cumplido el
término de la autorización y prórroga. Por todo ello, sería conveniente que la Fundación
procediera a regularizar dicha situación.
cve: BOE-A-2023-13170
Verificable en https://www.boe.es
II.1.4. Hechos posteriores
Núm. 131
Viernes 2 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 78261
comprobado el desglose de estos importes por empresa patrocinadora y ejercicio contable, así
como su conciliación con los gastos imputados al Bicentenario.
2.42. El importe total de las subvenciones recibidas imputadas al excedente del ejercicio y
destinadas a cubrir los gastos de actividad fue de 14.692.800 y 14.271.382 euros en los ejercicios
2019 y 2018, respectivamente, Los principales componentes de este importe fueron los siguientes:
la subvención concedida por el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes a través del Instituto
de las Artes Escénicas y de la Música (INAEM), por importe de 9.892.800 euros en cada uno de
los dos ejercicios; la subvención recibida de la Comunidad de Madrid, por 3.700.000 euros en
2018 y 3.800.000 euros en 2019; y la del Ayuntamiento de Madrid, por 660.000 euros en 2018 y
1.000.000 euros en 2019. Se ha comprobado que todas ellas están debidamente soportadas,
justificadas y cobradas.
2.43. Los ingresos por ventas de abonos y localidades en el ejercicio 2018 fueron 24.973.372
euros, con un incremento de un 13,67 % respecto del ejercicio anterior. En 2019 se situaron en
24.004.549 euros, con un descenso de un 3,87 %.
2.44. En la partida de “Otros ingresos ordinarios de la actividad mercantil” se registraron 4.553.980
euros en 2018 y 4.037.644 euros en 2019. Los principales componentes de esta partida son los
siguientes:
a) Los ingresos por arrendamientos de salas del edificio del Teatro Real para la celebración de
eventos, principalmente por parte de los patrocinadores, se elevaron a 1.326.931 euros en 2018 y
1.777.983 euros en 2019. Conforme al Programa de Patrocinio aprobado por la FTR, las
empresas colaboradoras podrán disfrutar, entre otras ventajas, de descuentos en el uso de
espacios para eventos corporativos, con las condiciones y los descuentos reflejados en cada caso
en los convenios de colaboración.
b) Los ingresos por “Servicios a patrocinadores” ascendieron a 702.764 euros en 2018 y 336.670
euros en 2019. Esta partida registra los ingresos derivados de los contratos de patrocinio
publicitario definidos en el artículo 22 de la Ley 34/1998, de 11 de noviembre, General de
Publicidad, y son, por tanto, prestaciones de servicios de publicidad a favor del patrocinador
llevadas a cabo por la Fundación a cambio de una contraprestación económica para la realización
de sus actividades.
c) Los ingresos por coproducciones se elevaron a 270.000 euros en 2019, importe que recoge las
aportaciones de los coproductores para aquellas coproducciones en las que la FTR es líder,
conforme a las condiciones establecidas en el correspondiente contrato. En los ejercicios 2018 y
anteriores esos gastos de producción asumidos por la Fundación y posteriormente facturados a
los coproductores conforme a su porcentaje de participación eran registrados, no como ingresos
del ejercicio, sino como menor gasto de aprovisionamientos. El cambio de criterio contable
producido en 2019 aparece recogido en la Memoria de este ejercicio.
2.45. Como se ha indicado en el punto 2.10 de este Informe, la FTR tiene registrada en el
“Inmovilizado Intangible” la cesión del uso del inmueble “El Campillo” en Arganda del Rey,
propiedad de la Administración General del Estado y afectado al Ministerio de Educación, Cultura
y Deporte, realizada en 2012 por cuatro años y prorrogada por cuatro más el 1 de septiembre de
2016. En septiembre de 2020 ha vencido la prórroga, sin que hasta la fecha se haya firmado una
nueva, lo que supone una incertidumbre sobre el uso futuro del inmueble. En efecto, la Orden
Ministerial de cesión, de 24 de septiembre de 2012, y el Pliego de Condiciones anexo establecen
la reversión del inmueble al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte una vez cumplido el
término de la autorización y prórroga. Por todo ello, sería conveniente que la Fundación
procediera a regularizar dicha situación.
cve: BOE-A-2023-13170
Verificable en https://www.boe.es
II.1.4. Hechos posteriores