III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-13169)
Resolución de 28 de febrero de 2023, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131
Viernes 2 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 78204
CUADRO Nº 17
EJECUCIÓN CAPÍTULO 2 POR PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DEL GASTO
Ejercicio 2018
(euros)
OBLIGACIONES RECONOCIDAS
ARTÍCULO
DENOMINACIÓN
Totales
Pagos en
firme
ACF
OBLIGACIONES RECONOCIDAS
MUESTRA
Total de la
muestra
Pagos en
firme
Muestra
ACF
20
Arrendamientos y cánones
30.150
17.656
12.494
6.686
0
6.686
21
Reparaciones, mantenimiento y conservación
86.897
76.304
10.593
35.353
31.174
4.179
22
Material, suministros y otros
570.311
513.603
56.708
75.623
62.918
12.705
23
Indemnizaciones por razón del servicio
3.932.122
0
3.932.122
47.692
0
47.692
4.619.480
607.563
4.011.917
165.354
94.092
71.262
TOTAL CAPÍTULO 2
FUENTE: Elaboración propia. Cuentas anuales
Para el análisis de los gastos corrientes en bienes y servicios gestionados por la ANECA, se ha
seleccionado una muestra de obligaciones reconocidas teniendo en consideración los distintos
procedimientos de gestión del gasto aplicados. El importe analizado asciende a 165.354 euros,
con el detalle por procedimiento de gestión del gasto y por artículo presupuestario que se recoge
en el cuadro anterior.
II.3.4.2. Pagos en firme
Como ya se ha puesto de manifiesto en el apartado de control interno, la ANECA no disponía de
un registro único que aglutinara la totalidad de los contratos menores, y los registros parciales
existentes no permitían cuantificar, ni totalizar los mismos. Esto ha generado que en la relación de
los contratos menores remitida al Tribunal de Cuentas, en 2018, no se incluyeran dos contratos
por importe global de 2.256 euros.
En la fiscalización se ha seleccionado una muestra de 14 contratos que han generado en 2018
unos gastos gestionados mediante el procedimiento de “pagos en firme” de 94.092 euros. Los 14
contratos se tramitaron como contratos menores, cuyo detalle se encuentra recogido en el Anexo
VI.
Además de la regulación prevista para estos contratos en la normativa vigente, la ANECA había
aprobado unas normas internas denominadas “Procedimiento de gestión de expedientes de gasto
con contrato menor" para la ANECA. Estas normas exigen, entre otros aspectos, la elaboración de
un documento técnico que recoja la necesidad de adquisición de un bien o prestación de un
servicio y los criterios de valoración para seleccionar la oferta adjudicataria, una memoria
justificativa con la necesidad del contrato, así como la solicitud de tres ofertas o justificación de la
ausencia de petición de las mismas en la Memoria justificativa.
1. En un expediente (número de orden 5 del Anexo VI) se ha superado la duración de un año
prevista en la normativa para los contratos menores, incumpliendo el artículo 29.8 de la Ley
9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP).
2. En dos expedientes (números 12 y 13 del Anexo VI) no consta la emisión del informe favorable
de la Secretaría General de Administración Digital, que era preceptivo conforme al Manual de
procedimiento interno de la ANECA.
cve: BOE-A-2023-13169
Verificable en https://www.boe.es
En la revisión de los expedientes de los 14 contratos analizados se han puesto de manifiesto las
deficiencias e incumplimientos que se recogen a continuación:
Núm. 131
Viernes 2 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 78204
CUADRO Nº 17
EJECUCIÓN CAPÍTULO 2 POR PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DEL GASTO
Ejercicio 2018
(euros)
OBLIGACIONES RECONOCIDAS
ARTÍCULO
DENOMINACIÓN
Totales
Pagos en
firme
ACF
OBLIGACIONES RECONOCIDAS
MUESTRA
Total de la
muestra
Pagos en
firme
Muestra
ACF
20
Arrendamientos y cánones
30.150
17.656
12.494
6.686
0
6.686
21
Reparaciones, mantenimiento y conservación
86.897
76.304
10.593
35.353
31.174
4.179
22
Material, suministros y otros
570.311
513.603
56.708
75.623
62.918
12.705
23
Indemnizaciones por razón del servicio
3.932.122
0
3.932.122
47.692
0
47.692
4.619.480
607.563
4.011.917
165.354
94.092
71.262
TOTAL CAPÍTULO 2
FUENTE: Elaboración propia. Cuentas anuales
Para el análisis de los gastos corrientes en bienes y servicios gestionados por la ANECA, se ha
seleccionado una muestra de obligaciones reconocidas teniendo en consideración los distintos
procedimientos de gestión del gasto aplicados. El importe analizado asciende a 165.354 euros,
con el detalle por procedimiento de gestión del gasto y por artículo presupuestario que se recoge
en el cuadro anterior.
II.3.4.2. Pagos en firme
Como ya se ha puesto de manifiesto en el apartado de control interno, la ANECA no disponía de
un registro único que aglutinara la totalidad de los contratos menores, y los registros parciales
existentes no permitían cuantificar, ni totalizar los mismos. Esto ha generado que en la relación de
los contratos menores remitida al Tribunal de Cuentas, en 2018, no se incluyeran dos contratos
por importe global de 2.256 euros.
En la fiscalización se ha seleccionado una muestra de 14 contratos que han generado en 2018
unos gastos gestionados mediante el procedimiento de “pagos en firme” de 94.092 euros. Los 14
contratos se tramitaron como contratos menores, cuyo detalle se encuentra recogido en el Anexo
VI.
Además de la regulación prevista para estos contratos en la normativa vigente, la ANECA había
aprobado unas normas internas denominadas “Procedimiento de gestión de expedientes de gasto
con contrato menor" para la ANECA. Estas normas exigen, entre otros aspectos, la elaboración de
un documento técnico que recoja la necesidad de adquisición de un bien o prestación de un
servicio y los criterios de valoración para seleccionar la oferta adjudicataria, una memoria
justificativa con la necesidad del contrato, así como la solicitud de tres ofertas o justificación de la
ausencia de petición de las mismas en la Memoria justificativa.
1. En un expediente (número de orden 5 del Anexo VI) se ha superado la duración de un año
prevista en la normativa para los contratos menores, incumpliendo el artículo 29.8 de la Ley
9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP).
2. En dos expedientes (números 12 y 13 del Anexo VI) no consta la emisión del informe favorable
de la Secretaría General de Administración Digital, que era preceptivo conforme al Manual de
procedimiento interno de la ANECA.
cve: BOE-A-2023-13169
Verificable en https://www.boe.es
En la revisión de los expedientes de los 14 contratos analizados se han puesto de manifiesto las
deficiencias e incumplimientos que se recogen a continuación: